Boletín nº 57 (25-03-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 916/2021

El Alcalde del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra, hace saber:

Que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 12 del actual mes de marzo, según resulta del borrador del acta y a reserva de su aprobación, acordó aprobar las bases del Certamen de pintura rápida en acuarela Ciudad de Cabra cuyo texto íntegro se anexa al presente edicto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cabra a 15 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Fernando Priego Chacón.

ANEXO

 


 

CERTAMEN PINTURA RÁPIDA EN ACUARELA "CIUDAD DE CABRA"

La Delegación de Cultura del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra (Córdoba) en colaboración con la Asociación Cultural de Pintores Egabrenses García Reinoso convocan el Certamen de Pintura Rápida Ciudad de Cabra, con arreglo a las siguientes

BASES

1ª. Objeto y régimen de concesión

Las presentes bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión del Certamen de Pintura Rápida Ciudad de Cabra.

2ª. Cuantía, financiación, pago y justificación

La dotación presupuestaria se establecerá en la convocatoria que anualmente se realizará, en la que también se indicará la partida económica a la que se aplicará.

A los premios que los premiados perciban se les aplicará la retención legal correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

La concesión de los premios se considerará la misma fecha en la que se efectúe el certamen, al término de la exposicion de trabajo presentados y del fallo del jurado.

3ª. Publicidad

Se dará publicidad de estas bases y de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y la publicación del extracto de la convocatoria a través de la Base de Datos Nacionales de Subvenciones, de acuerdo con los artículos 9.3 y 20.8 de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en la página web municipal www.cabra.eu.

4ª. Participantes y modalidades

Podrán presentarse al certamen artistas profesionales o aficionados/as residentes en España. Se admitirá una sola obra por concursante.

5ª. Técnica y temática

El tema obligado será el entorno paisajístico, monumental e identificable con la ciudad de Cabra y la técnica será exclusivamente acuarela. El formato del soporte acuarela será el fijado en cada convocatoria.

6ª. Plazo de inscripción

El plazo de inscripción comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día que se establezca en la misma.

7ª. Inscripción y documentación

La forma de inscripción y documentación a cumplimentar sera el fijado en cada convocatoria.

8ª. Desarrollo del Certamen

La fecha del Certamen se indicarán en la convocatoria de este certamen que se publicará en el B.O.P.

Los participantes deberán ir provistos de todo el material que precisen para realizar la obra, así como de un caballete en el que posteriormente quedará expuesta la misma. El cuadro habrá de realizarse en el mismo lugar que quiera representarse. Los participantes que no cumplan este requisito quedarán descalificados. Igualmente quedarán descalificados los que empleen técnicas fotográficas o digitales.

9ª. Premios

La cuantía de los premios económicos, como de material profesional de acuarela estarán indicados en cada convocatoria de este certamen que se publicará en el B.O.P.

10ª. Fallo

El fallo del jurado se comunicará ese mismo día del Certamen en presencia de los participantes , tras la exposición de trabajos presentados, y además se hará público en la web del Ayuntamiento de Cabra (www.cabra.eu), tras la resolución por el órgano Competente.

11ª. Jurado

El jurado estará compuesto por el ganador de la anterior convocatoria y por personas cualificadas y profesionales del mundo del arte y de la acuarela. Estará presidido por el Alcalde o el miembro de la Corporación en quien este delegue. El órgano instructor estará constituido por personal de la Delegación de Cultura.

Su decisión será inapelable. El Jurado podrá declarar desierto el premio si no alcanzan las obras una calidad suficiente a su criterio. Dicho jurado tendrá plena competencia para aplicar e interpretar las presentes bases y sus decisiones serán inapelables.

El Concejal Delegado de Cultura actuará como instructor del procedimiento. El órgano competente para otorgar este premio será el Alcalde o en quién delegue, que adoptará la resolución en los términos del artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

12ª. Otros

La participación en este certamen supone la plena aceptación de estas bases, cuya interpretación corresponde única y exclusivamente a la Delegación de Cultura del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra.

La Delegación de Cultura del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra se reserva la posibilidad de suspender el certamen siempre que existan causas mayores debidamente justificadas y ajenas a la organización del mismo.

13ª. Anexos

Anexo I. Boletín de inscripción, aceptación de las bases y declaración responsable será el fijado en cada convocatoria.

14ª . Disposición Adicional Única

En todo lo no señalado en estas Bases, se estará a los dispuesto en las distintas convocatorias del certamen.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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