Boletín nº 59 (29-03-2021)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.038/2021

Mediante Decreto de fecha 17 de marzo de 2021, con núm. de resolución 2021/1736, he dictado lo que sigue:

En cumplimiento de los acuerdos de la Junta de Gobierno de 12 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2017 (publicada en el BOP nº 237, de 18 de diciembre de 2017), de 9 de abril de 2019, por el que se modifica la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2018 (publicada en el BOP nº 73, de 16 de abril de 2019), y de 26 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2019 (publicada en el BOP nº 245, de 30 de diciembre de 2019); en ejercicio de la competencia atribuida a la Presidencia por el artículo 5 del RD 896/1991, de 7 de junio, y en uso de las atribuciones conferidas mediante Decreto de la Presidencia nº 7376, de 4 de diciembre de 2020, vengo en resolver:

Convocar las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna, reservada a personal laboral para el ingreso en las siguientes categorías, de acuerdo con las bases aprobadas por la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 28 de julio de 2020 (corrección de errores aprobada en sesión de 22 de septiembre de 2020):

PLAZAS

OEP

Técnico/a Medio/a Deportes

2017

1

Administrativo

2017

2

Técnico/a Auxiliar Educador/Cuidador/a

2018

2

Oficial 1ª Carreteras

2017 y 2019

13

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 dias hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria junto a las correspondientes Bases en el Boletin Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba a 24 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: El Diputado Delegado de Recursos Humanos, Esteban Morales Sánchez.

BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A PLAZAS RESERVADAS A PERSONAL LABORAL, POR EL TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA, INCLUIDAS EN LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO DE 2017, 2018 y 2019

Base 1ª. Normas generales

1. Es objeto de las presentes bases establecer las normas generales para la provisión de plazas de promoción interna reservadas a personal laboral, incluidas en las Ofertas de Empleo Público de los años 2017 (publicada en el BOP n.º 237, de 18 de diciembre de 2017), 2018 (publicada en el BOP n.º 241, de 18 de diciembre de 2018 y BOP n.º 73, de 16 de abril de 2019) y 2019 (BOP n.º 245, 30 de diciembre de 2019), mediante los procesos selectivos que se indican a continuación y en las correspondientes bases específicas.

2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y, en lo no opuesto al mismo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; en lo no previsto en las anteriores normas, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Convenio Colectivo de Empresa, las bases de la presente convocatoria y supletoriamente el R.D. 364/1995 de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

3. Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista no ocasione una dificultad perturbadora añadida a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc, debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

Base 2ª. Requisitos de los aspirantes

Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican:

" Ser empleado laboral fijo de esta Corporación en el grupo y/o categoría de clasificación que se especifica en el Anexo correspondiente, donde se establecen las normas particulares para acceder a estas plazas. Al efecto, los/as aspirantes deberán haber completado en la Diputación Provincial de Córdoba dos años de servicio como personal de plantilla en la categoría de procedencia.

" Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o cualquier otra situación laboral que conlleve derecho a reserva de puesto.

" Los específicos señalados en su caso en el Anexo correspondiente.

Tales requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la formalización del correspondiente contrato laboral indefinido.

Base 3ª. Solicitudes

1. Los aspirantes deberán dirigir sus solicitudes, manifestando que reúnen todos los requisitos exigidos, a la Presidencia de la Diputación Provincial de Córdoba, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, preferentemente en el modelo normalizado de solicitud con autobaremo habilitado al efecto en la dirección web www.dipucordoba.es/tramites.

Junto a dicha solicitud deberán adjuntar la documentación acreditativa de los méritos alegados y de los requisitos específicos, en su caso, indicados en los correspondientes anexos.

Los interesados no están obligados a aportar fotocopia del DNI/NIE siempre que expresen su consentimiento a que sea consultado a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad. En caso de no prestar dicho consentimiento deberá aportar fotocopia del DNI/NIE.

Quienes estén en posesión de certificado digital, podrán realizar la presentación de la solicitud por vía telemática en la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba, cuya dirección es: www.dipucordoba.es/tramites.

Quienes no opten por la vía telemática, podrán cumplimentar electrónicamente el modelo de solicitud con autobaremo en la página www.dipucordoba.es/tramites, pero deberán entregarlo impreso y firmado en la Oficina de Registro y Atención Ciudadana de esta Diputación Provincial sita en Plaza de Colón 15 de Córdoba, en horario de atención al público, o por cualquiera de las formas previstas en la normativa sobre procedimiento administrativo común. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de Diputación en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.

2. Los interesados que opten por alguna de las dos opciones de cumplimentación electrónica (con certificado digital o sin certificado digital) a través de la sede electrónica www.dipucordoba.es/tramites tendrán la opción en dicho proceso de la emisión del documento de autoliquidación para el abono de la tasa en vigor. Dicha autoliquidación deberá ser abonada en cualquiera de las entidades bancarias que se indiquen en el propio documento, sin necesidad de que el interesado presente por registro la autoliquidación de la tasa ya abonada.

Los interesados que opten por la presentación de la solicitud en cualquier otra forma deberán unir a la solicitud el justificante o comprobante de haber ingresado la tasa por participación en las

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