Boletín nº 64 (07-04-2021)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 1.051/2021
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 369/2019. Negociado: 04
De: Dª. Almudena Rodríguez Moral
Abogado: D. Agustín Repullo Alcántara
Contra: Mutua Colaboradora con la Seguridad Social MAZ MCSS Nº 11, TGSS, INSS, Amerita Hotel y Servicios S.L. y Marta Serrano Pérez
Abogado: D. Ignacio José Figueredo Ruiz
DOÑA ROSA MARÍA MERINO MÉRIDA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 369/2019, a instancia de la parte actora Dª. Almudena Rodríguez Moral contra Mutua Colaboradora con la Seguridad Social MAZ MCSS Nº 11, TGSS, INSS, Amerita Hotel y Servicios S.L. y Marta Serrano Pérez, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado sentencia de fecha 15 de marzo de 2021 del tenor literal siguiente:
Que desestimando la demanda de Almudena Rodriguez Moral contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua MAZ Mutua Nº 11 de la Seguridad Social y la empresa Amerita Hotel y Servicios S.L., debo absolver a las demandadas de la pretensión deducida en su contra.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación, para su conocimiento por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía-Sevilla; advirtiendo a las partes de que en el caso de que sea la Mutua la recurrente deberá aportar ante este Juzgado el oportuno resguardo que acredite el ingreso en la Tesorería General de la Seguridad Social del capital importe de la prestación, así como a los recurrentes que no tengan la condición de beneficiarios de la Seguridad Social o trabajadores y que no hayan obtenido el beneficio de justicia gratuita que deberán acreditar mediante el oportuno resguardo haber depositado la cantidad de 300 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en la oficina de Banco Santander, núm. 1445-0000-65-0369-19.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada Amerita Hotel y Servicios S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia.
En Córdoba, a 16 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Merino Mérida.