Boletín nº 66 (09-04-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Posadas
Nº. 1.080/2021
Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y/o sugerencias contra los acuerdos de aprobación provisional de modificación de las Ordenanzas Fiscales números 3, 7, 10, 19 34 y 43 del Ayuntamiento de Posadas, sin que se haya presentado alguna, quedan elevados a definitivos dichos acuerdos, adoptados en la sesión celebrada por el Pleno el día 28 de enero de 2021.
A los efectos previstos en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2002, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se publica el texto íntegro de las modificaciones de las citadas Ordenanzas:
ORDENANZAS FISCALES |
TEXTO ÍNTEGRO DE LA MODIFICACIÓN |
Nº. 3, reguladora de las tasas por OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. |
DISPOSICIÓN TRANSITORIA. Dadas las restricciones impuestas por el Gobierno sobre las actividades comerciales, de hostelería y restauración, entre otras, como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, queda suspendida la aplicación de la presente Ordenanza durante el ejercicio 2021. |
Nº. 7, reguladora de la tasa por PORTADAS, ESCAPARATES, LETREROS Y LETREROS LUMINOSOS. |
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Nº. 10, reguladora de la tasa por PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS O ATRACCIONES SITUADOS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO. |
ORDENANZA FISCAL Nº. 19 REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN Y REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES
Artículo 6º. La cuantía de la tasa será la fijada en la siguiente tarifa:
Epígrafe |
Euros | |
&//& |
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13 |
Por expedición de licencia por tenencia de animales peligrosos |
20 |
&//& |
ORDENANZA FISCAL Nº. 34 REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Artículo 4º. La cuantía del precio público, IVA incluido, será la fijada en la siguiente tarifa, según modalidad:
PARTICIPACION EN PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS.
1. |
Ficha de Deportista: |
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Infantiles (hasta 16 años, inclusive) |
Gratuita |
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Adultos (de 17 años en adelante) |
3,00 €/temporada |
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2. |
Competiciones Locales (de 17 años en adelante): |
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Fianza |
30,00 €/equipo |
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Inscripción según convocatoria particular |
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3. |
Gimnasia de Mantenimiento (adultos): |
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Impartida en cualquier instalación |
10,00 euros/mes |
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(3 sesiones/semana) |
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4. |
Pilates o gimnasia correctiva (adultos): |
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Impartida en cualquier instalación |
12, 00 euros/mes |
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(2 sesiones/semana) |
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5. |
Aeróbic (infantil y adultos) |
12,00 euros/mes |
(3 sesiones/semana). |
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6. |
Bono Gimnasia (adultos) |
15,00 euros/mes |
(y/o aeróbic) |
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7. |
3 sesiones/semana pudiendo el usuario definir en el momento de su inscripción cómo distribuirá su asistencia entre gimnasia de mantenimiento, correctiva, pilates Psicomotricidad (infantil): |
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1er Trimestre escolar |
10,00 euros/trimestre |
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2º Trimestre escolar |
15,00 euros/trimestre |
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3er Trimestre escolar |
15,00 euros/trimestre |
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(2 sesiones/semana) |
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8. |
Cursos de natación y nado libre |
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Infantiles y adultos |
15,00 euros/curso |
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(Quince clases de 45 minutos) |
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9. |
Curso de Acuaeróbic |
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Adultos |
12,00 euros/curso |
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(Doce clases de 45 minutos) |
Los /as pensionistas (jubilados mayores de 65 años en posesión de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesenta y cinco, Modalidad Oro, y las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 60% estarán exentos del pago de la tarifa, siempre que justifiquen documentalmente tal condición y sean residentes en este Municipio.
Cualquier otro tipo de actividad deportiva que pudiera surgir de iniciativas privadas se regiría por convenio de colaboración entre el promotor de la iniciativa y el Servicio Municipal de Deportes de Posadas, a ratificar por el Comité Técnico de este último, según recoge el Reglamento de Uso y Régimen Interior de Instalaciones Deportivas. En caso de que la iniciativa fuera directamente del Servicio Municipal de Deportes en la convocatoria se establecería el precio a abonar.
ORDENANZA FISCAL Nº. 43 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO
Artículo 9º. La facturación del consumo en concepto de la tasa por suministro de agua y alcantarillado, se efectuará bimestralmente.
Contra los acuerdos de modificación de las Ordenanzas anteriormente expresadas, se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Posadas a 25 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Emilio Martínez Pedrera.