Boletín nº 67 (12-04-2021)

VIII. Otras Entidades

Comunidad de Regantes del Canal de la Margen Derecha del Genil
Palma del Río (Córdoba)

Nº. 1.193/2021

Cumpliendo lo dispuesto en los artículos 48, 55 y 57 de nuestras Ordenanzas, se convoca a nuestros asociados a Junta General Ordinaria que se celebrará en el domicilio de esta Comunidad de Regantes, sita en Avda. Aulio Cornelio Palma nº 50-A de Palma del Río, el día 29 de abril próximo, a las 18,30 horas en primera convocatoria, o a las 19,30 horas en segunda, para adoptar los acuerdos procedentes respecto a la siguiente:

Orden del Día

1. Lectura del acta anterior.

2. Examen y aprobación si procede de la Memoria general correspondiente al pasado ejercicio de 2020.

3. Examen y aprobación si procede, de los gastos de la comunidad del pasado ejercicio económico 2020, y su cuenta de resultado.

4. Procedimiento de Licitación y contratación, obra Balsa Mirabueno II.

5. Financiación obra de modernización Balsa Mirabueno II.

6. Informes Junta de Gobierno y planificación Campaña de Riegos.

7. Ruegos y preguntas.

Caso de no comparecer a las 18,30 horas número suficiente de regantes para poder tomar acuerdos válidos, se celebrará la reunión en el mismo lugar y a las 19,30 horas, con igual orden del día, siendo entonces válidos los acuerdos que se adopten, sea cualquiera el número de asistentes.

Palma del Río, a 5 de abril de 2021. El Presidente, Francisco L. González Martín.

Importante: Ante la situación sanitaria en la que nos encontramos:

1º. El aforo del recinto en el que se celebrará la Junta General queda limitado. Los comuneros que deseen asistir deberán comunicarlo por escrito antes del próximo día 26, ó por correo electrónico a la dirección contacto@margenderechagenil.es. La comunicación con la antelación señalada es imprescindible a fin de poder adoptar las medidas de seguridad adecuadas. No se podrá garantizar la asistencia personal a quienes no pongan de manifiesto su intención de asistir.

2º. Los comuneros deberán acudir provistos de mascarilla, estando obligados a adoptar las medidas de autoprotección, higiene y separación social adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, manteniendo una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros. En caso de incumplimiento podrá negarse la entrada u ordenarse el desalojo del comunero incumplidor.

3º. Se recomienda a los comuneros que pertenezcan a grupos vulnerables al COVID-19 y a los que se encuentren cumpliendo cuarentena prescrita por las autoridades sanitarias, la delegación de la representación y el voto en otro asociado, si lo desean.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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