Boletín nº 70 (15-04-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaharta
Nº. 1.290/2021
La Junta de Gobierno Local, de fecha 8 de abril de 2021, por requerimiento de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, acordó la rectificación de las bases y convocatoria para la para la provisión en propiedad las plazas funcionariales que a continuación se indican, vacantes en la plantilla municipal.
1. BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, FUNCIONARIO DE CARRERA, PARA EL AYUNTAMIENTO DE VILLAHARTA
- Grupo C1
- Forma de Provisión. Oposición Libre
Base 3. REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS CANDIDATOS
Letra d).
Donde dice
d) Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional II, Ciclos Formativos de Grado Superior o equivalente a efectos de acceso al empleo público.
Debe decir
d) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico.
Las Bases rectificadas en ese sentido, reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de la plaza vacante anteriormente referenciada, obrantes en el expediente GEX 702/2021, con CSV 3BEE 8A1C 6E0C C01E 712D, están publicadas en su texto íntegro rectificado en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.villaharta.es] y en el Tablón de Anuncios.
2. BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA DE CONCURSO OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA, DE UNA PLAZA DE VIGILANTE MUNICIPAL FUNCIONARIO DE CARRERA
Base 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Donde dice:
Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, de una plaza vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, pertenecientes a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, denominación Vigilante, encuadrada en el Grupo C2.
Debe decir:
Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, de una plaza vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, pertenecientes a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, denominación Vigilante Municipal, encuadrada en el Grupo C2.
Base 3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Letra a)
Donde dice:
a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Villaharta, en plaza de Vigilante Municipal, antiguo Grupo E (Agrupaciones Profesionales), con una antigüedad de, al menos dos años, de servicios efectivos.
Debe decir
a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Villaharta, en grupo AP, escala Administración Especial, subescala Servicios Especiales y categoría de Auxiliar de policía, con una antigüedad de al menos dos años de servicios efectivos, en el cuerpo o Escala desde el que se accede.
Letras c) y f)
Se suprimen los requisitos previstos en las letras c) y f)
Las Bases rectificadas en ese sentido, reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de la plaza vacante anteriormente referenciada, obrantes en el expediente GEX 703/2021, con CSV D1F7 F9AE 2741 7CCD ADA9, están publicadas en su texto íntegro rectificado en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.villaharta.es] y en el Tablón de Anuncios.
Tras esta publicación, se remitirá extracto de la convocatoria al Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villaharta, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses acontar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Villaharta a 9 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Alfonso Expósito Galán.