Boletín nº 71 (16-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.306/2021

Se hace público que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2021, como consecuencia del requerimiento efectuado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, ha procedido a subsanar las bases aprobadas por la Junta de Gobierno con fecha 18 de febrero de 2021, publicadas en el BOP nº 46, de fecha 10 de marzo de 2021, para la selección de una plaza de funcionario/a de carrera del Excelentísimo Ayuntamiento de Priego de Córdoba perteneciente a la escala Administración General, subescala administrativa, por el sistema de oposición libre, reservada a personas con discapacidad.

Visto lo expuesto se deja sin efecto dicho acuerdo de fecha 18 de febrero de 2021 y el anuncio publicado en el BOP nº 46 de fecha 10 de Marzo de 2021 y se da publicidad a las Bases subsanadas con el siguiente contenido:

BASES PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE

FUNCIONARIO/A DE CARRERA DEL EXCELENTÍSIMO

AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA

PERTENECIENTE A LA ESCALA ADMINISTRACIÓN

GENERAL, SUBESCALA ADMINISTRATIVA, POR EL

SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, RESERVADA A

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Primera. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, en régimen de propiedad mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de funcionaria/o de carrera perteneciente a la escala Administración General, subescala Administrativa, correspondiente al grupo C, subgrupo C1 de clasificación profesional, conforme a lo dispuesto en el artículo 76 y disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, incluida en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento Priego de Córdoba correspondiente al ejercicio del año 2020, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha diecinueve de noviembre de dos mil veinte, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia Nº 230 de fecha 01 de Diciembre de 2020. Dicha plaza se convoca para ser cubierta entre personas con discapacidad, considerando como tal las definidas en el artículo 4.2 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que se superen las pruebas selectivas y se acredite tanto la discapacidad como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

Las características de la plaza convocada son las siguientes:

Grupo: C

Subgrupo: C1

Escala Administración General

Subescala: Administrativa

Clase: Funcionario

Denominación: Administrativo - Reserva Discapacidad

Nº de vacantes: 1

Sistema de selección: Oposición libre

Funciones encomendadas: Comunes al ejercicio de la actividad administrativa: burocráticas, administrativas, de trámite y colaboración y de apoyo a las funciones de nivel superior.

Las funciones de esta plaza serán básicamente las siguientes:

Funciones Generales: Tareas de trámite y colaboración de acuerdo a la unidad de adscripción, la legislación vigente y las directrices del superior jerárquico.

Tareas más significativas: Tareas de apoyo, trámite y colaboración directa del superior jerárquico que, sin ánimo exhaustivo y sin perjuicio de las adaptaciones surgidas de la propia dinámica procedimental y normativa, por lo que se considera tarea fundamental la apertura a formación y nuevas formas de gestión, pudiendo señalarse:

1. Realizar tareas de apoyo administrativo, con arreglo a las instrucciones recibidas o normas existentes con alternativas normalmente estandarizadas tales como formalizar y cumplimentar documentos e impresos en base a modelos y la realización e impulso y tramitación de procedimientos administrativos simples o básicamente reglados.

2. Ordenar, archivar, registrar, catalogar y, en definitiva, gestionar expedientes o documentos mediante procedimientos físicos o de administración electrónica, formando parte sustancial la formación y adaptación permanente a las nuevas tecnologías.

3. Atender e informar al público personal, telemática y telefónicamente en las materias asignadas, de acuerdo con las instrucciones de su superior.

4. Realizar tareas de tratamiento de información, transcripción de escritos, dar formato a documentos, actualización de datos, realización de cálculos y operaciones contables sencillos, liquidaciones, actuaciones de contabilidad pública, etc. de forma manual, mecánica o telemática, mediante las máquinas y herramientas ofimáticas puestas a su disposición.

5. Seguimiento e impulso de la tramitación administrativa de los expedientes de la unidad, con responsabilidad organizativa y coordinadora, conforme a las instrucciones del superior jerárquico, sobre el personal de escalas de inferior titulación.

6. Realizar actividades de apoyo a puestos superiores.

7. Realizar operaciones con efectivo, en el marco de las disposiciones establecidas.

8. Tramitación de certificaciones de actos y acuerdos administrativos, así como su notificación de materias competencia de la unidad de adscripción.

9. Despacho de correspondencia y/o remisión de datos tanto física como mediante portales telemáticos puestos a su disposición, en relación con las competencias de la unidad de adscripción, para la obtención o intercambio de información.

10. Manejo de plataformas telemáticas para la gestión pública de la información, tales como plataformas y registros de contratación, ficheros estadísticos y plataformas de información sobre datos centralizados o sujetos a fiscalización.

11. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a los sistemas y procesos de trabajo.

12. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento de la Dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes

Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación de Bachiller o Técnico, de acuerdo con el artículo 76 TREBEP.

f) Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% no inhabilitante para el desempeño de las funciones propias del puesto.

Tratándose de un proceso de selección para una plaza reservada a personas con discapacidad será necesario indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo adjuntar la documentación que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones, acreditado mediante certificado expedido al efecto por los órganos competentes.

Asimismo las personas que, como consecuencia de su discapacidad, tengan necesidades especiales para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios necesarios para la realización del ejercicio de la oposición.

El tribunal de selección aplicará discrecionalmente las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Todos los requisitos a que se refiere este apartado deberán poseerse en el mo

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