Boletín nº 71 (16-04-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 1.342/2021
EXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE LUCENA (CÓRDOBA) DE FECHA 8 DE ABRIL DE 2021, POR EL QUE SE REABRE EL PLAZO DE
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES A LA CONVOCATORIA
DE SUBVENCIONES "PLAN DE ESTÍMULO AL CONSUMO
EN EL COMERCIO MINORISTA DE LUCENA"
BDNS (Identif.): 552835
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/552835)
«Con fecha 15 de marzo de 2021, se publicó en el BOP Córdoba n.º 49, el extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Lucena de fecha de veinticinco de febrero de 2021, por el que se convocaron Subvenciones denominadas "Plan de Estímulo al Consumo en el Comercio Minorista de Lucena" y se abría el plazo de presentación de solicitudes por diez días hábiles a partir del siguiente a dicha publicación, finalizando a las 23:59 horas del día 29 de marzo de 2021.
Resultando acreditado por EPRINSA fallo en sus servicios que afectaron directamente a las sedes-e que dependen de ellos, en este caso la del Ayuntamiento de Lucena, el lunes 29 de marzo a las 14:00 horas, no pudiendo ser resuelto hasta las 8:45 del día siguiente, y dando lugar este hecho a la imposibilidad de presentar solicitudes el último día de plazo, durante ese periodo de tiempo, por el presente, elevo propuesta a la Junta de Gobierno Local, de adopción de los siguientes acuerdos:
Primero. Reabrir del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de Subvenciones "Plan de Estímulo al Consumo en el Comercio Minorista de Lucena", durante 1 día hábil a partir del siguiente a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Segundo. Remitir el acuerdo a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y publicarlo en el Tablón de Edictos Municipal.
Tercero. Hacer constar que contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la Resolución que ponga fin al procedimiento».
Lucena a 9 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.