Boletín nº 71 (16-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.367/2021

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada con fecha 14 de abril de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

Con fecha 13 de mayo de 2019, el Pleno de este Excmo Ayuntamiento acordó Iniciar expediente para acordar la gestión directa del Ciclo Integral del Agua que en la actualidad se presta por la empresa mixta Aguas de Priego, S.L. por salida del socio tecnológico de la misma y Constituir una Comisión de Estudio para la elaboración, en un plazo lo más breve posible y no superior a tres meses, de la Memoria justificativa a la que hace referencia el artículo 97 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 59 y ss. del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales en la que se justifique, en su caso, la conveniencia para los intereses públicos de la gestión directa del Servicio Público Municipal de gestión del Ciclo Integral del Agua mediante empresa pública de capital íntegramente municipal, Aguas de Priego, S.L.(..../...)

En base a lo anterior, con fecha 7 de agosto de 2019, el Ayuntamiento Pleno acuerda designar los integrantes de la Comisión de Estudio encargada de redactar la memoria justificativa de los aspectos sociales, jurídicos y económicos para el cumplimiento de la finalidad señalada, en los términos del artículo 97 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 59 y ss. del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales artículo 85 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Con fecha 6 de noviembre de 2020, la Comisión de Estudio dio por concluidos los trabajos consistentes en la redacción de memoria justificativa en sus aspectos técnicos, jurídicos, económicos y sociales para la determinación de la forma más sostenible y eficiente de gestión directa del ciclo integral del agua en Priego de Córdoba e informe de viabilidad de la gestión del ciclo integral del agua en el municipio de Priego de Córdoba mediante sociedad mercantil local conforme al artículo 97 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 59 y ss. del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales artículo 85 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, habiendo sido aprobado por unanimidad de los miembros presentes.

Con fecha 10 de noviembre de 2020 se emite Informe de la Intervención municipal al que se refiere el artículo 85.2 de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. en que se concluye que el expediente es sostenible y no pone en riesgo la sostenibilidad de la Hacienda Municipal.

Se incorpora el borrador de estatutos de la Sociedad Municipal de capital íntegramente Local encargada de la gestión directa del ciclo integral del agua en el municipio de Priego de Córdoba.

Con fecha 11 de noviembre de 2020, habiéndose incorporado el Informe anteriormente referido emitido por la intervención Municipal y el borrador de los estatutos, la Comisión de Estudio aprueba con el voto favorable por mayoría absoluta la memoria justificativa jurídico social y económica - financiera sobre la determinación más conveniente,más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo Integral del Agua, pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal e informe de viabilidad y con todos los documentos que la integran, quedando anexionados los estatutos y elevándose al Pleno para su toma en consideración y la tramitación legalmente establecida conforme al artículo 97 del Real Decreto 781/86, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Con fecha 17 de noviembre de 2020, el Ayuntamiento-Pleno toma en consideración memoria justificativa jurídico social y económico-financiera sobre la determinación más conveniente,más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo Integral del Agua, pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal e informe de viabilidad, con todos los documentos que la integran, quedando anexionados los estatutos, procediendo a exponer al público por plazo no inferior a 30 días naturales en el BOP Córdoba, durante los cuales podrán formular observaciones los particulares y Entidades.

Con fecha 23 de noviembre con nº 224 se publica anuncio con plazo de exposición pública por plazo de 30 días naturales relativo a la toma en consideración la memoria.

Con fecha 24 de diciembre de 2020, se emite informe por el Responsable de la Oficina de Información en el que se señala que: Que en el Registro de Entrada de Documentos, no existe constancia de que en el periodo comprendido entre los días 24 de noviembre al 23 de diciembre de 2020 ambos inclusive, se hayan presentado reclamaciones, reparos u observaciones sobre la toma en consideración de la memoria justificativa jurídico social y económica- financiera sobre la determinación más conveniente, más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo integral del Agua,pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal e informe de viabilidad, con todos los documentos que la integran, quedando anexionados los estatutos, aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada con fecha 17 de noviembre de 2020,cuya exposición se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia nº 224 de fecha 23 de noviembre de 2020.

Con fecha 22 de diciembre de 2020, se registra por la empresa Ingeagua, nueva Memoria y viabilidad rectificada.

Con fecha 5 de abril de 2021, la Comisión de Estudio con el voto favorable por mayoría absoluta, aprueba la memoria justificativa con fecha de registro 22 de diciembre de 2020, con las modificaciones que constan el 26 de marzo de 2021 junto con el estudio de viabilidad debiendo refundirse en un sólo texto conteniendo igualmente los aspectos jurídico social y económico-financiera sobre la determinación más conveniente, más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo Integral del Agua, pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal con todos los documentos que la integran, quedando anexionados los estatutos y elevándose al Pleno para su toma en consideración y la tramitación legalmente establecida.

Con fecha 12 de abril de 2021, la Comisión de Estudio aprueba con el voto favorable por mayoría absoluta, la memoria y viabilidad refundida en solo texto de fecha 6 de abril de 2021 y que obra en expediente con fecha 7 de abril del corriente, elevándose al Pleno para su toma en consideración y la tramitación legalmente establecida conforme al artículo 97 del Real Decreto 781/86, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Con fecha 12 de abril, se emite por la Sra. Interventora Municipal nuevo informe sobre la sostenibilidad a la memoria y viabilidad aprobada por la Comisión de Estudio de la misma fecha.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia, Transparencia y Buen Gobierno, Hacienda, Recursos humanos y Desarrollo socio-económico, el Ayuntamiento Pleno con los 12 votos favorables de los concejales pertenecientes al grupo municipal popular y uno perteneciente al Grupo de Ciudadanos; con el voto en contra de los siete concejales pertenecientes al Grupo Municipal socialista, acuerdan:

Primero. Retrotraer actuaciones dejando sin efecto el acuerdo de fecha 17 de noviembre relativo a la toma en consideración de la memoria justificativa jurídico social y económico-financiera y viabilidad sobre la determinación más conveniente, más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo Integral del Agua, pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal e informe de viabilidad, aprobada por la Comisión de Estudio con fecha 6 de noviembre de 2020 y ratificada por dicho órgano el 11 de noviembre, conservando los estatutos aprobados el pasado 17 de noviembre

Segundo. Tomar en consideración la memoria justificativa jurídico social y económico-financiera sobre la determinación más conveniente, más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo Integral del Agua, pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal e informe de viabilidad, refundida en un solo texto con fecha 6 de abril y que consta en expediente con fecha 7 de abril de 2021 y aprobada por la Comisión de Estudio con fecha 12 de abril de 2021, con todos los documentos que la integran, quedando anexionados en el expediente los estatutos, procediendo a exponer al público por plazo no inferior a 30 días naturales en el BOP Córdoba, durante los cuales podrán formular observaciones los particulares y Entidades de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Real Decreto 781/86, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Priego de Córdoba a 15 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa- Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.

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