Boletín nº 75 (22-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 1.400/2021

Mediante el presente, se procede al anuncio de las bases, aprobadas por Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 22 de marzo de 2021, en su punto 3º, para la selección temporal por el procedimiento de concurso de méritos de un/a Técnico en Prevención de Adicciones, en relación con el Programa de Prevención Comunitaria de las Drogodependencias y Adicciones Puente Genil ante las Drogas 2020-2021.

BASES PARA LA SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL: TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE

ADICCIONES DEL PROGRAMA PUENTE GENIL

ANTE LAS DROGAS

Primera. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene como objeto la selección, mediante concurso, de personal laboral temporal (Técnico en Prevención de Adicciones) al amparo de lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de la legislación laboral aplicable, con el objeto de atender las obligaciones asumidas por el Ayuntamiento de Puente Genil en relación con el programa de prevención comunitaria de las drogodependencias y adicciones Puente Genil ante las drogas 2020-2021.

El proceso se desarrolla bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia prescritos en la Legislación vigente, todo ello con la publicidad en la página web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del mismo.

Sgunda. Descripción del puesto

1. Denominación del puesto de trabajo: Técnico en Prevención de Adicciones.

2. Categoría: Técnico Medio (A2).

3. Titulación exigida: Grado en Educación Social, Trabajo Social o equivalente.

4. Tipología contractual a utilizar: Obra o Servicio determinada, jornada a tiempo completa.

5. Duración del contrato: hasta el 30 de noviembre de 2021.

6. Retribuciones: Dos mil quinientos sesenta y dos euros con ochenta céntimos (2.562,80 €) incluidas pagas extras.

7. Funciones: Tareas propias de la prevención comunitaria de las drogodependencias y adicciones. Entre otras:

" Planificar analizando la realidad local, detectando necesidades, diseñando estrategias y promoviendo y organizando actividades.

" Implementar y evaluar el programa subvencionado.

" Redactar la memoria de ejecución del programa subvencionado tras la realización de cada una de las actividades que lo componen.

" Establecer e implementar mecanismos de coordinación y colaboración con entidades y agentes sociales.

" Organizar, y en su caso asistir a reuniones para promocionar la prevención.

" Asesorar, orientar, capacitar, motivar, formar y supervisar a mediadores sociales.

" Elaboración y difusión de materiales preventivos.

" Fomentar el tejido asociativo en prevención.

" Contar con la comunidad en todo el proceso y responder o reconducir sus demandas.

Tercera. Requisitos de los aspirantes

1. Los/as candidatos/as que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, extranjero con residencia legal en España o extranjero que se encuentre en alguno de los restantes supuestos previstos en el artículo 57.4 del TREBEP. Se acreditará mediante presentación de DNI o documento de identidad correspondiente.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título universitario de Grado en Educación Social, Trabajo Social o equivalente exigido en esta convocatoria, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de solicitudes (se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han superado los estudios conducentes al mismo y han sido abonados los derechos para su expedición, lo cual se acreditará con la correspondiente certificación del centro de estudios correspondiente). Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad académica competente.

d) Cumplir con el siguiente perfil mínimo de formación complementaria:

150 horas de formación en materia de prevención de adicciones. Se acreditará mediante la presentación de copia del título o certificación expedida por la entidad competente.

En las fotocopias aportadas deberá aparecer el texto Es copia fiel del original, suscrito y firmado por el solicitante, que se responsabilizará así de su veracidad.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en Inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, si las funciones a ejercer en virtud del presente contrato resultan similares a las que desempeñaba en el empleo o cargo público en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto objeto de la convocatoria. Quienes tengan la condición de minusválido/a, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria, mediante dictamen expedido por un equipo profesional competente, antes de la formalización del contrato de trabajo.

g) Encontrarse exento/a de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual. Se acreditará mediante la presentación del certificado correspondiente.

2. El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Solicitudes

1. Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Alcaldía del Ayuntamiento de Puente Genil y durante el plazo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las bases de la convocatoria se harán públicas igualmente en el Tablón de Edictos y en el Portal de la Transparencia, que se encuentran en la página web del Ayuntamiento de Puente Genil.

2. Las instancias podrán presentarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil o en cualquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Irán acompañadas de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y de los méritos alegados conforme a la base séptima.

3. El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el que figura como Anexo I a las presentes bases y será facilitado gratuitamente en el Ayuntamiento de Puente Genil.

4. Las personas con discapacidad deberán indicar las necesidades específicas que tengan para acceder y participar en el proceso selectivo, a efectos de adaptación en tiempo y forma correspondientes.

Quinta. Admisión de aspirantes

Para ser admitidos y tomar parte en las pruebas selectivas, los solicitantes habrán de manifestar en las instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.

Finalizado el plazo de presentación de instancias se dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y la causa de exclusión, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en su sitio web, con indicación de las causas de exclusión, y otorgando el plazo de dos días hábiles para subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión. Transcurrido, en su caso, el plazo de subsanación de deficiencias, el Sr. Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva, determinando los componentes de la comisión evaluadora de selección, y señalando el lugar, fecha y hora en que tendrá lugar la baremación del concurso.

Sexta. Comisión Evaluadora de Selección

1. Composición:

Presidenta: La Sra. Directora de los Servicios Sociales Comunitarios del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, o empleado/a público/a en quien delegue.

Vocales: 2 vocales, a designar por el Sr. Alcalde, que nombrará, también, los correspondientes suplentes.

Secretario/a: Un empleado laboral fijo de la Corporación, a designar por el Sr. Alcalde, que nom

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