Boletín nº 77 (26-04-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de El Viso
Nº. 1.462/2021
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES/AYUDAS
EXCEPCIONALES DESTINADAS A HOSTELEROS,
COMERCIO AMBULANTE Y FERIANTES CON DOMICILIO
FISCAL EN EL MUNICIPIO DE EL VISO (CÓRDOBA)
AFECTADAS EN SU ACTIVIDAD POR LA COVID-19
BDNS (Identif.): 558708
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/558708)
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE FECHA 19/04/2021, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES/AYUDAS EXCEPCIONALES DESTINADAS A HOSTELEROS, COMERCIO AMBULANTE Y FERIANTES CON DOMICILIO FISCAL EN EL MUNICIPIO DE EL VISO
(CÓRDOBA) AFECTADAS EN SU ACTIVIDAD
POR LA COVID-19
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Presupuesto total y aplicación presupuestaria
La concesión de las subvenciones regulada en las presentes Bases, estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes. A los efectos de dotar la partida presupuestaria correspondiente, se tramitarán, en su caso, las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias.
Objeto, condiciones y finalidad
El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria y concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas que ejerzan su actividad económica en un establecimiento ubicado en El Viso (Córdoba), y en el caso de actividades económicas sin establecimiento, que tengan su domicilio fiscal en esta localidad.
Se pretende así, paliar en alguna medida los perjuicios económicos que algunos de los sectores productivos de la localidad han sufrido durante 2020 a consecuencia de la situación excepcional generada por la COVID-19 y las medidas impuestas por los Poderes Públicos para combatirla.
Cuantía de la subvención
Los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, percibirán una cuantía máxima de 1.200,00 €.
Condición de beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas económicas a las que se refiere el artículo anterior, las personas físicas o jurídicas que ejerzan su actividad en un establecimiento ubicado en El Viso, que tengan su domicilio fiscal fijado en la localidad en el supuesto de actividades económicas sin establecimiento, y que además reúnan los siguientes requisitos:
1. Ejercer una actividad en uno de los siguientes sectores en los que se entiende que el Estado de Alarma ha causado un mayor perjuicio económico en este municipio:
A. Hostelería y Restauración
B. Comercio Ambulante
C. Feriantes
2. Disponer de licencias y permisos que la normativa exige para el ejercicio de la actividad que se trate.
3. Que a 1 de marzo de 2020, estuviesen dadas de alta en el Régimen Empresas de Trabajadores Autónomos (RETA) y se viera obligado al cese de su actividad directa o indirectamente por la declaración del Estado de Alarma aprobado por RD 463/2020, de 14 de marzo, o en el caso de actividades económicas de temporada las personas que hayan estado dadas de alta en el RETA por un periodo mínimo de 30 días durante el ejercicio 2019.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes
a) Las solicitudes irán dirigidas a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, se formularán en el modelo que figura anexo a la presente convocatoria (Anexo I y Anexo II) e irán acompañadas de la documentación que se recoge en las Bases reguladoras.
b) El plazo de presentación será de 15 días hábiles a partir del día siguiente desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Aquellas que se presenten fuera del plazo establecido será causa de inadmisión de la la solicitud del interesado.
c) La presentación de la solicitud se realizara por la persona física o por el representante legal de la persona jurídica titular, por medios telemáticos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de El Viso (Córdoba).
d) Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
- Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia del DNI en vigor ya sea del empresario autónomo o del representante en el caso de tratarse de persona jurídica, en cuyo caso se presentará el CIF y la documentación acreditativa de la representación que se ostenta.
- Documentación justificativa de su condición de persona trabajadora por cuenta propia o autónomo a 1 de marzo de 2020 (alta RETA); o documentación acreditativa de Autónomo Societario, titular de una empresa, en cualquiera de sus formas jurídica, documentación acreditativa de autónomo colaborador o comunero o socios de otras sociedades no mercantiles; documentación acreditativa de trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE). En caso de actividades económicas de temporada, documentación acreditativa de haber estado dadas de alta en el RETA al menos por un período de 30 días durante el ejercicio 2019.
- Documentación acreditativa de estar al corriente del pago de las Obligaciones Tributarias, y Seguridad Social. (El Ayuntamiento comprobará de oficio las deudas que pudiera mantener con esta Entidad Local).
- Inscripción en el Registro Censal con Hacienda para la actividad que desarrolla, certificado censal o equivalente.
- Certificado de Titularidad Bancaria, donde se especifiquen los datos bancarios donde ha de realizarse el ingreso(Nombre del beneficiario, ha de coincidir con el interesado que realice la solicitud, Entidad Bancaria, IBAN)
En El Viso a 19 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Juan Díaz Caballero.