Boletín nº 77 (26-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 1.485/2021

ACUERDO DE JGL DEL AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR DE 18 DE MARZO DE 2021 POR LA QUE SE APRUEBA LA

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN

RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DENTRO

DEL PLAN DE LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN, PARA

LA REPARACIÓN Y MEJORA DE ACCESO A FINCAS Y

EDIFICACIONES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE IZNÁJAR

(CÓRDOBA), DURANTE EL EJERCICIO 2021.

BDNS (Identif.): 558996

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/558996)

Primero. Beneficiarios:

Podrán tener la consideración de beneficiarios los vecinos de este municipio, que tengan la condición de residentes en viviendas sitas en suelo no urbanizable o rústicas  o propietarios de fincas rústicas situadas en el término municipal de Iznájar (Córdoba), que aun careciendo de personalidad, pretenda llevar a cabo la actuación objeto de subvención.

Segundo. Objeto:

El arreglo o mejora de carriles en deficiente estado de conservación que den acceso a viviendas sitas en suelo no urbanizable o fincas rústicas situadas en el término municipal de Iznájar.

Tercero. Bases reguladoras:

Las bases reguraladoras para la citada convocatoria se encuentran publicadas en página web del Ayuntamiento de Iznájar www.iznajar.es y el la BDNS.

Cuarto. Cuantía:

El importe de las subvenciones no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que pueda superar el 60% del coste total de la actividad a desarrollar por el/la beneficiario/a. La concesión de subvención por parte del Ayuntamiento de Iznájar será incompatible con cualquier otro tipo de subvención o ayuda de otra Administración Pública para la misma actuación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Un (1) mes desde el día siguiente a la publicación en el BOP Córdoba del extracto de la convocatoria.

Iznájar a 22 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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