Boletín nº 78 (27-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 1.472/2021

Se hace público que por Decreto de Alcaldía núm. 2021/305, de fecha 14 de abril de 2021, se han aprobado las bases para la creación de una Bolsa de Empleo de personal laboral temporal en la categoría de Educador/a Infantil de la Escuela Infantil Clara Campoamor y la convocatoria para la selección de aspirantes.

BASES REGULADORAS PARA LA FORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO DE EDUCADOR/A INFANTIL DE LA ESCUELA INFANTIL CLARA CAMPOAMOR

Primera. Objeto de la Bolsa

La presente Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Nueva Carteya tiene como objeto cubrir necesidades temporales o transitorias de contratación del personal especializado necesario para el desarrollo de los trabajos de Educador/a de la Escuela Infantil Clara Campoamor.

Las contrataciones irán dirigidas a suplir a otros trabajadores/as que prestan estos servicios por razones de permisos o enfermedad, para atender circunstancias eventuales, o bien por nuevas demandas que surjan, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias y la legislación laboral.

La presente Bolsa entrará en funcionamiento una vez aprobada, teniendo una duración mínima de cuatro años, pudiéndose prorrogar otros dos años más.

Quedarán excluidas las provisiones interinas de plazas de la plantilla funcionarial, que se llevarán a cabo según lo dispuesto en la Legislación vigente en la que se establezcan las normas para la selección de personal funcionario interino; así como las contrataciones para otros programas específicos de empleo, que se regirán por su propia normativa.

Segunda. Condiciones de las contrataciones y funciones del puesto de trabajo

El contrato de trabajo que se formalice será de tres meses, prorrogables por otros tres hasta llegar a completar el curso escolar.

La duración de contrato en el caso de sustitución de un/a titular será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador/a sustituido/a (respetando siempre el mínimo de un mes).

La jornada de trabajo será de 6 ½ horas diarias de lunes a viernes, siendo su horario establecido por la Dirección del Centro según las necesidades del mismo.

Las remuneraciones a percibir serán las aprobadas en el Presupuesto Municipal para estos puestos de trabajo.

Las tareas a realizar serán las recogidas en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro, siguiendo las instrucciones establecidas en la normativa que regula las Escuelas Infantiles en Andalucía, siendo entre otras:

- Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial.

- Realizar la atención educativa y asistencial del alumnado a su cargo.

- Organizar y participar en las actividades del aula así como en las actividades complementarias dentro o fuera del recinto educativo, programadas por el centro.

- Facilitar la integración de los alumnos/as en el grupo de clase y en la dinámica escolar, proporcionándoles seguridad y confianza.

- Desarrollar el currículo y atender las dificultades de aprendizaje y maduración del alumnado.

- Informar a los padres y madres o personas que ejerzan la tutela del alumnado sobre la evolución, maduración e integración social y educativa de los niños y niñas que estén bajo su representación legal.

- Informar a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela sobre la alimentación, necesidades fisiológicas, estado de salud y demás aspectos referidos a la atención asistencial recibida por sus hijos e hijas.

- Coordinar sus acciones con las de los demás tutores y tutoras del ciclo, ofreciendo un marco educativo coherente para los niños y niñas.

- Facilitar la participación y colaboración en las actividades del centro educativo de los padres y madres o personas que ejerzan la tutela del alumnado.

- Atender y cuidar al alumnado a su cargo en los períodos de permanencia fuera del aula y en las entradas y salidas del centro.

- Colaborarán en el mantenimiento del orden en el patio de recreo.

- Trabajar en equipo asumiendo que el alumnado del centro es responsabilidad de todos y todas.

- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Dirección del centro en el ámbito de sus funciones.

- Cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, transposición a nuestro ordenamiento jurídico del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

En campaña de aceitunas la jornada de trabajo estará comprendida de lunes a sábado, quedando repartidas las 32,5h de trabajo semanales en 5,5h diarias. Los sábados se dará ½ hora más, las cuales serán sumadas y compensadas como días de vacaciones.

Las vacaciones pertenecientes a este tipo de contratación podrán ser disfrutadas a la finalización del mismo. Excepcionalmente, se podrán disfrutar de dos días de vacaciones consecutivos como máximo a lo largo de todo el curso escolar, siempre que las necesidades del centro estén cubiertas y previa solicitud por escrito (con una anterioridad de 72 horas a la Dirección del Centro). Ante este tipo de solicitudes siempre prevalecerán las del personal que se rige por el convenio colectivo de los trabajadores/as del Ayuntamiento de Nueva Carteya.

Asimismo, las contrataciones para otros puestos de carácter temporal que demande el Ayuntamiento de Nueva Carteya y que requieran su provisión mediante un educador/a, tendrán las funciones, jornada y retribuciones propias del puesto.

Tercera. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes deberán reunir a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

" Ser español/a, ciudadano/a de la Unión Europea o nacional de otro estado conforme establece el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

" Ser mayor de 16 años y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación.

" No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes al puesto solicitado.

" No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

" No estar incurso en las causas de incapacidad o incompatibilidad establecidas en la legislación vigente.

" Estar en posesión de la Titulación de Magisterio especialidad Educación Infantil, Grado en Educación Infantil, Técnico Superior en Educación Infantil o Técnico Especialista Jardín de Infancia (FPII), o tener los correspondientes cursos de habilitación autorizados. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación.

" Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales (artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996).

" Estar en posesión del Título de Manipulador de alimentos.

" Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía, deberán presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, en el que conste la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de selección. La no observancia de todos y cada uno de los requisitos, así como la falsedad o manipulación de algún documento, excluye al candidato/a de la bolsa de trabajo temporal. Asimismo, la documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda desprenderse la información que se pretende documentar.

Cuarta. Solicitudes

Las solicitudes para participar en la convocatoria se realizarán en el modelo oficial, que se adjunta como Anexo I, manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos y con Anexo II de autobaremación, señalando la puntuación que les corresponda en cada uno de los apartados de acuerdo con el baremo establecido.

Las instancias, solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Nueva Carteya y se presentarán preferiblemente en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, o bien en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Córdoba.

El resto de publicaciones objeto de la convocatoria se realizará de la siguiente forma:

En e

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