Boletín nº 78 (27-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 1.502/2021

ACUERDO DE JGL DEL AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR DE 18 DE MARZO DE 2021 POR LA QUE SE APRUEBA LA

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN

RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DENTRO

DEL PLAN DE LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN,

PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

Y EL EMPLEO, 2021

BDNS (Identif.): 559034

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/559034)

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y sociedades mercantiles, con  domicilio fiscal en Iznájar o que ejerzan su actividad principal de forma permanente en un inmueble ubicado en Iznájar o su término municipal  y  que estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente, de forma ininterrumpida hasta la fecha de presentación de la correspondiente solicitud y que tengan el carácter de micro empresas o pequeñas empresas de conformidad con lo establecido en el  Reglamento ( UE) número 651-2014 de la Comisión.

Segundo. Objeto:

La finalidad de la presente subvención es el fomento del desarrollo económico y social del municipio, a través del mantenimiento del empleo autónomo y de la actividad empresarial  de las pymes del municipio. Con estas ayudas se pretende facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad económica y amortiguar la reducción drástica de ingresos de los autónomos y empresas iznajeñas, evitando el cese definitivo de las mismas, y por tanto, la destrucción de empleo ante esta situación excepcional. Así se aumentará la calidad de vida y el bienestar social del conjunto de la ciudadanía de Iznájar, fijando la población en el municipio con el propósito de que los vecinos y vecinas del municipio mantengan su residencia en Iznájar.

Tercero. Bases reguladoras:

Las bases reguladoras se encuentran publicadas en la web del Ayuntamiento de Iznájar www.iznajar.es, así como en la BDNS.

Cuarto. Cuantía:

 Medidas de fomento del tejido empresarial por implantación de actividades de nueva creación en el Polígono Industrial Las Arcas:

- Ayuda directa de 5.000,00 € para aquellos emprendedores que adquieran un bien inmueble en el P.I. Las Arcas para la creación de una nueva actividad.

 Medidas para mantener la actividad:-

- Ayuda directa de 500 € para aquellos establecimientos se hayan visto obligados al cierre total de su actividad como consecuencia de la aplicación de medidas de restricción.

- Ayuda directa de 500 € por contrato realizado (máximo 4 trabajadores).

 Medidas para incentivar el inicio de la actividad:

- Ayuda directa de hasta 1.750,00 euros para el establecimiento al inicio de nueva actividad económica de emprendedores que causen alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as o aquel que legalmente le sustituya.

- Ayuda directa de hasta 1.500,00 euros para el establecimiento al inicio de nueva actividad económica a personas emprendedoras que causen alta mediante la creación de sociedad en cualquiera de sus formas jurídicas.

 Medidas de ayudas a operaciones financieras:

- Subvención del 50% de los intereses satisfechos por razón de operaciones financieras.

Se considerarán gastos subvencionables los efectivamente realizados en el periodo comprendido desde el 01/01/2021 hasta el 31/10/21.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentar las solicitudes será del 2 al 19 de noviembre de 2021.

Iznájar, 22 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznájar, Lope Ruiz López.

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