Boletín nº 80 (29-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Palmera

Nº. 1.431/2021

Visto la documentación contenida en el expediente GEX nº 7643/20, en tramitación actual en este Ayuntamiento, promovido por el Sr. Norberto Gómez Primo en representación de NORGOM INGENIERÍA, con C.I.F. nº B-56034457, mediante solicitud presentada en la E.L.A. de Ochavillo del Río con fecha 1 de Octubre de 2.020, presentada en este Ayuntamiento con fecha 3 de diciembre de 2020, nº 6069 de RGED, mediante el cual solicita Licencia para Autorización para despliegue de líneas de Red Fibra Óptica, situado en Viarios y Espacios públicos del núcleo de Ochavillo del Río, de este Municipio, recogida en el Anexo III, epígrafe 13.57.BIS - Infraestructuras de telecomunicaciones no incluidas en el epígrafe anterior. CA-DR de la Ley 3/2014 y del Decreto Ley 5/2014, que modifican la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), y por lo tanto necesitada de la Calificación Ambiental de la actividad.

Visto el Informe con fecha 18 de marzo de 2021, emitido por los Servicios Técnicos Municipales, que literalmente dice:

INFORME TÉCNICO PREVIO AL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN.

Objeto: Autorización para despliegue de líneas de Red Fibra Óptica.

Municipio: E.L.A. de Ochavillo del Río.

Emplazamiento: Viarios y Espacios públicos del núcleo de Ochavillo del Río.

Solicitante: Norberto Gómez Primo, en representación de NORGOM INGINERÍA.

EXP GEX: 7643/año 2020

DATOS PREVIOS:

1. Solicitud/es del interesado bajo registro de entrada nº 030/RT/E/2020/6069, importado al expediente Gex con fecha 13-Enero-2020, proveído por Alcaldía.

2. Documento con contenido de plan de despliegue de FTTH en el núcleo de Ochavillo del Río.

3. Informe técnico municipal de fecha 15 enero 2021.

4. Documentación, de subsanación, aportada bajo registro nº 030/RT/E/2021/932, y aportada bajo registro nº 030/RT/E/2021/931.

CONCLUSIONES:

Este servicio técnico considera subsanadas las deficiencias detectadas anteriormente, por lo que se estima proceder con el trámite correspondiente, este es el de Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable.

Fuente Palmera, a 18 de marzo 2021.

Firmado por Arquitecto Municipal Fernandez Carrillo Manuel, el 18/3/2021.

Código seguro de verificación (CSV): 2568 AC16 7FB8 3441 F6AD.

Visto el informe de fecha 13 de Abril de 2.021, emitido por la Secretaría de la Corporación en sentido favorable, que consta en el expediente.

Visto lo dispuesto en el artículo 21.1.q de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto:

Primero: Someter el expediente al trámite de información pública, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, y publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba conforme al artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a efectos de que todas las personas que se consideren interesadas, puedan presentar las informaciones, alegaciones y reclamaciones que estimen oportunas, durante un plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio.

Segundo: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente. No obstante lo anterior, podrá ejercitarse cualquier otro recurso que estime procedente.

Tercero: Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la siguiente sesión ordinaria que celebre.

Fuente Palmera a 16 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Ruiz Moro.

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