Boletín nº 81 (30-04-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.568/2021

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA CULTURAL Y EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO 2021 DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CORDOBA

BDNS(Identif.): 560024

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/560024)

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que realicen actividades de promoción y difusión cultural y/ó educativa que se definen en el apartado siguiente.La concesión de estas ayudas se efectuará a solicitud del interesado/a, en atención a la concurrencia de las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases y estarálimitada a las disposiciones presupuestarias.

Segundo. Finalidad:

El objeto y finalidad de las ayudas es la realización de actividades concretas de promoción y difusión cultural y educativa que se desarrollen en el término municipal de Priego de Córdoba en el ámbito de las artes plásticas, artes escénicas, cine, audiovisuales, cursos deformación, ediciones bibliográficas con carácter histórico y/o patrimonial de la ciudad de Priego de Córdoba, etc.Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades desglosadas a continuación:

" EJE DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN CULTURAL Y TRACICIONAL◦ Ayudas a la cultura popular y tradicional.◦ Ayudas a acciones para la conservación, difusión y estudio del patrimonio◦ Ayudas a proyectos de dinamización cultural.◦ Ayudas a proyectos de dinamización vecinal.◦ Ayudas a la dinamización cultural juvenil.

" EJE DE SUBVENCIONES EN MATERIA EDUCATIVA◦ Proyectos de educación ambiental y otros proyectos científicos.◦ Proyectos para el desarrollo de aulas mediadoras.◦ Proyectos relacionados con la realización de actividades en el marco cultural.◦ Proyectos que fomenten la conciliación de la vida laboral, profesional y educativa.◦ Realización de cursos reglados que tengan lugar en el municipio de Priego de Córdoba para el pago de la matrícula.

No serán objeto de subvención:

" Todos aquellos gastos que no tengan relación justificada con los proyectos y/oprogramas subvencionados antes citados.

" Todos aquellos que ya estén subvencionados por otras Áreas o Delegaciones Municipalesde este Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

" Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

" Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

" Los gastos de procedimientos judiciales.

" Los gastos de Gestoría.

" Los impuestos que no estén relacionados con la contratación de profesionales oprestación de servicios.

" Gastos de inversión.

" Los gastos generales ligados al funcionamiento de la asociación o entidad sin ánimo delucro (agua, gas, telécono, internet, electricidad), gastos de gestión, alquiler de locales,gastos financieros, licencias, tasas, impuestos o asesoría legal, entre otros.

" Las adquisiciones de localidades para la asistencia a espectáculos y otras actividades similares.

" Comidas y gastos de representación similares. Tampoco serán subvencionables losgastos derivados de actos protocolarios.

Tercero. Bases reguladoras:

Bases Generales que han de regir la concovatoria para la concesión de subvenciones delAyuntamiento de Priego de Córdoba, publicadas en el BOP de Córdoba nº 110 de 23/06/2005.

Cuarto. Importe:

El importe total a destinar para la presente convocatoria será de 13.000,00 €.La cuantía de la ayuda podrá ascender hasta un máximo del 50% de los gastos realizadospor el/la beneficiario/a en los conceptos subvencionables establecidos, con un importe máximo de 7.500,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en elBOP.

Sexto. Otros datos:

Los anexos a cumplimentar y presentar con la solicitud se encuentran disponibles en laweb: www.aytopriegodecordoba.es, así como en el Área de Cultura y Oficina de Información del Ayuntamiento de Priego de Córdoba. 

Priego de Córdoba, 27 de abril de 2021. Firmado electrónicamente:  La Alcaldesa-Presidenta, Mª Luisa Ceballos Casas.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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