Boletín nº 82 (03-05-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 1.525/2021

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día treinta de marzo de dos mil veintiuno, se adoptó entre otros el que copiado dice así:

5. PROYECTO ACTUACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN INSTALACIONES FABRICACIÓN Y ENVASADO ACEITE POLÍGONO 16 PARCELA 20 PROMOVIDO POR D. JUAN LEIVA CARRASCO (GEX 2956/2017). Conocían los Sres concejales los antecedentes de este expediente iniciado a petición del Sr. Leiva Carrasco para la declaración como actuación de interés público y consiguiente aprobación del Proyecto de Actuación, en el que consta:

A. Informe de fecha 28/12/2018 emitido por el Arquitecto de la Oficina Técnica Municipal en sentido favorable, previo al decreto de admisión a trámite, donde se expresa que la petición cumple los requisitos establecidos en el artículo 42.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que procede su admisión a trámite, según lo establecido en el artículo 43.b) de la citada Ley

B. Resolución nº 2184/2019 dictada por la Alcaldía, por la que se aprueba la admisión a trámite el Proyecto de Actuación promovido por D. Juan Leiva Carrasco para la construcción de nuevas instalaciones de fabricación y envasado de aceite de oliva en Políg. 16 Parc. 20 con Referencia 14043A016000200000UX del Catastro de Rústica de esta Localidad, redactado por Doña Luisa María Vilches, Ingeniero Agrónomo de Andalucía,

C. Certificación de la Secretaria General del Ayuntamiento, donde se hace constar que durante la exposición pública del edicto de admisión a trámite publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba n.º 241, de 11-11-2019 y tablón electrónico de este Ayuntamiento; notificada personalmente a los titulares de los predios colindantes, publicación en BOE nº 303, 18-12-19 (notificación infructuosa), no consta alegación alguna.

D. Informe de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio de Córdoba, donde se hace constar que se autoriza la instalación de fabricación y envasado de aceite en Polígono 16 Parcela 20 del término municipal de Montoro.

Previo dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Asuntos Generales, en votación nominal, por unanimidad de los trece Sres asistentes, que representan la totalidad del número legal de miembros de este órgano, se adoptó el siguiente

ACUERDO:

Primero. Declarar la utilidad pública o interés social de la Actuación de Interés Público, según ha quedado justificada en la parte expositiva que antecede, promovida por don Juan Leiva Carrasco para la aprobación del Proyecto de Actuación en suelo no urbanizable para la construcción de nuevas instalaciones de fabricación y envasado de aceite de oliva virgen extra en Polígono 16 Parcela 20 del Catastro de Rústica de esta localidad, correspondiéndole la Finca Registral nº 4355 y Referencia Catastral 14043A016000200000UX de acuerdo a documento técnico redactado por D.ª Luisa María Ruiz Vilches. Colegiada nº 1.515 del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Andalucía.

Segundo. Aprobar Proyecto de Actuación que fundamenta la declaración de utilidad pública o interés social de la actividad a implantar en el documento técnico redactado por doña Luisa Maria Ruiz Vilchez, Ingeniero Agrónomo y promovido por don Juan Leiva Carrasco para la Actuación en suelo no urbanizable con el fin de llevar a cabo la construcción de nuevas instalaciones de fabricación y envasado de aceite de oliva virgen extra en Polígono 16 Parcela 20 del Catastro de Rústica de esta localidad, correspondiéndole la Finca Registral nº 4355 y con Referencia Catastral 14043A016000200000UX, vinculando la totalidad de la Finca Registral nº 4355, a la actividad prevista, conforme al artículo 67.d) de la LOUA

Tercero. El plazo de la actuación,es, la prevista en el Proyecto de Actuación, de 25 años, sin perjuicio de su renovación de acuerdo a lo establecido en el articulo 52.4 de la LOUA.

Cuarto. La declaración de utilidad pública o interés social se entenderá a los únicos efectos de conllevar la aptitud de los terrenos para la implantación de la actuación, sin perjuicio de que la materialización del uso y actividad requerirá la obtención del resto de licencias y autorizaciones administrativas que fueran legalmente procedentes, determinándose en la licencia de obra correspondiente el importe de la prestación compensatoria previstas en el artículo 52.4 y 5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de acuerdo al porcentaje de la cuantía establecida en la Ordenanza Municipal Reguladora de la misma (B.O.P. nº 167, de 10/11/2004).

Quinto. La presente autorización, quedará condicionada:

1. A solicitar licencia urbanística de obras en el plazo de un año de acuerdo a lo regulado en el artículo 42.5.D.c. de la citada LOUA.

2. A la obtención de la Calificación Ambiental al estar recogida esta actividad en el epígrafe 10.5 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (modificado por el Decreto 356/2010, de 3 de agosto).

3. A la indivisibilidad de las fincas registral nº 4355.

4. Al Pago de la prestación compensatoria en suelo no urbanizable que se devengará con ocasión de la licencia urbanística y constitución de la garantía para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimiento e infracciones, asi como los resultantes, en su caso de las labores de restitución de los terrenos a su estado original una vez cese la actividad , de acuerdo a lo regulado en el artículo 52.4 y 5 de la LOUA, y que en base a lo recogido en el Informe técnico firmado por el Arquitecto de la Oficina Técnica Municipal se concreta en:

Garantía SNU. 4.277,75 €.

Prestación Compensatorio SNU. 21.388,78 €.

Sexto. Remitir el presente acuerdo para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, a tenor del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Séptimo. Notificar al promotor de la actuación, haciendo constar que previo a la concesión de la Licencia Urbanística deberá depositar en este Ayuntamiento el Aval correspondiente al importe de la garantía.

Octavo. Remitir certificación de acuerdo a la Intervención Municipal y al Registro de la Propiedad de Montoro, al objeto de que se practique la correspondiente anotación en la finca registral nº 4355.

Noveno. Dar traslado de este acuerdo a la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de acuerdo a los previsto en el artículo 43.1.e y f de la LOUA .

Lo que se publica para general conocimiento.

Montoro, 20 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Ana María Romero Obrero.

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