Boletín nº 83 (04-05-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 1.526/2021

Por esta Alcaldía se ha dictado con fecha 17/11/2020, el siguiente,

Decreto

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 143 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía -RBELA-, le comunico que en virtud de Decreto de Alcaldía nº 3696/2020 de fecha 17/11/2020, se adoptó resolución del siguiente tenor literal:

DECRETO

Con fecha 4/2/2020 se dio traslado al Negociado de Urbanismo del informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 2/12/2019 poniendo en conocimiento de la Alcaldía las actuaciones llevadas a cabo por D. José Amores Martínez, con D.N.I. Nº ****** y Dª Carmen Morales Cano, con D.N.I. *****, domiciliados en calle Puerta del Sol, 22, y que pudiera tratarse de la usurpación de un bien público denominado Las Laderas de la Villa.

Consultado el Invetario Municipal de Bienes aprobado Pleno de la Corporación municipal en sesión celebrada el día 12 de junio de 2019, se comprueba que la finca afectada podría ser la inventariada bajo la referencia BAENA1A2018000000085 y más concretamente, finca marcada con el nº 1 del plano de inventario, finca registral nº 26364 del Registro de la Propiedad de Baena, destinada a Zona Verde según el Plan General de Ordenación Urbanística.

Considerando que en vista de lo anterior con fecha 12/2/2020 se remitió oficio a los presuntos usurpadores para que pudieran alegar o presentar la documentación que a su derecho conviniera, conminándolos a la restitución a su estado primitivo de forma voluntaria en el plazo de 10 días.

Considerando que, realizada visita de comprobación por los Servicios Técnicos Municipales con fecha 28/9/2020 se comprueba como persiste la ocupación de los terrenos municipales. En dicho informe se detallan los trabajos a realizar para su reposición al estado original y su presupuesto, ascendente a CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO EUROS Y SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (5.318,78).

Visto el artículo 142 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, al disponer que corresponde al Presidente de la Entidad Local acordar el inicio del procedimiento,

He resuelto

Primero. Que, en virtud de lo dispuesto en el art. 142 del Decreto 18/2006, de 24 de enero,se instruya el correspondiente expediente de recuperación de oficio de la posesión de los terrenos municipales incluidos en los terrenos denominados Las Laderas de la Villa, con referencia BAENA1A2018000000085 en el Inventario Municipal de Bienes, finca registral nº 26364 del Registro de la Propiedad de Baena, destinada a Zona Verde según el Plan General de Ordenación Urbanística.

Segundo. Que se emita informe por Secretaría en relación con el procedimiento y la legislación aplicable para llevar a cabo la recuperación de oficio de la posesión del citado bien municipal y se aporten al expediente cuantos documentos se consideren acreditativos de la posesión municipal.

Tercero. Dar traslado de la presente a los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 143 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, significándole que se trata de un acto administrativo de trámite, no decisorio por lo que no cabe recurso alguno contra la Resolución, sin perjuicio de impugnar la decisión que ponga fin a este procedimiento, si así lo estima pertinente, además de tener en cuenta lo establecido para el régimen de recusación.

Conceder al los interesado trámite de audiencia por plazo de diez días, a contar desde la recepción de la presente, como eventualmente responsables de la usurpación del bien de dominio público municipal referido, para que formule las alegaciones, aporte los documentos y proponga las pruebas que estime convenientes a su derecho, con indicación de los medios de los que pretendan valerse.

Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Baena a 23 de abril de 2021. Firmado electronicamente: La Alcaldesa, Cristina Piernagorda Albañil.

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