Boletín nº 89 (12-05-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 1.667/2021

Por Resolución de Alcaldía nº 1214 de fecha 30 de abril de 2021 se ha resuelto lo siguiente:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Quedándose próximamente vacante la plaza del funcionario Oficial de Policía Local de este Ayuntamiento encargado de la tramitación administrativa de todos los expedientes relacionados con dicho cuerpo, se hace necesario proceder a su sustitución a fin de garantizar el correcto funcionamiento que tiene encomendado dicho cuerpo.

Visto el informe del negociado de personal de este Ayuntamiento en el que dice:

Julián Ángel Aragón Hierro, técnico graduado social del negociado de personal del Ilustre Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, relativo a la bases reguladoras para la provisión del puesto de trabajo de Policía Local (encargado de la tramitación administrativa) por el sistema de concurso de méritos, entre los funcionarios de carrera del cuerpo de la Policía Local de Aguilar de la Frontera, perteneciente a la escala básica (oficial o policía),

INFORMO:

A) Habiendo visto el informe del Jefe Accidental de la Policía Local de este Ayuntamiento en el que solicita: convocar concurso para la provisión del puesto de trabajo de Policía Local encargado de la tramitación administrativa, se cree conveniente incluir una bolsa de sustitutos, con el fin de no dejar el puesto vacante en el supuesto de renuncia o ausencia del titular.

B) Ante ello, comprobando que existe un solo puesto en la oficina de la Policía Local de este Ayuntamiento para todos los trámites administrativos, siendo un servicio obligatorio y necesario para el propio servicio y las necesidades de la ciudadanía, considero que no hay inconveniente en incluir en dichas bases un apartado que establezca una bolsa de empleo, para ausencias del puesto de trabajo esporádicas o de corta duración, siempre cuando no sea de forma permanente.

C) Por tanto, considero que se debe de incluir en dichas bases un apartado donde se genere una Bolsa de Empleo en el que establezca lo siguiente: Con los aspirantes que no resulten seleccionados se formará una bolsa de empleo, en la que se les ordenará en función de mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo.

En el supuesto de que durante la vigencia del puesto de trabajo de Policía Local encargado de la tramitación administrativa, fuera necesario proceder a sustituir de forma esporádica o temporal de corta duración: por enfermedad o accidente, vacaciones, permisos, etc. podrá ser llamado como sustituto/a aquel que ocupe la siguiente posición por orden de mayor puntuación en la bolsa de empleo, y así sucesivamente.

Si la sustitución es de forma permanente por renuncia, jubilación, etc. del titular del puesto de trabajo se convocará un nuevo concurso de méritos.

Es cuanto me corresponde informar al respecto, advirtiendo que las opiniones vertidas en el mismo se someten a cualquiera otras mejor fundadas en derecho.

Y para que conste a los efectos oportunos, en Aguilar de la Frontera fechado y firmado electrónicamente.

Con dicha finalidad esta Alcaldía Presidencia, en uso de sus atribuciones ha resuelto dictar Decreto comprensivo de las siguientes DISPOSICIONES:

Primero. Convocar concurso para la provisión del puesto de trabajo de Policía Local encargado de la tramitación administrativa.

Segundo. Aprobar las Bases de la convocatoria del concurso para la provisión del puesto de trabajo que se transcribe al final del presente Decreto.

Tercero. Publicar las presentes Bases en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, así como en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

A continuación se transcriben las Bases aprobadas:

BASES REGULADORAS PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE POLICÍA LOCAL POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS

Primera. Objeto de la Convocatoria y descripción de las funciones.

Las presentes Bases tienen por objeto regular la provisión mediante concurso del puesto de trabajo de Policía Local encargado de la tramitación administrativa.

El puesto de trabajo cuya provisión es objeto del presente concurso tiene las siguientes características:

1. Horario: De Lunes a Viernes de 8 a 15 horas.

2. Centro de Trabajo: Jefatura de la Policía Local.

3. Requisitos del Titular: Funcionario de Carrera del Cuerpo de la Policía de Aguilar de la Frontera, perteneciente a la escala básica (Oficial o Policía).

4. Obligaciones:

- Tramitación administrativa de cuantos expedientes corresponda a la Policía Local dirigidos a Órganos Judiciales, otros Cuerpos de Policía y resto de Administraciones, incluyendo denuncias, atestados, informes y cuantos escritos y diligencias fuesen precisos.

- Gestión de aplicaciones telemáticas: VIOGEN, D.G.T. (RETIRADA DE PUNTOS, CONSULTA VEHÍCULOS, ARENA2), HERMES, T.E.U., y el resto de las relacionadas con funciones de la Policía Local.

- EPRINSA: GESTIÓN DE MULTAS, NOTIFICACIONES, POBLACIÓN, EJECUTIVA, EXPEDIENTES, y todas aquellas que puedan afectar a las funciones de Policía Local.

Sin perjuicio de lo anterior, la Sra. Alcaldesa podrá encomendar al funcionario que ocupe dicha plaza la realización de funciones incluidas en el ámbito competencial del Cuerpo de la Policía Local, aun cuando supusieran una modificación de las condiciones del puesto de trabajo establecidas en los tres apartados anteriores. La encomienda de dichas funciones deberá realizarse mediante resolución motivada, cuando así lo exigiera una causa grave que no pudiera atenderse por otros medios y, en todo caso, a propuesta razonada del Sr. Jefe de la Policía Local. Dicha encomienda deberá determinar el periodo de vigencia de la misma que será el estrictamente necesario para atender a la causa grave que la hubiera motivado.

Segunda. Requisitos y Condiciones de Participación.

Podrán solicitar el puesto de trabajo ofertado los funcionarios de Carrera del Cuerpo de la Policía Local de Aguilar de la Frontera, pertenecientes a la escala básica (Oficial o Policía).

Tercera. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.

Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en el proceso referenciado se presentarán por los interesados en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), haciendo constar que reúnen los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria y en la normativa vigente, tal y como refiere el artículo 42 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Asimismo quedará a disposición de los interesados en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento (www.aguilardelafrontera.es)

Cuarta. Admisión de Aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento

(www.aguilardelafrontera.es).

Durante un plazo de 5 días hábiles desde el siguiente a su publicación los interesados podrán realizar las alegaciones que tengan por conveniente.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirante admitidos y excluidos que se publicará en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento (www.aguilardelafrontera.es).

Quinta. Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración será colegiada y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre, conforme al artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres. No puede formar parte el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. Asimismo la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

La composición concreta de la Comisión de Valoración, con la correspondiente designación de cada uno de sus miembros, se llevará a efecto mediante la resolución que aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, y que se hará pública en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento (www.aguilardelafrontera.es).

La Comisión de Valoración estará integrada por un Presidente, un Secretario y dos vocales, titulares y suplentes, que actuar´na con voz y voto. La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto, conforme al artículo 46 del Reglamento General de Ingreso de

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