Boletín nº 89 (12-05-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 1.691/2021

Por Resolución de Alcaldía número 2021/0000000, de 29 de abril de 2021, atendiendo requerimiento de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, se ha procedido a la subsanación para su adecuación a la legalidad, de las Bases para la Creación de una Bolsa de Empleo, de Personal Laboral Temporal de Socorristas, para la Piscina Pública de Nueva Carteya, que habían sido aprobadas por Resolución de esta Alcaldía núm. 2021/00000302, de 8 de mayo, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 91, de 14 de abril de 2021, en consecuencia se hace pública la rectificación siguiente:

Primero. Modificar las bases que han de regir dicha convocatoria en la forma siguiente:

VI. TRIBUNAL. Se modifica el punto 1, quedando con la redacción siguiente:

1. El Tribunal de selección estará compuesto por un presidente y cuatro vocales, todos ellos funcionarios de carrera o personal laboral del ayuntamiento de Nueva Carteya, que se determinarán en la resolución definitiva a que refiere la base IV.1. Como Secretario actuará el Secretario General de la Corporación, o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

Segundo. Que se publique la modificación en la misma forma que lo fueron las bases de la convocatoria, manteniendo el plazo de presentación de solicitudes determinado por la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia núm 75, de 22 de abril de 2021.

Contra la presente modificación de las Bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento de Nueva Carteya, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencvioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Nueva Carteya a 3 de mayo de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Vicente Tapia Expósito.

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