Boletín nº 91 (14-05-2021)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 1.637/2021

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 815/2020. Negociado: MJ

De: D. Francisco Javier Vinagre Hidalgo

Abogado: D. Rafael Andrés Navarro Herruzo

Contra: Talleres y Montajes Calvo S.L. y FOGASA

 

DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 815/2020, a instancia de la parte actora D. Francisco Javier Vinagre Hidalgo contra Talleres y Montajes Calvo S.L. y FOGASA, sobre Despido Objetivo Individual, se ha dictado Sentencia n.º 152/2021 de fecha 27 de abril de 2021 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por D. Francisco Javier Vinagre Hidalgo contra la empresa Telleres y Montajes Calvo S.L., debiendo declarar y declarando que la extinción de la relación laboral en fecha 20/7/20 tiene la consideración de un despido improcedente, y declarando a su vez la extinción de la relación laboral a fecha del despido, condenando a la empresa demandada al abono de las siguientes cantidades, con las costas del FD 7º de esta sentencia.

- Indemnización: 4.018,57 €.

- Retribuciones devengadas y no satisfechas: 3.005,33 €.

- Interés de mora: 300,53 €.

El FOGASA responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena que en su caso se le hubiera impuesto en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Entidad B. Santander (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 081520 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 29 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.

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