Boletín nº 94 (19-05-2021)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 1.700/2021

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 2/2021. Negociado: LJ

De: Dª. Cristina Melero Ferrer

Abogada: Dª. Marina Marín Fernández

Contra: Cervecería Casa Manu C.B., FOGASA, Francisco Javier Berzosa Ogallar y María Pilar Ordóñez Oporto

 

DOÑA ROSA MARÍA MERINO MÉRIDA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 2/2021, a instancia de la parte actora Dª. Cristina Melero Ferrer contra Cervecería Casa Manu C.B., FOGASA, Francisco Javier Berzosa Ogallar y María Pilar Ordóñez Oporto, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 13/01/21 del tenor literal de la parte dispositiva siguiente:

Se despacha ejecución a instancia de de Dª. Cristina Melero Ferrer, frente a Cervecería Casa Manu CB, por la suma de 6,790,98 euros de principal mas la suma de 1.018,64. euros presupuestados para intereses y costas.

No ha lugar provisionalmente al despacho de la ejecución frente a Francisco Javier Berzosa Ogallar y María Pilar Ordóñez Oporto, hasta en tanto no se declare -si procediese-, la insolvencia de la Comunidad de Bienes dado que éstos son responsables subsidiarios respecto de dicha Comunidad y responsables solidarios entre ellos.

Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse en el plazo de tres dias Recurso de Reposición, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución".

Y para que sirva de notificación a la demandada Cervecería Casa Manu C.B., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 26 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Merino Mérida.

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