Boletín nº 100 (27-05-2021)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 1.902/2021
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Procedimiento: Despidos/Ceses en general 523/2020. Negociado: JR
De: Dª. María Luz Moya Moya
Abogado: D. Rafael Andrés Navarro Herruzo
Contra: Puravida Emprende S.L. y Administrador Único D. Julián Manuel Cansino Álvarez
DOÑA ROSA MARÍA MERINO MÉRIDA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 523/2020, a instancia de la parte actora Dª. María Luz Moya Moya contra Puravida Emprende S.L. y Administrador Único D. Julián Manuel Cansino Álvarez, sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado Sentencia de fecha 06/05/2021 del tenor literal siguiente:
Fallo
Que, estimando la demanda de María Luz Moya Moya, contra Puravida Emprende, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial.
1. Declaro improcedente el despido de fecha de efectos 16-3-2020. Y, teniendo por realizada la opción por la extinción del contrato, declaro extinguida la relación laboral en la fecha de efectos del despido y condeno a la empresa demandada al pago de las siguientes cantidades:
** 164,63 € en concepto de indemnización.
**898,27 € en concepto de liquidación más el 10% de interés por mora.
2. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta sentencia para el caso de insolvencia de la empresa demandada..
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, entro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indispensable, si el recurrente es el empresario, que exhiba al tiempo de anunciarlo, el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander la cantidad objeto de condena referencia 1445.0000.65-0523-19 y el depósito de 300 € en la misma cuenta y sucursal.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Iltra. Sra. Magistrada que la suscribe, celebrando Audiencia Pública en el día de su fecha, doy fe.
Y para que sirva de notificación a la demandada Puravida Emprende S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 10 de mayo de 2021. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Merino Mérida.