Boletín nº 104 (03-06-2021)

VIII. Otras Entidades

Consorcio Orquesta de Córdoba

Nº. 2.082/2021

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE PROFESOR/A AYUDA DE SOLISTA (ESPECIALIDAD OBOE).

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de personal laboral fijo de Profesor/a Ayuda de Solista (especialidad oboe) por el sistema de oposición, con la retribución recogida en el Presupuesto del Consorcio Orquesta de Córdoba, teniendo en cuenta las pruebas selectivas que se especifican en esta convocatoria y en los anexos de la misma.

De acuerdo con la Oferta de Empleo Público de 2017 (BOP nº 245, de 29 de diciembre de 2017), la descripción de la plaza es la siguiente:

Instrumento

Nº plazas

Titulación

Relación laboral

Oboe/corno inglés (ayuda de solista)

1

Grado superior o Título

Superior de Música o

equivalente en la especialidad

de Oboe

Laboral fijo

REQUISITOS

Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

-Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 del TREBEP.

-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario correspondiente, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

-Estar en posesión del Grado Superior o Título Superior de Música en la especialidad de Oboe antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.

-No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto, las personas que resulten seleccionadas deberán someterse a reconocimiento médico por el Servicio de Prevención que corresponda.

-Las personas con discapacidad deberán acreditar tanto su condición de discapacitado/a como su capacidad para desempeñar las funciones requeridas, mediante certificación expedida por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales u organismo con competencia en esa materia. Cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible, el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de condiciones.

Para participar en esta convocatoria, los/las aspirantes deberán poseer los requisitos en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

SOLICITUDES

Las instancias, dirigidas a la Presidencia del Consorcio Orquesta de Córdoba, se presentarán preferentemente en el Registro único del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/registro-electronico/), o bien en las oficinas del Consorcio Orquesta de Córdoba, sitas en Calle Alfonso XIII, nº 13, o en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

En caso de presentar las instancias en administración distinta, y al objeto de agilizar el procedimiento, los/as aspirantes lo comunicarán por correo electrónico a convocatorias@orquestadecordoba.or g.

Las instancias se presentarán conforme al Anexo I. Las solicitudes que presenten enmiendas o tachaduras serán desestimadas. Además del Anexo I debidamente cumplimentado, los/las aspirantes presentarán copia de la titulación requerida. En caso de que en el título no figure la especialidad de oboe, los/las aspirantes deberán acompañarlo con un certificado de asignaturas cursadas del centro de formación.

La presentación de solicitudes fuera del plazo establecido y la no utilización del modelo de uso obligatorio serán causa de exclusión del procedimiento. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Los sucesivos anuncios y todo tipo de comunicaciones relativos a esta convocatoria se realizarán en el Tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Córdoba, sito en https://sede.cordoba.es/cordoba, sin perjuicio de que, de forma complementaria, se pueda publicar además en la página web del Consorcio Orquesta de Córdoba (www.orquestadecordoba.org/actualidad/convocatorias).

ADMISIÓN DE ASPIRANTES

-Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, indicando en cada caso la causa de exclusión y señalando un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Córdoba, para que se puedan subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión.

Transcurrido el plazo de subsanación de instancias, se dictará nueva resolución, resolviendo las que hubiesen formulado o subsanando defectos, en su caso, y acordando la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, la designación de los miembros integrantes del tribunal de selección, fecha y lugar de las pruebas selectivas, convocando a tal efecto a los/las aspirantes admitidos/as. Tal resolución se hará pública en el Tablón de Anuncios electrónico del Ayuntamiento de Córdoba.

TRIBUNAL DE SELECCIÓN

El Tribunal encargado de la selección de los/las aspirantes, así como de formular al Consorcio Orquesta de Córdoba las correspondientes propuestas de resolución de las Pruebas de Selección, estará integrado por el Director Titular de la Orquesta, en calidad de Presidente, la concertino, el solista del instrumento correspondiente (oboe), tres solistas de la misma familia instrumental y un ayuda de solista de la familia instrumental, a ser posible del instrumento correspondiente. En caso de que sea necesario, la concertino podrá delegar en el ayuda de concertino, y el solista en el ayuda de solista.

El nombre de los miembros del Tribunal calificador se hará público en la resolución de la lista definitiva de aspirantes.

Para la existencia de quórum será necesaria la presencia de siete miembros con voto en el tribunal. No obstante, cuando por razones justificadas, tales como enfermedad, permisos u otras de fuerza mayor, fuese imposible cumplir el requisito del quorum, éste se reducirá a dos tercios de los siete miembros, o sea, serán necesarios para dicho requisito cinco miembros. Además, asistirán sin voto un/a Secretario/a designado por la Gerencia y un miembro del Comité de Empresa.

El Tribunal de selección deberá ajustarse en su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y en su funcionamiento y toma de decisiones a los principios del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que han de regir estos procesos selectivos.

Los miembros del Tribunal de selección deberán abstenerse de formar parte de las deliberaciones y votaciones cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la citada Ley.

El Tribunal se reserva el derecho de seleccionar cuál o cuáles serán las partituras, piezas, movimientos u otras partes del programa interpretativo que obra

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad