Boletín nº 105 (04-06-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 2.124/2021

Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Lucena (Córdoba), de fecha veinte de mayo de 2021, por la que se convocan subvenciones a inquilinos de viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra.

BDNS (Identif.) 566847

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/566847)

Primero: Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2021 subvenciones a inquilinos de viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción a compra.

Segundo. Créditos Presupuestarios.

Las obligaciones económicas que deriven en ejecución de la presente Convocatoria se imputarán a cargo de la aplicación presupuestaria 48026 1521 272 del vigente Presupuesto Municipal, siendo la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas para el presente ejercicio de 22.500 euros.    

Tercero. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.    

Las ayudas aquí convocadas tienen por objeto regular la concesión de ayudas dirigidas al apoyo económico a las familias, con la finalidad de atenuar los efectos que sobre éstas pudiera suponer el compromiso de pago de las rentas mensuales establecidas derivadas del alquiler de viviendas con opción a compra de titularidad pública; este apoyo se concretará en una ayuda a los gastos de alquiler de vivienda a aquellas personas que cumplan con los requisitos expuestos en las bases reguladoras, sin que en ningún caso la ayuda supere el 50% del importe del arrendamiento.

Cuarto.  Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de acreditarlos.    

Únicamente podrán ser beneficiarios las personas físicas que hayan suscrito contrato de alquiler con opción compra, relativo a viviendas de titularidad pública, sitas en el término municipal de Lucena (Córdoba) que cumplan con los requisitos previstos en las bases segunda y tercera de las que rigen el procedimiento de concesión de estas ayudas.Dichos requisitos se acreditarán mediante la aportación de la documentación indicada en el apartado quinto de la convocatoria.    

Quinto. Bases Reguladoras.    

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 23 de enero de 2019,  publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2019, la Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (publicadas en el BOP núm. 74, de fecha 27 de abril de 2007).    

Sexto. Criterios de valoración de solicitudes y cuantía a conceder.

Para determinar la cuantía individualizada de cada ayuda se aplicarán los criterios de valoración previstos en la base reguladora séptima, así como lo dispuesto en la base octava.     

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.    

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días a contar desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lucena, 24 de mayo de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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