Boletín nº 108 (09-06-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Almedinilla

Nº. 2.104/2021

Don Jaime Castillo Pareja, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Almedinilla, Provincia de Córdoba, hace saber:

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local queda automáticamente elevado a definitivo, el acuerdo plenario inicial de fecha 22 de febrero de 2021 aprobatorio del Pliego de Condiciones para el acceso al Vivero de Empresas del Ayuntamiento de Almedinilla, sito en la Parcela S5 del Vial 2 del Polígono Industrial "Los Bermejales" de Almedinilla.

El acuerdo inicial fue sometido a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 67, de 12 de abril de 2021, habiendo sido el plazo de información pública de treinta días hábiles.

Por ello, por medio del presente anuncio se procede a publicar el texto integro del Pliego y se efectúa convocatoria del procedimiento de concurso abierto, para la adjudicación del contrato de arrendamiento de los diferentes módulos existentes en la Nave industrial de propiedad municipal, ubicada en la parcela S5 del Polígono Industrial "Los Bermejales", con el objetivo de establecer en este edificio un Vivero de Empresas tutelado por el propio Ayuntamiento, para fomentar la iniciativa empresarial, impulsar la creación de empleo y la economía local.

Artículo 1. Objeto

El objeto del presente Pliego es la regulación de la forma de acceso a los módulos del nuevo Vivero de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Almedinilla, como servicio público municipal (artículo 25 de la Ley 7/1985), por parte de las personas físicas o jurídicas que sean acogidas en el mismo, así como el funcionamiento del mismo, gestionado y administrado por este Ayuntamiento de Almedinilla desde su Departamento de Desarrollo. El Vivero de Empresas, cofinanciado por el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Regional (Fondos FEADER), es una estructura de acogida temporal pensada para ubicar a empresas en sus primeros pasos en el mercado, acompañarlas y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto empresarial, con el fin de que, mediante una gestión sin ánimo de lucro, se facilite el desarrollo germinal de iniciativas de interés para la demarcación territorial. Constituye un espacio físico que, combinando el ofrecimiento de locales, formación, asesoramiento y prestación de servicios, trata de cubrir las necesidades básicas de pequeñas y medianas empresas, permitiendo mejorar sus expectativas de supervivencia.

No es el objeto de esta iniciativa, la implantación de empresas vinculadas al sector agrario del olivar, pues se trata precisamente, de diversificar la economía en la zona, cuyo motor económico principal es este cultivo.

Igualmente, y como condición de elegibilidad de cumplimiento diferido indicada en la Resolución de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria por la que se conceden las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020. Convocatoria 2017 de 26 de junio de 2019: Resultarán excluidas como posibles cesionarias del uso de esta infraestructura, aquellas pertenecientes al sector agrario, alimentario y/o forestal.

Artículo 2. Ubicación y descripción

El Vivero de Empresas se ubica en un edificio de nueva planta situado en parcela de titularidad municipal en el Polígono Industrial de "Los Bermejales", concretamente en la parcela S5 del Vial 2. Su referencia catastral es 2740520VG0424S0001RF, se encuentra libre de cargas y gravámenes.

La parcela que cuenta con una superficie de 270 m 2, se encuentra dentro del suelo urbano consolidado de uso industrial, conforme reza en el PGOU de Almedinilla, por lo que se entiende le es de aplicación lo explícito en el artículo 75.1.c de la LOUA.

Sobre la parcela antes descrita se ha erigido el edificio que cuenta con una superficie construida total de 392,35 m 2 y que se desarrolla en tres módulos, los Módulos 1 y 2, de carácter industrial, con unas superficies construidas de 105,60 y 157,67 m 2 respectivamente, que disponen de entreplanta y aseo para el personal. Estos módulos tienen su fachada y entrada a través de la carretera CO-8205. Y un tercer Módulo, susceptible de dividirse en dos locales idénticos, Local 1 con doble fachada a Vial 2 del Polígono Industrial y a carretera CO-8205, y Local 1 con frente únicamente al Vial 2 del P. I. Estos locales cuentan con entreplanta completa y dotados igualmente con aseos para personal, con una superficie construida total de 129,08 m². Este tercer módulo tiene su fachada principal y entrada por el Vial 2 del polígono industrial.

Cada espacio dispone de instalación eléctrica y de fontanería independientes. Solo se podrán realizar modificaciones en las citadas instalaciones previo comunicado y aceptación por la Comisión de Seguimiento y siempre que se consideren necesarias en función de la actividad a instalar.

Artículo 3. Beneficiarios y requisitos

Podrán optar a la adjudicación o cesión de módulos del Vivero de Empresas, todas aquellas personas físicas o jurídicas (con las limitaciones indicadas en el artículo 1), promotoras de un proyecto de creación de empresa o en fase de consolidación de ésta, que sea considerado como viable técnica y económicamente y que cumpla con los requisitos exigidos.

Requisitos que han de cumplir las iniciativas:

1. Las empresas de nueva creación, que deberán estar enmarcadas en alguno de los siguientes supuestos:

-Empresas o empresarios individuales que inicien con la instalación en el Vivero de Empresas su actividad.

-Empresas o empresarios individuales cuya actividad haya iniciado en un plazo inferior a 18 meses.

-Empresas o alta en seguro de autónomo que se constituyan en un plazo máximo de tres meses desde que se firma el contrato de cesión de la ubicación en nuestro Vivero de Empresas y cuya dirección fiscal sea el local asignado.

-Proyectos de empresas creados por universitarios o jóvenes procedentes de Grados Medios o Superiores.

-Empresas de nueva creación que utilicen la tecnología como base de su proyecto.

-Empresas en la que una Universidad o Centro público haya realizado una participación en su capital.

2. Que se dediquen a actividades lícitas, éticas y que puedan ubicarse en el Vivero de Empresas de Almedinilla, teniendo en cuenta las limitaciones físico-tecnológicas y la convivencia con el resto de empresas incubadas.

3. Que presenten un proyecto para su viabilidad económica, (en caso de que la empresa carezca de tal proyecto, tendrá un plazo de tres meses desde la firma para presentarlo).

Artículo 4. Selección de beneficiarios

Procedimiento.

Se articula un sistema de convocatoria permanente basado en un proceso abierto de estudio y adjudicación de locales.

SOLICITUD.

Los interesados deberán presentar en el Registro Municipal del Ayuntamiento, el documento Solicitud usuario del Vivero de Empresas del Ayuntamiento de Almedinilla, mostrando su interés en el servicio de uso de nave o local, dicha solicitud estará disponible en el Ayuntamiento de Almedinilla y en su página web www.almedinilla.es

La solicitud de Espacio, que podrá ser de una nave o un local, según descripción hecha en el artículo 2 del presente pliego, deberá ser suscrita por un único representante, siendo éste quien asuma frente al Ayuntamiento de Almedinilla el régimen de derechos y obligaciones derivados del Contrato de Cesión. No obstante el solicitante podrá incluir en su Proyecto otros socios, partícipes y/o integrantes del mismo. Todos los cuales deberán estar identificados con sus datos personales y, en caso de resultar seleccionados, deberán firmar el Contrato de Cesión junto al solicitante en señal de aceptación conjunta y solidaria de su régimen de derechos, obligaciones y deberes. En el plazo máximo de 5 días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de registro de entrada, el Dpto. de Desarrollo Local informará al solicitante de la disponibilidad o no de espacios libres. En el caso de no existir espacios libres en el momento de la solicitud, se informará de tal extremo al solicitante y se le ofrecerá la posibilidad de pasar a formar parte de una Base de datos de solicitantes. La base de datos de solicitantes no establecerá ningún tipo de orden preferente ante las asignaciones de los espacios que pudieran quedar disponibles, siendo la Comisión de Seguimiento la encargada de seleccionar de entre los proyectos y/o solicitudes que componen dicha base de datos los que participarán en el proceso de valoración y asignación de dichos módulos.

En el caso de existir espacios libres se emplazará al solicitante para que en el plazo máximo de 10 días naturales, presente en el Ayuntamiento de Almedinilla la siguiente documentación:

A. Empresas de reciente creación (plazo inferior a 18 meses):

-Solicitud usuario del Vivero de Empresas debidamente rellenado.

-Memoria explicativa del proyecto empresarial y de la trayectoria del mismo.

-Currículum profesional del empresario/s.

-Certificado de la Administración Tributaria de estar dado de alta en el censo de empresarios y en algún epígrafe del Im

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