Boletín nº 111 (14-06-2021)

IV. Junta de Andalucia

Secretaría General Provincial de Hacienda, Industria y Energía de la Junta de Andalucía
Delegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 843/2021

Anuncio de 9 de marzo de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba por el que se somete a información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa, con declaración en concreto de Utilidad Pública del proyecto denominado: Nueva línea de media tensión para cierre con línea Luque_Zuhe a 25 kV entre subestación Baena y apoyo A533750 existente, en el término municipal de Baena (Córdoba).

Expediente AT 48/2018

A los efectos prevenidos en los artículos 54, 55, y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de instalaciones de energía eléctrica, se somete a Información Pública la petición de declaración de utilidad pública, en concreto, de la línea eléctrica área de alta tensión, cuyas características principales se señalan a continuación:

a) Peticionario: EDistribución Redes Digitales SL, con domicilio a efectos de notificaciones en Carretera del Aeropuerto, P.K 2,5 (14005 Córdoba).

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Paraje "Hoya de San Sebastián", en el término municipal de Baena (Córdoba).

c) Finalidad de la instalación: Mejora de la calidad y capacidad del suministro eléctrico.

d) Características principales de la instalación de alta tensión: Nueva línea a 25 kV con dos tramos subterráneos de 310 m y 73 de longitud con conductor RH5Z1 3 (1 x 240) 18/30 kV y dos tramos aéreos, uno de 167 m y otro de 2.238 m con conductores 94-Al 1/22-ST1A.

e) Relación de bienes y derechos afectados por la instalación (Ver Anexo I).

La declaración de utilidad pública, en concreto, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013 llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación se inserta al final de este anuncio, a fin de que, durante el plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, a partir del día siguiente a su publicación, puedan formularse por las personas interesadas las alegaciones, por duplicado, que estimen oportunas.

A tal efecto, la documentación del proyecto podrá ser examinada, bien telemáticamente en la página web del Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, en la url:

www.juntadeandalucia.es/transparencia.html, o bien, presencialmente, en las dependencias de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, Secretaría General Provincial de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, sita en Calle Conde de Gondomar 10, Córdoba.

Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en el artículo 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:

a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.

b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.

c) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento, etc.

d) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Córdoba, 9 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial, Antonio Jesús Repullo Milla.


Adjuntos: 843_anexos.pdf |

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad