Boletín nº 112 (15-06-2021)

VIII. Otras Entidades

Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (EMPROACSA)
Córdoba

Nº. 2.415/2021

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN TÉCNICO BASE PARA EL DEPARTAMENTO NOR-ORIENTAL DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la selección de un trabajador relevista con la categoría de Técnico, puesto Técnico Base para el Departamento Nor-Oriental de Depuración de Aguas Residuales (Área de Producción).

La contratación laboral se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contrato de relevo. El contrato laboral que se celebre será de duración determinada a tiempo completo. La duración del contrato será igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación.

El/la trabajador/a se encontrará adscrito al Departamento Nor-Oriental de Producción de Aguas Residuales y desempeñará sus funciones en toda el área geográfica de actuación del antecitado Departamento. El centro de trabajo quedará establecido en cualquiera de los centros operativos de explotación de EMPROACSA de la zona Nor-Oriental de la provincia de Córdoba.

Este puesto está dotado con las retribuciones correspondientes a su categoría profesional de conformidad con el vigente Convenio Colectivo de EMPROACSA. Las funciones encomendadas son las recogidas en la referida norma paccionada.

La presente convocatoria está sometida a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad recogidos en el Convenio Colectivo, a lo regulado en el mismo, así como a las siguientes bases:

1. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

Podrán participar todos los/as interesados/as que reúnan los siguientes requisitos:

-Ser español o nacional de un estado de la U.E.

-No exceder de la edad máxima de jubilación ordinaria.

-Titulación: Grado en Ingeniería relacionado con el Área de Construcción Civil (Caminos, Canales y Puertos, Industrial, Agronómica, Obras Públicas, Minas o titulación equivalente), Licenciatura o Grado en Ciencias Químicas, Biológicas, Ambientales, Bioquímica, Ingeniería Química, Farmacia, Veterinaria o titulación equivalente.

-Estar en posesión del permiso de conducción Clase B.

-No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

-No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.

2. PROCESO DE SELECCIÓN.

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

2.1. Prueba de aptitud. Los aspirantes serán sometidos a una prueba de aptitud consistente en la realización de dos ejercicios, teórico y práctico, que tendrán carácter eliminatorio, sobre los conocimientos y habilidades prácticas propios del puesto contenidos en los temarios de la convocatoria. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 60 puntos.

2.2. Concurso de méritos: Se valorarán los alegados por los interesados de acuerdo con el baremo establecido en las bases de esta convocatoria y hasta un máximo de 40 puntos. Sólo se baremarán los méritos de los aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la prueba de aptitud y el concurso de méritos.

3. BAREMO FASE PRUEBA DE APTITUD.

Constará de dos ejercicios eliminatorios sobre los temarios comunes y especifico del ANEXO I:

1. Ejercicio TEÓRICO: Sobre las materias objeto de la convocatoria. Será eliminatorio y sólo pasarán esta prueba los aspirantes que hayan superado el 50% de la puntuación máxima. Consistirá en un ejercicio tipo test sobre el temario común y específico. La puntuación máxima será de 20 puntos.

2. Ejercicio PRÁCTICO: La Comisión Evaluadora preparará las pruebas consistentes en la realización de ejercicios de aplicación práctica de las materias objeto de convocatoria, consistentes en demostrar el conocimiento y destreza en el trabajo a desarrollar. Podrán incluirse la realización de esquemas, croquis o demás elementos de soporte relacionados con la especialidad. La puntuación máxima será de 40 puntos, siendo necesaria una puntuación de 20 puntos para superarlo.

A criterio de los miembros de la Comisión Evaluadora se podrán realizar ambos ejercicios en una única convocatoria.

Los criterios de corrección, así como la duración de las pruebas se fijarán por la Comisión Evaluadora atendiendo a su contenido y dificultad. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá informar con carácter previo a la realización del ejercicio sobre su duración, criterios de corrección, valoración y superación de los mismos que no estén expresamente definidos en las bases de esta convocatoria.

4. BAREMO FASE CONCURSO DE MÉRITOS.

El baremo para la selección de aspirantes a este concurso será el siguiente:

4.1 Titulación: Otras titulaciones regladas, además de la exigida como requisito, relacionadas con el puesto. Solo se computará una titulación, que será la de mayor rango:

-Otro grado universitario, doctorado o licenciatura habilitante para el ejercicio profesional: 5 puntos

-Máster universitario o título de experto universitario: 3 puntos

Máxima puntuación: 5 puntos.

4.2 Cursos: Actividades formativas no regladas adecuadas al puesto (Cursos, jornadas, seminarios, etc.) impartidas u homologadas por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo. Los cursos de formación alegados deberán ser acreditados con el certificado oficial o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, con indicación del número de horas lectivas:

-Por cada actividad formativa de hasta 10 horas: 0,05 puntos.

-Por cada actividad formativa de 11 hasta 40 horas: 0,10 puntos.

-Por cada actividad formativa de 41 hasta 150 horas: 0,35 puntos.

-Por cada actividad formativa de 151 hasta 400 horas: 0,50 puntos.

-Por cada actividad formativa de más de 400 horas: 0,75 puntos.

Máxima puntuación: 5 puntos.

4.3 Experiencia profesional:

Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral ejerciendo como técnico de depuración de aguas residuales para una población o conjunto de poblaciones de más de 20.000 habitantes.

-En EMPROACSA o en otras empresas o entidades dedicadas a la gestión y explotación del Ciclo Integral del Agua: 0,20 puntos por mes.

Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral ejerciendo como técnico de depuración de aguas residuales para una población o conjunto de poblaciones de menos de 20.000 habitantes.

-En EMPROACSA o en otras empresas o entidades dedicadas a la gestión y explotación del Ciclo Integral del Agua: 0,10 puntos por mes.

La experiencia deberá acreditarse mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, debiendo asimismo aportarse cuantos documentos justifiquen la efectiva prestación de tales funciones.

Máxima puntuación: 30 puntos.

5. COMISIÓN EVALUADORA.

La Comisión Evaluadora está compuesta por los siguientes miembros con voz y voto: El Presidente del Consejo de Administración o persona en quien delegue, que actuará como Presidente de la Comisión, tres representantes de la Empresa, designados por la Presidencia, asumiendo uno de ellos las funciones correspondientes a la Secretaría de la Comisión, y tres trabajadores cualificados técnicamente propuestos por el Comité de Empresa.

Los miembros de la Comisión habrán de tener cualificación para ejercer su labor evaluadora. Siempre que sea posible serán de igual o superior categoría, titulación y/o nivel, y de la especialidad o especialidades más afines a la plaza convocada. En cualquier caso, ambas partes podrán recabar asesoramiento de personas de reconocida capacitación técnica, relacionadas con el tipo de puesto de trabajo a cubrir. Su composición tenderá a la paridad entre hombre y mujer siempre que resulte posible.

Los miembros deberán abstenerse de actuar si en ellos concurriera alguna de las causas de incompatibilidad definidas en la legislación de procedimiento administrativo, pudiendo promoverse la recusación de los mismos en los términos previstos en el artículo 6 del Convenio Colectivo.

La Comisión decidirá sobre cuantas cuestiones o incidentes se planteen durante el desarrollo del proceso selectivo.

6. SOLICITUDES.

Las solicitudes para formar parte de estas pruebas selectivas se dirigirán a EMPROACSA y se presentarán, debidamente cumplimentadas, en el impreso oficial (que acompaña modelo de autobaremación) en la dirección de correo electrónico aguasdecordoba@aguasdecordoba.es, en el plazo de 10 días naturales a partir de la publicación del correspondiente anuncio en un Diario de ámbito provincial, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web de EMPROACSA (www.aguasdecordoba.es) , especificándose en las mismas que se reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, finalizando en consecuencia a las 14,00 horas del día 25 de junio de 2021.

A la misma solicitud, se adjuntará fotocopia del DNI, permiso de conducción, titulación académica, curriculum vitae y justificantes de los méritos que aleguen, debidamente cotejados.

Únicamente se baremarán aquellos méritos acreditados por el aspirante al tiempo de la presentación de su solicitud, sin perjuicio de la posibilidad de subsanación con posterioridad de los documentos justificativos aportados o aclaraciones que pudiese requerir la Comisión Evaluadora al efecto.

7. RELACIÓN Y PROPUESTA DE SELECCIONADOS.

La puntuación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos otorgada en la fase de prueba de aptitud y concurso de méritos.

La lista conteniendo la baremación de los méritos alegados y puntuación de los dos ejercicios correspondientes a la prueba de aptitud se publicará en el tablón de anuncios y la página web de EMPROACSA (www.aguasdecordoba.es), concediéndose un plazo de 5 días naturales para formular reclamaciones, en su caso. Sólo se procederá a la publicación de la baremación revisada por la Comisión de los aspirantes que hubieran aprobado los dos ejercicios de la prueba de aptitud.

La Comisión Evaluadora, en su caso, elevará a la Dirección de EMPROACSA la propuesta para la contratación laboral objeto del presente procedimiento selectivo.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total, el empate se resolverá en favor del que hubiera obtenido mayor puntuación en el ejercicio práctico de la prueba de aptitud. De mantenerse el empate, éste se resolverá conforme a la mayor puntuación total de la prueba de aptitud. Si continuase el empate, se acudirá al orden de prelación por mayor edad.

Aquellos aspirantes que superen todos los ejercicios integrarán la Bolsa de Trabajo de Técnicos Base de Depuración de Aguas Residuales del Área de Producción, cuya duración temporal se extenderá a tres años desde la exposición al público de los resultados del proceso selectivo o hasta la realización de una nueva convocatoria, pudiendo ser prorrogada por una anualidad más por acuerdo con la representación social, destinada a la formalización de contrataciones laborales de corta duración (eventual por circunstancias de la producción o interinidad), que serán ofertadas a los aspirantes que corresponda según el orden de puntuación. En el caso de que del aspirante rechace la contratación de corta duración que se le ofrece, se le excluirá en los llamamientos que se realicen para contrataciones de corta duración hasta que se agote la lista completa de personas que han superado el concurso-oposición y vuelva la lista a su posición.

8. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y CONTRATACIÓN.

Al efectuarse el llamamiento, los aspirantes propuestos deberán presentar los siguientes documentos acreditativos de la capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a. Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, así como de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específicas señaladas en la legislación vigente.

b. Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento del nombramiento, ni ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar.

Si dentro de plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases, no podrá ser admitido y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. DATOS PERSONALES.

De conformidad con lo establecido en el Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se establece que los datos personales facilitados los aspirantes y los que se generen durante su participación en el proceso selectivo serán almacenados en un fichero informatizado titularidad de EMPROACSA, con la finalidad exclusiva de la conformación de la Bolsa de trabajo correspondiente. La participación en el proceso selectivo es voluntaria por lo que la remisión de los datos personales supone el consentimiento expreso para el tratamiento de los mismos con la finalidad indicada, sin perjuicio de que pueda revocarse el consentimiento prestado, así como ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido al Área de Secretaría General y Recursos Humanos de EMPROCSA, Avenida del Mediterráneo s/n, 14011, Córdoba en los términos previstos en la normativa aplicable.

ANEXO I: TEMARIO

-Temario común:

1. La Empresa Provincial de Aguas de Córdoba (EMPROACSA). Estructura general de la Empresa Provincial, fines, modelo de colaboración con los municipios de la Provincia de Córdoba. Estatutos sociales. Organización de los servicios supramunicipales relacionados con el ciclo hidráulico en la provincia de Córdoba.

2. Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.

3. Ordenanza Provincial reguladora de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario por la prestación de los Servicios Supramunicipales relacionados con el Ciclo Integral Hidráulico (BOP núm. 242, de 23 de diciembre de 2019). Ordenanza Provincial de vertidos de aguas residuales (BOP núm. 146, de 4 de agosto de 2009).

4. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del Sector Público. Procedimientos de adjudicación.

5. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones. La seguridad y la salud en el trabajo. Principios de la acción preventiva.

6. Convenio Colectivo de Aguas de Córdoba-EMPROACSA (BOP número 176, de 16 de septiembre de 2019).

7. Ofimática. Conocimiento a nivel de usuario de paquete de software Office 365: Word, Excel, PowerPoint y Outlook.

-Temario específico:

Texto de referencia: Manual para la implantación de sistemas de depuración para pequeñas poblaciones. CEDEX-CENTA:

https://www.aragon.es/documents/20127/24009052/Manual+CEDEX2.pdf/32188fba-b20f-ecac-fb01-49a15e0e3cd9?t=1578648844927

1. Marco Legal aplicable a la depuración de aguas.

2. Características de los vertidos de aguas residuales.

3. Análisis de alternativas y selección de sistemas de depuración.

4. Procesos biológicos intervinientes en la depuración de las aguas residuales.

5. Sistemas de tratamiento de aguas residuales.

6. Tratamientos biológicos convencionales de depuración de aguas residuales. Fangos Activos.

7. Tratamientos biológicos de depuración de aguas residuales de película fija.

8. Deshidratación de fangos.

9. Normativa para la reutilización de aguas depuradas.

10. Tecnologías y desinfección para la regeneración de los efluentes depurados.

11. Problemas de funcionamiento de una estación de depuración de aguas residuales.

Córdoba, 11 de junio de 2021. Firmado electrónicamente por el Secretario de la Comisión, Fernando López Rodríguez.

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