Boletín nº 112 (15-06-2021)

VIII. Otras Entidades

Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (EMPROACSA)
Córdoba

Nº. 2.415/2021

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN TÉCNICO BASE PARA EL DEPARTAMENTO NOR-ORIENTAL DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la selección de un trabajador relevista con la categoría de Técnico, puesto Técnico Base para el Departamento Nor-Oriental de Depuración de Aguas Residuales (Área de Producción).

La contratación laboral se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contrato de relevo. El contrato laboral que se celebre será de duración determinada a tiempo completo. La duración del contrato será igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación.

El/la trabajador/a se encontrará adscrito al Departamento Nor-Oriental de Producción de Aguas Residuales y desempeñará sus funciones en toda el área geográfica de actuación del antecitado Departamento. El centro de trabajo quedará establecido en cualquiera de los centros operativos de explotación de EMPROACSA de la zona Nor-Oriental de la provincia de Córdoba.

Este puesto está dotado con las retribuciones correspondientes a su categoría profesional de conformidad con el vigente Convenio Colectivo de EMPROACSA. Las funciones encomendadas son las recogidas en la referida norma paccionada.

La presente convocatoria está sometida a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad recogidos en el Convenio Colectivo, a lo regulado en el mismo, así como a las siguientes bases:

1. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

Podrán participar todos los/as interesados/as que reúnan los siguientes requisitos:

-Ser español o nacional de un estado de la U.E.

-No exceder de la edad máxima de jubilación ordinaria.

-Titulación: Grado en Ingeniería relacionado con el Área de Construcción Civil (Caminos, Canales y Puertos, Industrial, Agronómica, Obras Públicas, Minas o titulación equivalente), Licenciatura o Grado en Ciencias Químicas, Biológicas, Ambientales, Bioquímica, Ingeniería Química, Farmacia, Veterinaria o titulación equivalente.

-Estar en posesión del permiso de conducción Clase B.

-No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

-No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.

2. PROCESO DE SELECCIÓN.

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

2.1. Prueba de aptitud. Los aspirantes serán sometidos a una prueba de aptitud consistente en la realización de dos ejercicios, teórico y práctico, que tendrán carácter eliminatorio, sobre los conocimientos y habilidades prácticas propios del puesto contenidos en los temarios de la convocatoria. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 60 puntos.

2.2. Concurso de méritos: Se valorarán los alegados por los interesados de acuerdo con el baremo establecido en las bases de esta convocatoria y hasta un máximo de 40 puntos. Sólo se baremarán los méritos de los aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la prueba de aptitud y el concurso de méritos.

3. BAREMO FASE PRUEBA DE APTITUD.

Constará de dos ejercicios eliminatorios sobre los temarios comunes y especifico del ANEXO I:

1. Ejercicio TEÓRICO: Sobre las materias objeto de la convocatoria. Será eliminatorio y sólo pasarán esta prueba los aspirantes que hayan superado el 50% de la puntuación máxima. Consistirá en un ejercicio tipo test sobre el temario común y específico. La puntuación máxima será de 20 puntos.

2. Ejercicio PRÁCTICO: La Comisión Evaluadora preparará las pruebas consistentes en la realización de ejercicios de aplicación práctica de las materias objeto de convocatoria, consistentes en demostrar el conocimiento y destreza en el trabajo a desarrollar. Podrán incluirse la realización de esquemas, croquis o demás elementos de soporte relacionados con la especialidad. La puntuación máxima será de 40 puntos, siendo necesaria una puntuación de 20 puntos para superarlo.

A criterio de los miembros de la Comisión Evaluadora se podrán realizar ambos ejercicios en una única convocatoria.

Los criterios de corrección, así como la duración de las pruebas se fijarán por la Comisión Evaluadora atendiendo a su contenido y dificultad. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá informar con carácter previo a la realización del ejercicio sobre su duración, criterios de corrección, valoración y superación de los mismos que no estén expresamente definidos en las bases de esta convocatoria.

4. BAREMO FASE CONCURSO DE MÉRITOS.

El baremo para la selección de aspirantes a este concurso será el siguiente:

4.1 Titulación: Otras titulaciones regladas, además de la exigida como requisito, relacionadas con el puesto. Solo se computará una titulación, que será la de mayor rango:

-Otro grado universitario, doctorado o licenciatura habilitante para el ejercicio profesional: 5 puntos

-Máster universitario o título de experto universitario: 3 puntos

Máxima puntuación: 5 puntos.

4.2 Cursos: Actividades formativas no regladas adecuadas al puesto (Cursos, jornadas, seminarios, etc.) impartidas u homologadas por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo. Los cursos de formación alegados deberán ser acreditados con el certificado oficial o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, con indicación del número de horas lectivas:

-Por cada actividad formativa de hasta 10 horas: 0,05 puntos.

-Por cada actividad formativa de 11 hasta 40 horas: 0,10 puntos.

-Por cada actividad formativa de 41 hasta 150 horas: 0,35 puntos.

-Por cada actividad formativa de 151 hasta 400 horas: 0,50 puntos.

-Por cada actividad formativa de más de 400 horas: 0,75 puntos.

Máxima puntuación: 5 puntos.

4.3 Experiencia profesional:

Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral ejerciendo como técnico de depuración de aguas residuales para una población o conjunto de poblaciones de más de 20.000 habitantes.

-En EMPROACSA o en otras empresas o entidades dedicadas a la gestión y explotación del Ciclo Integral del Agua: 0,20 puntos por mes.

Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral ejerciendo como técnico de depuración de aguas residuales para una población o conjunto de poblaciones de menos de 20.000 habitantes.

-En EMPROACSA o en otras empresas o entidades dedicadas a la gestión y explotación del Ciclo Integral del Agua: 0,10 puntos por mes.

La experiencia deberá acreditarse mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, debiendo asimismo aportarse cuantos documentos justifiquen la efectiva prestación de tales funciones.

Máxima puntuación: 30 puntos.

5. COMISIÓN EVALUADORA.

La Comisión Evaluadora está compuesta por los siguientes miembros con voz y voto: El Presidente del Consejo de Administración o persona en quien delegue, que actuará como Presidente de la Comisión, tres representantes de la Empresa, designados por la Presidencia, asumiendo uno de ellos las funciones correspondientes a la Secretaría de la Comisión, y tres trabajadores cualificados técnicamente propuestos por el Comité de Empresa.

Los miembros de la Comisión habrán de tener cualificación para ejercer su labor evaluadora. Siempre que sea posible serán de igual o superior categoría, titulación y/o nivel, y de la especialidad o especialidades más afines a la plaza convocada. En cualquier caso, ambas partes podrán recabar asesoramiento de personas de reconocida capacitación técnica, relacionadas con el tipo de puesto de trabajo a cubrir. Su composición tenderá a la paridad entre hombre y mujer siempre que resulte posible.

Los miembros deberán abstenerse de actuar si en ellos concurriera alguna de las causas de incompatibilidad definidas en la legislación de procedimiento administrativo, pudiendo promoverse la recusación de los mismos en los términos previstos en el artículo 6 del Convenio Colectivo.

La Comisión decidirá sobre cuantas cuestiones o incidentes se planteen durante el desarrollo del proceso selectivo.

6. SOLICITUDES.

Las solicitudes para formar parte de estas pruebas selectivas se dirigirán a EMPROACSA y se presentarán, debidamente cumplimentadas, en el impreso oficial (que acompaña modelo de autobaremación)

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