Boletín nº 113 (16-06-2021)
VIII. Otras Entidades
Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local
Córdoba
Nº. 2.381/2021
Órgano: Vicepresidencia del I.C.H.L.
En ejercicio de las competencias delegadas, mediante Decreto de la Presidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local de fecha 11 de julio de 2019, esta Vicepresidencia, ha decretado el 7 de junio de 2021 la aprobación de las Matrículas del ejercicio 2021 de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes a los municipios de Adamuz, Aguilar de la Frontera, Alcaracejos, Almedinilla, Almodóvar del Río, Añora, Baena, Belalcázar, Belmez, Benameji, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, Carcabuey, Cardeña, Castro del Río, Doña Mencía, Dos Torres, El Carpio, El Guijo, El Viso, Encinas Reales, Espejo, Espiel, Fernán Núñez, Fuente Carreteros, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, Fuente Palmera, Fuente Tójar, Guadalcázar, Hinojosa del Duque, Hornachuelos, Iznájar, La Carlota, La Granjuela, La Guijarrosa, La Rambla, La Victoria, Los Blázquez, Lucena, Luque, Montalbán, Montemayor, Montilla, Montoro, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Obejo, Palenciana, Palma de Río, Pedro Abad, Pedroche, Peñarroya, Posadas, Pozoblanco, Priego, Puente Genil, Rute, San Sebastián de los Ballesteros, Santa Eufemia, Santaella, Torrecampo, Valenzuela, Valsequillo, Villa del Río, Villafranca, Villaharta, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey, Villaralto, Villaviciosa, Zuheros.
Estas Matrículas quedan expuestas al público en los respectivos Ayuntamientos y en las oficinas de atención al público del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local correspondientes a cada localidad durante el plazo legalmente establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero y Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
-Recursos:
Contra los actos de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la Matrícula, se podrá interponer el recurso de reposición del artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, pudiendo presentarse en la sede central, sita en la calle Reyes Católicos, número 17 de Córdoba o en cualquier otra oficina del Organismo en la provincia.
-Servicio de atención telefónica:
957498283
Córdoba, 9 de junio de 2021. Firmado electrónicamente por la Vicepresidenta del Organismo, Felisa Cañete Marzo.