Boletín nº 114 (17-06-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 2.426/2021

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

CUARTO. APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2018 Y 2019 DEL ILTRE. AYTO. DE PALMA DEL RÍO.

Antecedentes

De conformidad con el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas.

Visto que el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que las Corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. Igualmente, la selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

Visto que el articulo 37.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece como materias objeto de negociación:

1. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes:

(&)

l) Los criterios generales sobre ofertas de empleo público.

Visto el acuerdo de la Mesa General de Negociación del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río y sus Organismos Autónomos, de fecha 14 de abril de 2021, sobre elevación al Órgano Municipal Competente para la adopción del acuerdo sobre aprobación de la modificación de la Oferta de Empleo Público 2018 y 2019.

Vista la Providencia de la Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Recursos Humanos, de fecha 4 de mayo de 2021, por la que se insta a la jefatura del Negociado de Recursos Humanos a elaborar informe y a la Intervención de Fondos, al respecto.

Visto el informe emitido por la Jefa del Negociado de Recursos Humanos de fecha 14 de mayo de 2021, y el informe emitido por el Sr. Interventor de Fondos de fecha 18 de mayo de 2021.

Visto el Decreto de Resolución nº 1835/2019, de 25 de Junio de 2019, sobre Delegación de competencias de la Sra. Alcaldesa-Presidenta en la Junta de Gobierno Local.

Los reunidos por unanimidad, con 7 votos a favor, que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:

Primero. Aprobar la modificación de la Oferta de Empleo Público del año 2018 del Iltre. Ayto. de Palma del Río, en los términos siguientes:

1º. Suprimir la siguiente plaza de Nuevo Ingreso: Graduado en Arquitectura Técnica, Grupo Profesional A1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica.

2º. Incluir la siguiente plaza de Nuevo Ingreso: Arquitecto Técnico, Grupo Profesional A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica.

Segundo. Aprobar la modificación de la Oferta de Empleo Público para el año 2019 del Iltre. Ayto. de Palma del Río, en el sentido siguiente:

1. Donde dice:

Denominación

Grupo

Profesional

Escala

Subescala

Observaciones

Delineante

C1

Administración Especial

Técnica

-Debe decir:

Denominación

Grupo

Profesional

Escala

Subescala

Observaciones

Delineante

B

Administración Especial

Técnica

2. Donde dice:

PERSONAL LABORAL

Denominación

Grupo Profesional

Observaciones

Auxiliar Administrativo

C2

Correspondiente al personal declarado indefinido no fijo por Sentencia judicial n.º 212/18, de fecha 27 de julio del Juzgado de lo Social Número cuatro de Córdoba.

Psicólogo/a

A1

Correspondiente al personal declarado indefinido no fijo por Sentencia judicial n.º 261/16, de fecha 5 de septiembre del Juzgado de lo Social n.º 1 de Córdoba.

-Debe decir:

PERSONAL FUNCIONARIO

Denominación

Grupo

Profesional

Escala

Subescala

Observaciones

Auxiliar Administrativo

C2

Administración General

Auxiliar

Correspondiente al personal declarado indefinido no fijo por Sentencia judicial n.º 212/18, de fecha 27 de julio del Juzgado de lo Social Número cuatro de Córdoba.

Psicólogo/a

A1

Administración Especial

Técnica

Correspondiente al personal declarado indefinido no fijo por Sentencia judicial n.º 261/16, de fecha 5 de septiembre del Juzgado de lo Social n.º 1 de Córdoba.

Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Tablón de Anuncios Electrónico del Iltre. Ayto. de Palma del Río, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y remitirse a la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, se podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el artículo 46 de la citada Ley jurisdiccional.

En el supuesto de que fuese interpuesto Recurso Potestativo de Reposición, el plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo se contará desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del Recurso Potestativo de Reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.

No obstante se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso estime procedente.

Palma del Río, 7 de junio de 2021. Firmado electrónicamente por la Concejala-Delegada de Recursos Humanos, Ana Belén Santos Navarro.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad