Boletín nº 117 (22-06-2021)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.515/2021

Extracto del acuerdo de fecha 11 de mayo de 2021, de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Programas Singulares de Cultura a desarrollar por Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas, durante el año 2021.

BDNS (Identif.) 570618

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/570618)

Primero. Beneficiarios.

Los Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Córdoba con una población inferior a 20.000 habitantes.

La concesión de las subvenciones se realizará por concurrencia competitiva.

Segundo. Finalidad.

Apoyar técnica y económicamente a los Ayuntamientos y las E.L.A.S. para el desarrollo de proyectos singulares de cultura que surgen de la iniciativa municipal y que cuentan con características propias y específicas.

Se entiende por programa singular aquel que por su presupuesto, contenido, estructura, finalidad u otras particularidades suponen un hecho cultural de personalidad propia.

Las subvenciones se destinarán, exclusivamente, a los proyectos que desarrollen actividades culturales en los siguientes ámbitos:

-Artes Escénicas (Circo, Teatro y Danzas).

-Música.

-Flamenco.

-Literatura.

-Difusión del patrimonio cultural.

-Cine.

-Vídeo.

Tercero. Bases reguladoras.

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para Programas Singulares de cultura a desarrollar por los Ayuntamientos y E.L.A.S, durante el 2021 y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos) y en la página de la Delegación de Cultura http://www.dipucordoba.es/cultura.

Cuarto. Cuantía.

El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 200.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

a) Proyecto exhaustivo de la actuación y/o actividad para la que se solicita subvención. Solo podrá presentarse una sola petición por Entidad Local, para una sola actuación y/o actividad por año.

b) Presupuesto desglosado de ingresos y gastos de la actuación y/o actividad para la que solicita subvención.

c) Certificado del Interventor/a especificando que la actuación y/o actividad que se incluye en el proyecto presentado cuenta con dotación económica para cubrir la aportación municipal, especificándose la cuantía y aplicación presupuestaria.

d) Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y Tesorería de la Seguridad Social (TGSS), no siendo necesaria la aportación de dicha documentación por parte de los beneficiarios, si no se rechaza en la solicitud telemática, realizando la verificación de estos datos por el Departamento de Cultura por la Plataforma de Intermediación. Sólo en caso de rechazo deberá aportar dicha certificación en otra documentación.

Córdoba, 4 de junio de 2021. Firmado electrónicamente por la Diputada Delegada del Área de Asistencia Económica a los Municipios, Programas Europeos y Empleo, Mª Dolores Amo Camino.

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