Boletín nº 118 (23-06-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 2.531/2021

Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Lucena (Córdoba) de fecha diecisiete de junio de 2021, por la que se convocan ayudas al transporte para jóvenes estudiantes y desempleados, ejercicio 2021.

BDNS (Identif.) 570794

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/570794)

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2021 ayudas al transporte para jóvenes estudiantes y desempleados, cuyo texto íntegro puede consultarse en el Tablón de Edictos de www.aytolucena.es/sede.

Segundo. Créditos Presupuestarios.

Las obligaciones económicas que deriven en ejecución de la presente Convocatoria se imputarán a cargo de la aplicación presupuestaria 335.1523.47200 del vigente Presupuesto Municipal, siendo la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas para el presente ejercicio de 45.500 euros.

3. Objeto, condiciones y finalidad de la Subvención.

Las presentes ayudas tienen por objeto colaborar con los gastos de desplazamiento de estudiantes que cursen estudios reglados durante el curso 2020/2021 y cuyas familias se hallen en una situación económica desfavorecida, tanto dentro como fuera de la localidad, así como personas desempleadas, que se encuentren empadronadas en el municipio de Lucena.

4. Requisitos para Solicitar la Subvención y forma de acreditarlos.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas estudiantes y desempleadas que cumplan los requisitos previstos en las bases segunda y tercera de las que rigen el procedimiento de concesión.

Dichos requisitos se acreditarán mediante la aportación de la siguiente documentación:

-Modelo de solicitud.

-Documento que acredite la personalidad del solicitante (DNI).

-Certificado de empadronamiento histórico colectivo (de oficio).

-Declaración responsable (incluida en la solicitud).

-Estudiantes: Resguardo de matrícula y acreditación del pago de la misma, así como resolución declarativa de la condición de becario/a en su caso.

-Desempleados: Informe de Vida Laboral en el que se acredite la situación de desempleo o tarjeta de demandante de empleo, actualizados, como máximo, a los quince días previos a la presentación de la solicitud.

-Estudiantes (fuera de la localidad): Documento acreditativo de titularidad de cuenta bancaria.

5. Bases Reguladoras.

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2021, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 106, de 7 de junio de 2021.

Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (publicadas en el BOP núm. 74, de fecha 27 de abril de 2007).

6. Criterios de valoración de solicitudes y cuantía a conceder.

En el caso de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos conlleve que se supere el crédito máximo fijado en la convocatoria, o el crédito máximo fijado por modalidad, se procederá a la ordenación de las mismas en la forma prevista en la base décima de las que rigen el procedimiento.

Las ayudas para el transporte urbano en la localidad consistirán en un bono de 300 viajes cuando las personas beneficiarias sean estudiantes, y de 180 viajes para personas desempleadas. En ambos casos, el bono podrá ser utilizado, como máximo, hasta el 31 de marzo del año siguiente a la convocatoria.

Las ayudas para el transporte fuera de la localidad tendrán una cuantía de 150 euros, siendo exclusivamente destinadas a estudiantes que tengan que desplazarse a una distancia superior a quince kilómetros y fuera del término municipal.

Del total del crédito que destina a las presentes ayudas, se reservarán 30.000 euros para la modalidad de transporte urbano y 15.500 euros para la modalidad de transporte fuera de la localidad.

7. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá a partir del día siguiente de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios Municipal, permaneciendo abierto hasta el agotamiento del crédito dispuesto o, en su defecto, hasta el 15 de noviembre de 2021.

Lucena (Córdoba), 18 de junio de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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