Boletín nº 118 (23-06-2021)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.532/2021

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 16 de junio de 2021, aprobó la Modificación del Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, bienio 2022-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de La Granjuela.

Primero. Modificar el Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, bienio 2022-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de La Granjuela, en el siguiente sentido:

a) Suprimir las actuaciones incluidas en el 2 bienio, denominadas ADECUACIÓN ESPACIO EXTERIOR EN INMUEBLE SITO EN CALLE MARIA AMARO 11, por importe de 130.000,00 €. y la actuación REFORMA ESPACIO ALMACÉN CULTURAL EN PZA. MAYOR, por importe de 45.649,00 €.

b) Incluir una nueva actuación denominada MEJORA Y ADECUACIÓN DEL INMUEBLE SITO EN CALLE MARIA AMARO 6, por el mismo importe de las actuaciones que se anulan, es decir 175.649,00 € , manteniendo el sistema de ejecución directa.

Quedando, la actuación del Plan Provincial 2020-2023, bienio 2022-2023, como a continuación se indica:

DENOMINACIÓN ACTUACIÓN

1º BIENIO

2º BIENIO

TOTAL

ACTUACIÓN

SISTEMA EJECUCIÓN

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN LOCAL

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

MEJORA Y ADECUACIÓN DEL INMUEBLE SITO EN CALLE MARIA AMARO 6

175.649,00

0,00

175.649,00

EJECUCIÓN DIRECTA

Segundo. Autorizar al Ayuntamiento de La Granjuela a ejecutar por el sistema de ejecución directa, debiendo cumplir las siguientes condiciones:

a) La Entidad Local deberá efectuar la ejecución de las obras conforme al proyecto redactado y por un presupuesto de administración máximo igual a la cantidad aprobada, ya que cualquier exceso sobre esta cantidad corresponderá a cargo exclusivo de la entidad local.

En todo caso, no se podrá comenzar la actuación hasta que no haya sido supervisado el Proyecto Técnico de la obra por los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial.

b) La ejecución de las obras se ajustará al proyecto aprobado y la normativa vigente, correspondiendo a la entidad local la designación de los técnicos facultativos de cada materia (dirección de obra, dirección de ejecución de obra, dirección de instalaciones, coordinación en materias de seguridad y salud, etc.), debiendo asimismo comunicar dicha designación a esta Diputación Provincial.

c) La supervisión de los Proyectos, los documentos técnicos redactados y la ejecución de las obras corresponde a los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial que, en su momento, designarán al técnico supervisor, debiendo la Entidad Local comunicar, en todo caso, el inicio y finalización de la actuación, así como cualquier incidencia de interés que acontezca en la obra (tales como Modificados, etc).

d) El pago de las aportaciones que financian las obras se podrá realizar con carácter anticipado a la ejecución y/o justificación de la actuación, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de estos Criterios.

e) La justificación de la asignación económica otorgada deberá aportarse a la finalización de las actuaciones, debiendo de remitir la documentación que se especifica en el articulo 14 de los Criterios de Elaboración y Aprobación del mencionado Plan Provincial.

f) Toda la documentación técnica remitida por las Entidades Locales será supervisada por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial de Córdoba.

g) La Diputación Provincial queda exonerada de cualquier responsabilidad económica o de otro tipo que pudiera producirse como consecuencia de la ejecución de las obras.

Tercero. Seguir la tramitación establecida en el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 781/1.986 de 18 de Abril, y en su consecuencia, publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles alegaciones o reclamaciones, durante el plazo de 10 días.

Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, 18 de junio de 2021, el Diputado Delegado de Cohesión Territorial, Juan Díaz Caballero.

Aviso jurídico

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