Boletín nº 129 (08-07-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 2.665/2021

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcaracejos, en sesión celebrada el 29 de abril de 2021, se publica a los efectos de su general conocimiento, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los cargos Concejales percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados y complementarios y para que ello se haga efectivo, acreditarán no percibir dedicación exclusiva ni parcial.

Se establece que los miembros de la Corporación siguientes: Don Miguel Ángel Caballero Gómez, doña Paula de la Torre Santos, don Juan Gómez Franco, doña Sara Lozano Tejero, doña Ángela Lisedas López, don José Miguel Santos González, don José Luis Marcos de Brito.

Percibirán las siguientes asistencias:

-Por asistencia a las sesiones del Pleno: 80,00 euros.

-Por asistencia a reuniones de los demás órganos colegiados: Junta de Gobierno, Comisiones Informativas, etc.: 40 euros.

Modificar la dotación económica a los Grupos Políticos, en la cantidad de 250,00 € por año y concejal integrante del grupo, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el Presupuesto, Partida 912 48000 Transferencia a grupos políticos.

A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:

[http://alcaracejos.sedelectronica.es].

Se considerara definitivamente aprobado, si transcurrido el plazo no se presenten alegaciones, sugerencias o reclamaciones.

Alcaracejos, 29 de junio de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Luis Cabrera Romero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
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