Boletín nº 129 (08-07-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 2.754/2021

Expediente: 886/2021.

Asunto: Resolución de Alcaldía.

DECRETO

Doña Felisa Cañete Marzo, Alcadesa Presidenta del Ayuntamiento de Luque (Córdoba), en uso de las atribuciones que me confieren el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el expediente de delegación de atribuciones o competencias de la Alcaldía en otros órganos.

Visto el Decreto de la Alcaldía Presidencia número 99/2021, de fecha 21 de abril de 2021, por el que se delegan competencias de Alcaldía en la Junta de Gobierno Local sobre la concesión de Licencias salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.

Considerando lo dispuesto en el apartado tercero, punto final del citado Decreto, por el que se establece que La AlcaldíaPresidencia podrá avocar en todo momento las atribuciones delegadas de modo singular o con carácter general.

En atención a las circunstancias específicas por las que atraviesa este Ayuntamiento con una asistencia de Diputación para el ejercicio de las funciones de Secretaria-Intervención mediante la comisión circunstancial para la gestión de los asuntos urgentes y considerando las dificultades para la convocatoria y celebración de la Junta de Gobierno Local con la periodicidad mínima que establece el artículo 112 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Estimando la urgencia de la concesión de la Licencia Urbanística de obras interesada por doña Mª MAR BAENA MOLINA, Exp GEX-661/2021, para la actuación de Rehabilitación para la Construcción de Vivienda Unifamiliar con Garaje en Calle La Tercia nº 28, Ref Catastral 7179134UG8577N0001TR, de acuerdo a Proyecto Básico suscrito por el Arquitecto don Juan Francisco Luque Barona la cual es informada en sentido favorable por los servicios técnicos y los servicios jurídicos de este Ayuntamiento en fecha 30 de junio y 2 de julio respectivamente.

Considerando que en virtud de Decreto de Alcaldía nº 193/2021, de fecha 18 de junio del presente, se acordó iniciar el procedimiento de protección de la legalidad urbanística en relación con las actuaciones de desmontado de cubierta de chapa trapezoidal de segunda crujía para ejecución de forjado unidireccional y formación de cubierta plana transitable, ampliación de cubierta inclinada de teja curva cerámica y castillete de acceso a cubierta en inmueble sito en Calle La Tercia nº 28, de acuerdo a Memoria de Cálculo suscrita por el Ingeniero Técnico Industrial don Antonio López Baenaen fase de ejecución por parte de doña Mª Mar Baena Molina al no contar con la preceptiva Licencia de Obras, aún cuando de acuerdo con lo previsto en el Informe de los Servicios Técnicos Municipales, dichas actuaciones son compatibles con la ordenación urbanística vigente, suspendiendo la ejecución de las mismas.

RESUELVO

PRIMERO. Avocar con carácter singular el ejercicio de la atribución delegada en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Luque mediante Decreto de Alcaldía nº 99/2021, de fecha 21 de abril de 2021, de otorgamiento de licencias para el acto concreto de concesión de Licencia Urbanística de Obras a doña Mª del Mar Baena Molina para Rehabilitación para la Construcción de Vivienda Unifamiliar con Garaje en Calle La Tercia nº 28, Ref Catastral 7179134UG8577N0001TR, de acuerdo a Proyecto Básico suscrito por el Arquitecto don Juan Francisco Luque Barona, con arreglo a los siguientes extremos que se consignan de conformidad con el informe técnico, en cumplimiento del artículo 19 del Decreto 60/2010:

a) Clasificación y calificación urbanística del suelo objeto de la actuación: Suelo Urbano Consolidado. Zona de Casco Histórico.

b) Finalidad de la actuación y uso al que se destinará: Rehabilitación para la Construcción de Vivienda Unifamiliar con Garaje.

c) Presupuesto de ejecución material: 29.559,24 €.

d) Situación y emplazamiento de las obras, con su identificación catastral, así como el número de finca registral en caso de parcelaciones urbanísticas y actuaciones en suelo no urbanizable:

Calle La Tercia nº 28, Ref Catastral 7179134UG8577N0001TR.

e) Nombre o razón social del promotor: Doña Mª del Mar Baena Molina.

f) Técnico autor del proyecto y, en su caso, dirección facultativa de las obras: Arquitecto don Juan Francisco Luque Barona.

g) Plazos para el inicio y terminación de las obras, y posibilidad de solicitud de prórroga. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y  artículo 22 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística, la licencia se otorgará bajo la condición legal de la observancia de un año para iniciar las obras y de tres años para la terminación de éstas. Se podrá conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga.

SEGUNDO. La avocación contenida en la presente resolución surtirá efecto desde el día de la fecha en que la misma se ha dictado.

TERCERO. Proceder a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

CUARTO. Dar cuenta de la presente resolución a la Junta de Gobierno Local y al Pleno en la primera sesión que se celebre.

QUINTO. Dar traslado a los Servicios Técnicos Municipales, Intervención y Secretaría a los efectos oportunos.

Luque, 2 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Felisa Cañete Marzo. VºBº de la Secretaria-Interventora en Comisión circunstancial, Cristina Cabello de Alba Jurado.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad