Boletín nº 130 (09-07-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Bujalance

Nº. 2.778/2021

Extracto de la Resolución de 23 de junio de 2021 de la Alcaldía de Bujalance, por la que se convocan subvenciones al emprendimiento y desarrollo empresarial en Bujalance y Morente

BDNS(Identif.): 573301

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/573301)

Primero. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria los Autónomos y Pymes de Bujalance y Morente.

Segundo. Objeto

La subvención tiene por objeto el fomento del emprendimiento y la promoción del desarrollo empresarial en la localidad de Bujalance a través de la regulación de un programa de incentivos para Pymes por parte del Ayuntamiento de Bujalance, destinadas a facilitar, estimular y apoyar el emprendimiento y la generación de empleo estable así como la consolidación y el establecimiento empresarial en el término municipal de Bujalance, mediante la concesión de ayudas económicas que promuevan la creación y el desarrollo de la actividad empresarial en el municipio.

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:

-Línea 1: Incentivos al inicio de actividad mediante la creación de trabajo autónomo y Pymes en Bujalance Cuyo objeto es apoyar la creación y puesta en marcha de nuevas empresas en la localidad de Bujalance con la condición de Pyme y cuyo domicilio fiscal se localice en Bujalance, mediante incentivos a la creación de trabajo autónomo, pequeña y mediana empresa.

-Línea 2: Fomento del desarrollo económico a través de la generación de empleo estable en Bujalance Cuyo objeto es apoyar el empleo estable y la contratación indefinida por cuenta ajena de trabajadores/as empadronados/as en la localidad de Bujalance bien por parte de empleadores/as cuyo domicilio fiscal se localice en Bujalance bien de empleadores/as cuyo domicilio fiscal se sitúe fuera de Bujalance realizando la contratación de trabajadores empadronados en Bujalance para centros de trabajo radicados en Bujalance.

-Línea 3: Consolidación del trabajo autónomo y Pymes en Bujalance mediante el apoyo a la inversión en actividades productivas, promoción del asociacionismo empresarial y acciones de promoción comercial; Cuyo objeto es apoyar parte de las inversiones que se realicen por las Pymes consolidadas solicitantes para la ampliación, mejora, modernización o innovación de la actividad económica; acciones de promoción comercial de Pymes locales individualmente consideradas, previamente inscritas en asociaciones empresariales locales; o las acciones individuales de Pymes locales mediante la contratación de espacios expositivos en eventos comerciales tales como ferias comerciales nacionales o internacionales. Se entenderá, a los efectos de esta línea, por Pyme local aquella cuyo domicilio fiscal se localice en Bujalance. Igualmente, a los efectos de esta línea, se entenderá por empresa consolidada aquella empresa local que, de manera ininterrumpida, haya ejercido su actividad durante un período mínimo de, al menos, 18 meses desde su último alta efectiva hasta la fecha de solicitud del incentivo, manteniendo adicionalmente la actividad y el objeto de la inversión durante el tiempo determinado en la correspondiente convocatoria.

-Línea 4: Incentivos para el alquiler de locales comerciales en el casco urbano de Bujalance para el establecimiento de negocios por Pymes; Cuyo objeto es apoyar y promover la actividad empresarial en el casco urbano de Bujalance mediante el establecimiento y ejercicio de actividades empresariales en locales comerciales ubicados en el mismo. Serán objeto de subvención los gastos de alquiler

No serán objeto de subvención:

-Las materias primas o mercaderías

-Los gastos corrientes tales como transporte, alojamiento, manutención, luz, teléfono o combustible.

-El pago de préstamos o intereses o sus costes vinculados

-El IVA. A este respecto no se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando la persona o entidad beneficiaria esté obligada a realizar declaración del mencionado impuesto. La exención total o parcial del pago de este impuesto deberá acreditarse mediante fotocopia del certificado de la Agencia Tributaria y una declaración del representante legal respecto a su vigencia.

-Las fianzas o cualquier otro gasto reembolsable

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Reglamento para la Concesión de Subvenciones al Emprendimiento y el Desarrollo Empresarial en el municipio de Bujalance, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba n.º 62 de 31/03/2020.

Cuarto. Cuantía de la ayuda.

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes

Aplicación

Presupuestaria

Descripción

Importe

433 47001

DESARROLLO EMPRESARIAL -SUBVENCIONES

CREACION DE EMPRESA

10.000,00 €

433 47002

DESARROLLO EMPRESARIAL -SUBVENCIONES

A EMPRESAS PROGRAMA "PRO

10.000,00 €

433 47005

DESARROLLO EMPRESARIAL -SUBVENCIONES

INVERSIÓN EN ACTIVIDADES

20.000,00 €

433 47006

DESARROLLO EMPRESARIAL-SUBVENCIONES

ALQUILER LOCALES COMERCIALES

5.000,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hasta el día 30 de septiembre de 2021, desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

Sexto. Otros datos.

Los documentos a presentar serán los siguientes:

Fase solicitud

1) Anexo I: Solicitud, incluyendo autobaremación y opción de línea/as de ayuda seleccionada/s (Debidamente firmado)

2) Anexo II: Declaración Responsable de otras subvenciones, de estar al corriente y de no incurrir en causas de exclusión.(Debidamente firmada)

Fase concesión/ aceptación

3) Anexo III: Documento Aceptación/rechazo de la subvención. (Debidamente firmado)

4) Anexo IV: Documento de datos bancarios (Debidamente firmado)

Fase justificación

5) Anexo V: Cuenta Justificativa (Debidamente firmada)

6) Anexo VI: Declaración Responsable de cumplimiento de las medidas de difusión, incluyendo material gráfico probatorio (Debidamente firmada)

En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.

Bujalance, 23 de junio de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Elena Alba Castro.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad