Boletín nº 132 (13-07-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 2.819/2021

Título: Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Lucena (Córdoba), de fecha veinticuatro de junio de 2021, por el que se aprueban las Bases Reguladoras del Concurso del Cartel Anunciador de la Feria Real en Honor a Nuestra Señora del Valle 2021.

BDNS (Identif.) 573863

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/573863)

 BASES DEL CONCURSO                         

Cartel Anunciador de la Feria Real de Nuestra Sra. del Valle 2021    

1. Podrán participar en esta convocatoria cuantas personas lo deseen.    

2. Cada persona participante podrá presentar los trabajos que crea oportunos, siendo el contenido de libre elección pero alusivo a la Feria Real de Ntra. Sra. del Valle.    

3. Los carteles presentados deberán ser originales e inéditos, no habiendo obtenido premios o accésit en otros certámenes o concursos.    

4. Las personas participantes serán los únicos responsables del contenido de sus carteles en cuanto a exigencias legales de derechos de imagen o plagios, según las leyes vigentes.    

5. El Ayuntamiento de Lucena quedará eximido de toda responsabilidad ante cualquier reclamación que pudiera presentarse por parte de una tercera persona.    

6. Los trabajos serán de técnica libre, siempre que sea posible su reproducción. Llevarán incluido el Escudo de Lucena, el Emblema del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, con el nombre Delegación de Fiestas (con nuevo diseño para este año) y el logotipo de la Ciudad, a su disposición en la Delegación de Fiestas, sita en Plaza Nueva nº 1. Teléfono 957 50 04 10.    

7. El lema que obligatoriamente han de incorporar es el siguiente: Feria Real de Ntra. Sra. del Valle Lucena del 9 al 12 de septiembre de 2021.    

8. El cartel deberá estar confeccionado en sentido vertical, y las dimensiones serán de 70 cm de altura por 50 de ancho (incluidos los márgenes si los tuviera), y se presentará en soporte rígido, protegido y embalado.    

9. El trabajo que resulte premiado deberá ser entregado en este Ayuntamiento, además, en soporte digital (CD-ROM/DVD) con una resolución mínima de 300 d.p.i. y en uno de los siguientes formatos: PSD, TIFF o JPEG de alta calidad.    

10. Se establece un único premio de mil euros (1.000,00 €). La cuantía estará sujeta a las retenciones fiscales previstas según ley.    

11. La solicitud de participación se presentará en el Servicio de Información y Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Lucena, sito en Plaza Nueva 1, de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el modelo de instancia que se adjunta como Anexo I a las presentes bases y a la que se acompañará el cartel que presenta a concurso. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, por conducto de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena.    

12. Los carteles serán presentados sin firma del autor/a, bajo un lema que libremente escojan sus autores/as, debiendo constar dicho lema por escrito en el dorso de la obra, adjuntando un sobre cerrado con el nombre y el número de teléfono del autor.    

13. El sobre sólo será abierto en el caso de ser el cartel elegido.    

14. Sólo el autor del trabajo ganador aportará fotocopia de su DNI y una declaración responsable de autoría de la obra presentada. (Se adjunta modelo de la misma en el Anexo II de estas bases), en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la publicación del fallo del jurado en el tablón de edictos electrónico de este Ayuntamiento. Asimismo, a través de ese documento presentará Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como que no recibe ayudas para la misma finalidad y que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y la Hacienda Municipal; todo ello sin perjuicio de las comprobaciones de oficio que pueda realizar el Ayuntamiento, a las cuales se autoriza con la presentación de dicha Declaración.    

15. El autor del trabajo ganador se compromete a no presentar sus trabajos en la siguiente edición que se convoque para este concurso, pudiendo formar parte del jurado para esa nueva edición, si así lo cree conveniente, debiendo solicitarlo por escrito en el plazo de 5 días hábiles desde la publicación del fallo del jurado en el tablón de edictos electrónico de este Ayuntamiento en el que se exprese su condición de ganador.    

16. El autor/a del trabajo premiado podrá firmar el original si lo desea, una vez fallado el concurso. A petición del autor en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la publicación del fallo del jurado en el tablón de edictos electrónico de este Ayuntamiento.    

17. El jurado calificador estará presidido por el Alcalde (o concejal en quien delegue), y estará compuesto por el Concejal Delegado de Fiestas, la concejal de Educación; y una representación de cada uno de los grupos políticos municipales nombrados por su respectivo grupo político, pudiendo asistir además las personas expertas que sean nombradas por el Alcalde a propuesta del Concejal Delegado de Fiestas. Este jurado podrá convocar cuantas reuniones estime necesarias a fin de deliberar sobre el fallo de este concurso, y se reserva el derecho a declararlo desierto si a su juicio los trabajos no ofrecen un mínimo de calidad, en cuyo caso, podrá optar por elegir cualquier otra fotografía o imagen no presentada a concurso que considere oportuna.    

18. En todo momento el jurado calificador garantizará el anonimato del trabajo presentado.    

19. Todas las deliberaciones del jurado serán secretas.    

20. El Jurado tendrá potestad y capacidad de decisión ante cualquier incidencia, circunstancia o acontecimiento que surgiese y no estuviese recogido en las presentes bases.    

21. La decisión del Jurado se hará pública en el tablón de edictos electrónico y página web de este Ayuntamiento.    

22. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 17, 26, 43 y 48 el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el autor del cartel cederá en exclusiva todos los derechos de explotación del mismo al Ayuntamiento de Lucena, pudiéndose ser exhibido en espacios públicos o cualquier otro que se considere oportuno por parte del Ayuntamiento de Lucena.    

23. La presentación de la solicitud de participación conllevará la aceptación expresa de lo dispuesto en el apartado anterior, sin perjuicio de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 del RDL 1/1996 antes citado, se formalice la cesión de los derechos de explotación por escrito con el autor premiado.    

24. Asimismo, la cesión aquí contemplada lo será a título gratuito, no pudiendo exigir el autor del cartel al Ayuntamiento de Lucena ningún tipo de compensación económica por el ejercicio de los derechos cedidos, salvo el derecho de participación previsto en el artículo 24 del RDL 1/1996.    

25. Los trabajos no premiados serán expuestos en la Sala de la Buhardilla del Palacio de los Condes de Santa Ana, desde el 1 de agosto al 15 de septiembre de 2021, pudiendo ser retirados a partir del 30 de septiembre en la Delegación de Fiestas (Plaza Nueva nº 1).    

26. Si los trabajos no son retirados antes del 30 de octubre de 2021, se entenderá que sus autores/as renuncian a ellos, perdiendo todo derecho a reclamación o indemnización, por lo que pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Lucena, quien podrá destruirlos o darles el destino que considere más conveniente u oportuno, que podrá incluir su edición o impresión.    

27. El Ayuntamiento de Lucena pondrá el máximo esmero en el trato de las obras, sin embargo no se responsabiliza de los extravíos, sustracciones, desperfectos o deterioros que pudieran sufrir durante los envíos, depósitos o exposición.    

28. La presentación a este concurso implica necesariamente la aceptación integra de todas y cada una de las bases así como del fallo del Jurado que será inapelable, renunciando expresamente al ejercicio de todo tipo de reclamaciones contra las resoluciones de aquél». 

Lucena (Córdoba), 6 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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