Boletín nº 133 (14-07-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 2.736/2021

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el 24 de junio de 2021, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

El Ayuntamiento es competente como indica el artículo 25.2, o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género.

En este contexto, el Ayuntamiento tiene la posibilidad de crear un Consejo asesor de igualdad, en virtud la potestad reglamentaria y de autoorganización prevista por el artículo 4.1 a) de la citada Ley 7/1985.

Estos Consejos, el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dice en su artículo 130: El Pleno de la Corporación podrá acordar el establecimiento de Consejos Sectoriales, cuya finalidad será la de canalizar la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones en los asuntos municipales.

Los Consejos Sectoriales desarrollarán exclusivamente funciones de informe y, en su caso, propuesta, en relación con las iniciativas municipales relativas al sector de actividad al que corresponda cada Consejo».

«Artículo 131. 1. La composición, organización y ámbito de actuación de los Consejos Sectoriales serán establecidos en el correspondiente acuerdo plenario. En todo caso, cada Consejo estará presidido por un miembro de la Corporación, nombrado y separado libremente por el Alcalde o Presidente, que actuará como enlace entre aquélla y el Consejo.

VISTA. La propuesta de la Concejalía de Igualdad sobre la creación de este consejo y el reglamento regulador propuesto, se propone que por la Comisión Informativa de Asuntos Generales se informe favorablemente la adopción por el Pleno de los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Crear el CONSEJO ASESOR LOCAL DE IGUALDAD de Villa del Río como Consejo Sectorial, con la finalidad de canalizar la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones en los asuntos municipales relacionados con promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género.

SEGUNDO. Aprobar inicialmente por el Pleno el Reglamento Regulador del Consejo, en la redacción que consta en el expediente GEX 3388/2021 y abrir un período de información pública por 30 días hábiles para posibilitar la presentación de alegaciones, mediante publicación de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón electrónico del Ayuntamiento y página web, para mayor difusión.

TERCERO. Concluido el período de información pública se resolverán, en su caso, las alegaciones presentadas, incorporando al texto del reglamento posibles modificaciones. Si no se presentasen alegaciones la aprobación hasta entonces provisional, se entenderá elevada a definitiva.

CUARTO. La aprobación definitiva con su texto íntegro se publicará en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al artículo 70, Ley 7/1985.

Lo que se hace público para general conocimiento, quedando el expediente a disposición de los interesados en el expediente, por 30 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de este anuncio, para que puedan examinarlo y para posibilitar la presentación de alegaciones.

Villa del Río, 1 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Emilio Monterroso Carrillo.

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