Boletín nº 133 (14-07-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Victoria

Nº. 2.838/2021

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo: Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en aplicaciones de gastos

1. Crédito Extraordinario:

Aplicación

Presupuestaria

Descripción

Euros

171.227.99

Servicios de empresas para mantenimiento de parques y jardines

6.500,00

TOTAL

6.500,00 €

2. Suplemento de Crédito:

Aplicación

Presupuestaria

Descripción

Saldo Actual

Suplemento

Consignación

Total

334.226.09

Proyectos Enclave Musical

-4.792,46 €

7.000,00 €

2.207,54 €

337.226.09

Actividades de Ocio y Tiempo Libre

10.000,00 €

2.000,00 €

12.000,00 €

920.212.00

Mantenimiento y conservación de edificios

1.001,91 €

1.000,00 €

2.001,91 €

920.227.99

Estudios técnicos y otros trabajos.

8.534,38 €

7.100,00 € reconocimientos médicos

15.634,38 €

TOTAL

17.700,00 €

31.843,83 €

Esta modificación se financia con cargo al Remanente Liquido de Tesorería para gastos generales, deducido de la Liquidación del Presupuesto 2020, por importe de 24,200 € en los términos siguientes:

Altas en conceptos de ingresos

ECONÓMICA

Descripción

Remanente liquido Tesoreria liquid

RLT Aplicado

otros expedientes

RLT para

esta MC

RLT pendiente

utilizacion

Concepto

870.00

Remanente de Tesorería para gastos generales liquid 020

1,866,662,60

684.596,21

24,200

1,157,866,39

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

La Victoria, 8 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Abad Pino.

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