Boletín nº 139 (22-07-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Castro del Río

Nº. 2.901/2021

Gex 4143/2021

ASUNTO: APROBACIÓN POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN, RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN Y NOMBRAMIENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

Doña Soledad Bravo Melgar, Secretaria General del Ayuntamiento de Castro, funcionaria de la administración local con habilitación de carácter nacional,

CERTIFICA:

Que en la sesión plenaria ordinaria, celebrada el día 24 de junio de 2021, se adoptó el siguiente acuerdo, sin perjuicio de su aprobación definitiva:

PROPUESTA DE ALCALDÍA PARA LA APROBACIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN Y EL RESPONSABLE DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

Visto el acuerdo plenario de la Excma. Diputación, en sesión ordinaria, celebrada en el día veinte de marzo del año dos mil veintiuno, por el que se aprueba la política de seguridad de la información para la diputación de Córdoba y su sector público institucional.

Para cumplir con las obligaciones legales derivadas del Esquema Nacional de Seguridad y de la legislación en Protección de Datos, las entidades locales deben contar con una Política de Seguridad de la Información que refleje "la declaración de las reglas que se deben respetar para acceder a la información y a los recursos dentro de una entidad". Con ella se establecerán unas determinadas medidas de seguridad que van a garantizar la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados, incluyendo las garantías previstas en la legislación de protección de datos.

En cumplimiento de la ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantías de los derechos digitales.

Esta Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 s) de la ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, propone a la Comisión Informativa General, que dictamine favorablemente el siguiente acuerdo, para su posterior elevación al Pleno de la Corporación a los efectos de su aprobación:

PRIMERO. Nombrar como Responsable de la información al Señor Alcalde del Ayuntamiento de Castro del Río, como máxima autoridad de la entidad, el cual velará por el adecuado tratamiento y custodia de la información y seguirá las directrices que marque el Comité de Seguridad de la información de la diputación.

SEGUNDO. Nombrar Responsable de la seguridad de la información al Concejal de asuntos sociales, mujer, integración y Llano del Espinar, Transparencia (Comunicación y administración electrónica), que será el encargado de coordinar y controlar las medidas que se definan por el Comité de Seguridad de la información de la diputación y se coordinará con el responsable de seguridad de información del citado Comité.

TERCERO. Aprobar la Política de Seguridad de la información, recogida como ANEXO I, en la presente propuesta.

CUARTO. Una vez aprobada la política de seguridad de la información se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en la página web del Ayuntamiento de Castro del Río.

QUINTO. Dar traslado del presente acuerdo a los interesados; a la Excma. Diputación de Córdoba, al Concejal de asuntos sociales, mujer, integración y Llano del Espinar, Transparencia (Comunicación y administración electrónica) y al Señor Alcalde-Presidente, para su conocimiento y efectos oportunos.

El Alcalde somete a votación la anterior propuesta, por lo que la Comisión Informativa General dictamina favorablemente la citada propuesta, para la adopción del correspondiente acuerdo en la sesión plenaria.

POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Ayuntamiento de Castro del Río

ÍNDICE

1. OBJETO.

2. ALCANCE.

3. MARCO NORMATIVO.

4. ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD.

5. CONCIENCIACIÓN.

6. GESTIÓN DEL RIESGO.

7. REVISIÓN DE ESTA POLÍTICA DE SEGURIDAD.

1. OBJETO

Los ciudadanos confían en que los servicios disponibles por medios electrónicos se presten en unas condiciones de seguridad equivalentes a las que se encuentran cuando se acercan personalmente a las oficinas de la Administración. Además, buena parte de la información contenida en los sistemas de información de las AA.PP. y los servicios que prestan constituyen activos nacionales estratégicos. La información y los servicios prestados están sometidos a amenazas y riesgos provenientes de acciones malintencionadas o ilícitas, errores o fallos y accidentes o desastres.

Por lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de Castro del Río y su sector público institucional aprueban la siguiente Política de Seguridad y debe aplicar las medidas mínimas de seguridad exigidas por el Esquema Nacional de Seguridad (en adelante, ENS), regulado en el Real Decreto 3/2010, de 8 de Enero, así como realizar un seguimiento continuo de los niveles de prestación de servicios, seguir y analizar las vulnerabilidades reportadas y preparar una respuesta efectiva a los incidentes para garantizar la continuidad de los servicios prestados. Para que conste el compromiso del Ayuntamiento de Castro del Río y su sector público institucional hace pública su misión, visión y valores en materia de seguridad de la información.

Para que todo el personal y usuarios sean conscientes de las obligaciones, normativas y procedimientos en materia de seguridad de la información, esta política y la normativa de seguridad estará a disposición de todos los usuarios autorizados en el portal del empleado o en la intranet corporativa.

-Misión:

La gestión y el buen gobierno del municipio, dando respuestas a las necesidades y expectativas de los ciudadanos a través de la prestación de servicios de calidad y garantizando en todo momento la seguridad de la información en todo su ciclo de vida (recogida, transporte, tratamiento, almacenamiento y destrucción).

-Visión:

Convertir el Ayuntamiento en un lugar seguro, en el que se cumplan con los principios y requisitos necesarios para una protección adecuada de la información, asegurando el cumplimento de las cinco dimensiones de la seguridad: Disponibilidad, Autenticidad, Integridad, Confidencialidad y Trazabilidad. Las diferentes áreas y servicios han de cerciorarse de que la seguridad de la información es una parte vital de los servicios públicos prestados por el Ayuntamiento de Castro del Río y su sector público institucional Valores:

Las áreas y servicios del Ayuntamiento de Castro del Río y su sector público institucional entienden la seguridad de la información como un valor que orienta la conducta de las personas hacia las buenas prácticas de seguridad por lo que deben estar preparados para prevenir, detectar, reaccionar y recuperarse de incidentes, garantizando así la continuidad en la prestación de los servicios con una calidad y seguridad adecuada.

2. ALCANCE

La presente Política de Seguridad tiene aplicación a todas las áreas, servicios, empleados internos y externos del Ayuntamiento de Castro del Río y su sector público institucional cualquiera que sea su clasificación jerárquica. Igualmente, aplica a todos los sistemas de la información e infraestructuras de comunicación utilizadas para la realización de las funciones propias de las distintas entidades.

3. MARCO NORMATIVO

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, establece principios y derechos relativos a la seguridad en relación con el derecho de los ciudadanos a comunicarse con las AA.PP. a través de medios electrónicos; y su artículo 42 crea el Esquema Nacional de Seguridad. Aún estando derogada establece los principios de la seguridad de la información en la administración electrónica.

El Esquema Nacional de Seguridad (ENS), regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero determina la política de seguridad que se ha de aplicar en la utilización de los medios electrónicos. El ENS está constituido por los principios básicos y requisitos mínimos para una protección adecuada de la información. Será aplicado por las AA.PP. para asegurar el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y conservación de los datos, informaciones y servicios utilizados en medios electrónicos que gestionen en el ejercicio de sus competencias.

El Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), regulado por el Real Decreto 4/2010, de 8 enero, establece el conjunto de criterios y recomendaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad. Las normas técnicas complementarias de interoperabilidad desarrollan ciertos aspectos técnicos.

Las Leyes 39/2015 y 40/2015 regulan el Procedimiento Administrativo Común y el Régimen Jurídico de las Administraciones. Dentro de estas leyes se hace referencia expresa al ENS como sistema de gestión segura de la información para las administraciones y al ENI como referencia en la interoperabilidad de las administraciones.

Asimismo, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades y los derechos fundamentales de las personas f

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