Boletín nº 140 (23-07-2021)

VIII. Otras Entidades

Cementerios y Servicios Funerarios Municipales de Córdoba S A

Nº. 2.943/2021

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE OFICIAL POLIVALENTE, 1 PLAZA DE PEÓN ESPECIALISTA Y 3 PLAZAS DE PORTERO-RECEPCIONISTA, MEDIANTE UN SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN EN PROMOCIÓN EXTERNA.

BASES DE CONTRATACIÓN

BASE PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1. El objeto de la presente convocatoria aprobada por el Consejo de Administración de CECOSAM correspondiente a la tasa de reposición de 2021, es la provisión en propiedad por promoción externa, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de 2 plazas de Oficial Polivalente, de 1 plaza de Peón/a Especialista y de 3 plazas de Portero-Recepcionista, para los servicios y turnos que presta la empresa.

2. Concluida la fase de Concurso-Oposición y designados los/as candidatos/as que hayan obtenido las 6 plazas, se establece un periodo de prueba de 15 días de conformidad con el vigente Convenio Colectivo.

3. La convocatoria del proceso selectivo y sus bases se expondrán en la Web de CECOSAM (www.cecosam.cordoba.es) y en el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba; y se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP). Además se anunciará la convocatoria en un Diario de los de mayor difusión de Córdoba. El resto de información relativa al proceso de selección (listados, pruebas, notificaciones, etc.) se expondrán en la página web y en el tablón de anuncios de la sede principal de la Empresa, Tanatorio Municipal sito en Ant. N-IV Madrid- Cádiz, Km. 394.

BASE SEGUNDA. CONDICIONES Y REQUISITOS

1. Los requisitos para ser admitidos/as en la presente convocatoria son los siguientes:

-1.1 Tener cumplidos 18 años de edad, lo que se acreditará mediante Documento Nacional de Identidad o NIE vigentes.

-1.2 Estar en posesión del Graduado Escolar o equivalente a efectos laborales.

-1.3 Sólo para las personas con discapacidad que se inscriban en el Grupo Reservado, acreditar mediante Documento expedido por los Centros de Valoración y Orientación de la Junta de Andalucía u organismo competente de cualquier otra Comunidad Autónoma, su condición, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33%. Además, los/as aspirantes del Grupo reservado que superen la fase de oposición, deberán entregar Certificado de Capacitación para las tareas propias del puesto a cubrir, emitido por el citado Organismo en los plazos establecidos en el apartado 6 de la base sexta.

2. Todos los requisitos exigidos habrán de cumplirse a fecha del último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el final del proceso selectivo. Los requisitos que no se cumplan a dicha fecha no serán tenidos en cuenta.

3. No haber sido separados/as, mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas, no hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido sancionado/a o despedido/a por falta muy grave en alguna empresa pública.

BASE TERCERA. FORMA Y PLAZOS PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN

1. Para participar en la convocatoria habrá que presentar solicitud firmada según modelo oficial junto con fotocopias de los requisitos exigidos en el apartado 1 de la Base Segunda de esta convocatoria en vigor, bajo el texto es copia fiel del original suscrito y firmado por el/la solicitante, que se responsabilizará de su veracidad. Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos en la solicitud oficial. Las solicitudes que presenten enmiendas o tachaduras, tanto en la instancia como en el autobaremo, serán desestimadas.

2. El modelo oficial de solicitud se podrá descargar de la página WEB de CECOSAM (www.cecosam.cordoba.es). Para presentar la solicitud, deberá de completarse un formulario que se encontrará en dicha pagina web, donde el futuro candidato deberá de cumplimentar adjuntando todos los documentos solicitados.

3. En el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se hará constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria a fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, comprometiéndose a probar los datos en el momento que le fueran requeridos, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en los mismos.

4. En la solicitud se establecen dos grupos de inscripción: Grupo General y Grupo Reservado (Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%). Los/as interesados/as solo podrán inscribirse en uno de los dos grupos, no siendo admitidos/as los/as aspirantes que realicen dos o más inscripciones, ya sea al mismo o a distinto grupo de inscripción.

5. Se establecen dos grupos de inscripción:

5.1. Grupo General, integrado por personas sin discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

5.2. Grupo Reservado, integrado por personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

6. En virtud de la ley vigente, y debiendo de reservarse plazas (7%) para cada grupo son:

A. 6 PLAZAS EN PROPIEDAD: 0 plazas.

7. La solicitud se presentará en la Empresa Municipal de Cementerios Municipales de Córdoba, en los lugares específicamente habilitados para ello.

8. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, comenzando dicho plazo el día 15 de julio de 2021 y finalizando el día 4 de agosto de 2021. Los/as interesados/as que no presenten sus solicitudes en tiempo y forma no serán admitidos/as en el proceso selectivo. Aunque se trate de días naturales, si el último día del plazo coincidiera con sábado, domingo o festivo, se trasladará al siguiente día hábil.

9. El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos o méritos alegados implicará la exclusión de la persona aspirante del sistema de selección de la presente convocatoria, reservándose la Empresa el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho ante tales hechos.

10. Para el correcto cumplimiento de la autobaremación, se establecerá el siguiente criterio de penalizaciones en caso de no cumplimentación correcta por parte del solicitante:

a) Sólo se validará por parte de la empresa la Autobaremación realizada por el solicitante, no realizando nunca correcciones al alza.

b) En caso de realizar una autobaremación incorrecta en un apartado, dicho apartado será puntuado con 0 puntos.

BASE CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director-Gerente de CECOSAM, dictará comunicación declarando aprobada la Lista Provisional de Candidatos/as Admitidos/as y Excluidos/as, en la que constará el DNI o NIE, primer apellido, autobaremación, así como la composición del Tribunal. Dicha resolución será publicada en el Tablón de Anuncios y Web de CECOSAM. A partir de ese momento las distintas comunicaciones y publicación de listados se realizarán a través del mencionado Tablón y la Web de CECOSAM.

2. Se dará un plazo de subsanación de los defectos, que será de cinco días hábiles (no computan sábados, domingos y festivos), contados a partir del siguiente al de la publicación.

3. El tribunal calificador publicará el lugar, fecha y hora de realización de las pruebas que se comunicarán a través del Tablón de Anuncios y Web de CECOSAM con una antelación mínima de cinco días hábiles (no computan sábados, domingos y festivos).

4. Una vez finalizado el plazo de reclamaciones establecido en el apartado 2 de la Base Octava, se publicará la Lista Definitiva de Candidatos/as Admitidos/as y Excluidos/as.

BASE QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR

1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros: -Dos miembros internos y dos miembros externos nombrados por la Dirección de la Empresa que determinará la persona que ostentará la presidencia del Tribunal. -Un miembro nombrado por la Dirección de la Empresa y propuesto por la Parte Social. Si la Parte Social no propone, la Dirección de la Empresa realizará directamente el nombramiento. -Uno de los miembros del Tribunal actuará de secretario participando como el resto de los miembros del Tribunal Calificador con voz y voto. -El Comité de Empresa podrá participar con un miembro de cada Sección Sindical, que tendrán voz y no tendrán voto.

2. La composición de los miembros del Tribunal Calificador se publicará junto a la lista provisional de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as, será exclusivamente técnica y su pertenencia al citado órgano de selección deberá ser siempre a título individual y no en representación o por cuenta de nadie.

3. En todos los casos los/as componentes del Tribunal Calificador deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas.

4. Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores/as expertos/as en la materia de que se trate que intervendrán con voz, pero sin voto.

5. Asimismo se podrá contratar la colaboración de una empresa especializada para el asesoramiento en las distintas pruebas, debiendo, en todo caso, el Tribunal supervisar y validar todo el procedimiento.

BASE SEXTA. PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL

1. El procedimiento de selección constará de dos partes: A) Concurso (40%). B) Oposición (60%). La nota máxima alcanzable en la fase conjunta concurso-oposición es de 100 puntos.

A) FASE DE CONCURSO:

Esta fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio, y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Su puntuación máxima será 40 puntos. Los/as aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos en el plazo de presentación de solicitudes, debiendo ser justificados documentalmente una vez finalizada la fase de oposición por los/as aspirantes que superen dicha fase, en el plazo establecido al efecto, con arreglo al baremo establecido en el Anexo I.

La fase de concurso estará así conformada por el resultado de la puntuación de dicho autobaremo que, en todo caso, tendrá la calificación de provisional y que se publicará junto con las lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. Dicha autobaremación vinculará la revisión que efectúe el Tribunal Calificador, en el sentido de que el mismo sólo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los/as aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la asignada por los/as mismos/as.

Los méritos a valorar por el Tribunal Calificador, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los acreditados documentalmente una vez finalizada la fase de oposición y autobaremados por los/as aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad, así como los que no estuvieran en vigor a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los/as aspirantes.

Los méritos a tener en cuenta serán los adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. La ausencia de autobaremación en la solicitud conllevará la puntuación de 0 en la fase de concurso.

En caso de realizar una autobaremación incorrecta en un apartado, dicho apartado será puntuado con 0 puntos.

B) FASE DE OPOSICIÓN:

Consistirá en la realización de una prueba de conocimiento teórica, una prueba de conocimiento práctica y prueba física:

PRUEBA TEÓRICA: Consistirá en la contestación por escrito, durante 60 minutos como máximo, de un cuestionario de cuarenta (40) preguntas, con tres respuestas alternativas, propuestas por el Tribunal, relacionadas con el contenido de las materias indicadas en el ANEXO II de esta convocatoria.

Solo existirá una respuesta válida a cada pregunta. Cada respuesta correcta puntuará 0,5 punto. Cada respuesta incorrecta penalizará 0,25 puntos. La corrección de la prueba teórica, se realizará según lo previsto en las presentes bases y se calificará hasta un máximo de 20 puntos.

En caso excepcional que alguna pregunta tuviese que ser anulada por el Tribunal Calificador, el valor de las respuestas correctas de incorrectas se recalculará de forma que se mantenga la puntuación máxima de 20 puntos. En este caso, los valores correspondientes se redondearán al tercer decimal.

A la vista del resultado obtenido en la prueba teórica, sólo pasarán a la prueba práctica los/as 100 primeros/as aspirantes del Grupo General y los/as 10 primeros/as aspirantes del Grupo Reservado. De igual forma, pasaran a la prueba práctica los/as aspirantes que hayan obtenido igual puntuación que el/la candidato/a que haya ocupado el puesto número 100 de Grupo General y el puesto número 10 del Grupo Reservado, según orden de puntuación, siendo eliminados/as de la convocatoria el resto de aspirantes.

El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que la prueba teórica de la fase de oposición escrita, sea corregida sin conocer la identidad de los/as aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as.

El Tribunal publicará los Resultados Provisionales de la Prueba Teórica.

Una vez finalizado el plazo de reclamaciones establecido en el apartado 3 de la base octava, se publicarán los Resultados Definitivos de la Prueba Teórica.

PRUEBA FÍSICA: Consistirá en la realización de dos ejercicios físicos, cuya puntuación solo podrá alcanzar un máximo de 10 puntos. La prueba consistirá en la realización de dos ejercicios, uno correspondiente al tren inferior y otra al tren superior.

Ejercicio a): El primer ejercicio consistirá en el lanzamiento estático del balón medicinal a una distancia objetivo mínima de 5 metros. El movimiento se ejecutará de pie, de frente a la línea objetivo, con el balón entre las manos por encima de la cabeza y con una distancia entre las piernas similar a la de los hombros. Cada candidato/a dispondrá de un segundo intento, si fallara en el primero para la superación de este ejercicio. El balón tendrá un peso 3 kg para mujeres y 4 kg para hombres. La distancia se medirá entre la línea de lanzamiento y el primer punto de contacto con el suelo. Esta prueba será eliminatoria, por lo que serán excluidos/as de la convocatoria aquellos/as aspirantes que no alcancen el objetivo de 5 metros. La prueba será calificada con 2,5 puntos para los/as aspirantes que alcancen la distancia objetivo mínima de 5 metros, pero no consigan una distancia mejorada de 6 metros. Todos/as los/as aspirantes que consigan una distancia de 6 o más metros en el lanzamiento serán calificados/as con 5 puntos.

Ejercicio b): Consistirá en una carrera continua de 1000 metros en pista. La salida se realizará en pie, situándose cada aspirante en calle siempre detrás de la línea de salida.

Seguidamente la carrera continuará por carril libre. Esta prueba se calificará con un máximo de 5 punto. Esta puntuación máxima se alcanzará por los/as candidatos/as que realicen el recorrido en tiempo igual o inferior a 7 minutos para hombres y 8 minutos para mujeres. Si los/as candidatos/as emplean más tiempo que el indicado en este punto anteriormente, serán penalizados por cada segundo extra con 0,05 puntos. Los/as aspirantes que superen en 3 minutos el tiempo establecido obtendrán una puntuación de 0 puntos. Los/as candidatos/as que superen en más de 5 minutos el tiempo de referencia, 7 minutos para hombres y 8 minutos para mujeres, serán eliminados de la convocatoria.

Antes de la realización de las pruebas físicas, los/as aspirantes deberán acreditar que conocen en que consisten los dos ejercicios a realizar, firmando un documento de consentimiento informado que culminará con la aceptación o denegación libre y voluntaria para la realización de los ejercicios. Las mujeres que sean admitidas al proceso de selección y se encuentre en situación de embarazo realizarán la prueba física con arreglo al siguiente procedimiento:

a) Deberán acreditar su situación aportando el correspondiente informe médico.

b) La prueba física será realizada, a elección de la interesada previa solicitud, en la fecha que se le indicará en su momento por la empresa, comprendida en el periodo de los quince días anteriores a la fecha en que se prevea la publicación de la lista definitiva de aprobados/as, o en la fecha que corresponda a la convocatoria de la tasa de reposición del ejercicio siguiente. Los/as eliminados/as serán excluidos del proceso selectivo en el momento de la no superación del ejercicio, sin perjuicio de su posterior publicación. El tribunal publicará los Resultados Provisionales de la Prueba Física. Una vez finalizado el plazo de reclamaciones establecido en el apartado 4 de la base octava, se publicarán los Resultados Definitivos de la Prueba Física.

PRUEBA PRÁCTICA: Consistirá en la realización de un ejercicio práctico basado en la categoría correspondiente y actividad propia de la empresa, determinado por el Tribunal Calificador, cuya puntuación solo podrá alcanzar un máximo de 30 puntos.

2. Los/as aspirantes serán convocados/as para realizar las pruebas. (teórica, física y práctica) y lo serán en llamamiento único y sucesivo. La prueba física podrá realizarse durante los días necesarios en función del número de aspirantes que tengan que someterse a la misma.

3. Los aspirantes no presentados/as a cualquiera de las pruebas serán excluidos/as de la convocatoria.

4. El orden de actuación de los/as interesados/as en la prueba práctica, si no se puede efectuar conjuntamente, comenzará por el/la aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra C, de conformidad con el sorteo realizado al efecto.

5. La puntuación total de la fase de oposición tendrá un valor máximo de 60 puntos, cuyo resultado se obtendrá de la suma de la puntuación de la prueba teórica, prueba práctica y prueba física. La calificación total será la suma de puntuación de la fase concurso más la fase de oposición, resultando así el orden de puntuación.

6. Finalizada la fase de oposición, aquellos/as aspirantes que la hubiesen superado deberán presentar los documentos justificativos de los méritos autobaremados que se alegaron a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de esta documentación será de 10 días hábiles (no computan sábados, domingos o festivos) a partir de la publicación de la resolución con el listado de aspirantes declarados/as aptos/as, con sus respectivas puntuaciones en la prueba práctica. Los/as aspirantes que hubiesen superado la fase de oposición por el grupo reservado, deberán entregar en el mismo plazo antes indicado, el Certificado de Capacitación que faculte al aspirante para las tareas propias del puesto solicitado, expedido por los Centros de Valoración y Orientación de la Junta de Andalucía u organismo competente de cualquier otra Comunidad Autónoma.

7. Para poder acreditar los méritos, se presentará junto a solicitud, los documentos acreditativos de cada circunstancia autobaremada. La documentación deberá ir grapada, ordenada y numerada conforme al orden en que se citaron los méritos en el impreso de autobaremación presentado junto con la instancia para participar en esta convocatoria. Al mismo tiempo, se deberá presentar la documentación acreditativa de los requisitos mínimos exigidos, que serán debidamente verificada junto a la solicitud. En caso de no adjuntar estos documentos motivará la exclusión de la convocatoria.

8. El Tribunal Calificador procederá a la verificación de la autobaremación presentada por aquellos/as aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición y habiendo justificado sus méritos conforme a lo establecido en el Anexo I, tengan opción a superar la convocatoria en función del número de plazas ofertadas. No se considerará ningún documento posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En dicho proceso de verificación, el Tribunal Calificador podrá minorar la puntuación consignada por los/as aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al baremo de méritos, por no tener relación directa con la plaza objeto de la convocatoria u otras circunstancias debidamente motivadas, o en el caso de apreciar errores aritméticos. En el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, el Tribunal podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento de la puntuación total autoasignada por los/as aspirantes. En ningún caso podrá el Tribunal otorgar una puntuación mayor a la consignada por los/as aspirantes.

9. Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios de la Sede Central de CECOSAM y en la web de la empresa:

www.cecosam.cordoba.es, la Lista Provisional de Aprobados/as, con indicación de la puntuación obtenida, tanto en la fase de oposición como en la de concurso. Dicha lista irá ordenada por orden de puntuación. Contra la Lista Provisional de Aprobados/as se abrirá un plazo de reclamación de cinco días hábiles (no computan sábados, domingos o festivos) a contar a partir de la fecha de publicación del listado. Transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior y resueltas las reclamaciones en su caso presentadas, el Tribunal Calificador hará pública la Relación Definitiva de Aprobados/as por orden de puntuación, con expresión de la puntuación obtenida en cada una de las fases. Dicha publicación se hará en el Tablón de Anuncios de la Empresa y en la Web de CECOSAM.

10. En el caso de que al proceder a la ordenación de los/as aspirantes en la Relación Provisional y Definitiva de Aprobados/as se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor puntuación obtenida en la Prueba Práctica de la fase de Oposición.

b) Mayor puntuación obtenida en la Prueba Teórica de la fase de Oposición.

c) Mayor puntuación obtenida en la Prueba Física de la fase de Oposición.

d) Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional de la fase de Concurso.

En caso de persistir el empate, se resolverá a favor del aspirante/a cuya letra inicial del primer apellido sea la resultante del sorteo que el propio Tribunal realizará delante de los interesados.

11. Las plazas en propiedad serán otorgadas a los/as candidatos/as que habiendo superado las pruebas del concurso oposición con mayor puntuación, sean declarados aptos en el reconocimiento médico obligatorio que le será realizado por el servicio Médico concertado de CECOSAM.

12. Si el Tribunal apreciara que los/as aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta alguna o todas las plazas objeto de este concurso-oposición, lo que produciría un nuevo comienzo del proceso.

13. El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de las seis plazas convocadas en propiedad, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los/as aspirantes salvo a los/as propuestos/as por el Tribunal.

14. Si se produjera la rescisión de la relación laboral de alguno/a de los/as seleccionados/as durante el periodo de prueba, será sustituido/a por el/la siguiente candidato/a en la lista definitiva de aprobados/as. Igual solución se adoptará, si alguno/a de los/as seleccionados/as no fuera declarado/a apto/a en el reconocimiento médico o no compareciera al mismo o no lo hiciera para iniciar su relación laboral.

BASE SEPTIMA. RECONOCIMIENTO MÉDICO

1. Serán llamados/as para someterse al obligatorio Reconocimiento Médico de Aptitud por el Servicio Médico concertado por CECOSAM todos/as los candidatos/as seleccionados para las plazas en propiedad, perdiendo todos sus derechos aquellos/as que no se presenten en el lugar que se le indique a realizar el reconocimiento médico el día y hora señalados, así como aquellos/as seleccionados/as que se presenten pero no acrediten su identidad. A estos efectos, todos/as los/as aspirantes deberán acudir provistos/as de un documento identificativo original de entre los indicados en la base segunda, punto 1.1.

Inicialmente el contacto se realizará mediante llamada telefónica, a teléfono fijo o móvil, en caso de no conseguir el contacto se citará al candidato/a por correo certificado, quedando constancia del acuse de recibo, debiéndose poner en contacto el/la candidato/a en las 24 horas siguientes a la recepción, de lo contrario será excluido/a de la selección. Si por cualquiera de los medios anteriores no se puede contactar con el/la candidato/a se publicará su llamamiento en el tablón de la Empresa y en la Web de CECOSAM, durante el plazo de 2 días hábiles (excluyéndose sábados, domingos y festivos). Ante la no presentación del candidato/a, quedará excluido.

2. Para acceder a la plaza el/la candidato/a habrá de ser declarado/a por el facultativo que lo/la reconozca como apto/a sin limitaciones o apto/a con limitaciones compatibles con las tareas a desempeñar. Tras el reconocimiento médico, los/as candidatos/as que hayan sido declarados/as no apto/a o apto/a con limitaciones incompatibles con las tareas a desempeñar serán excluidos/as del proceso selectivo.

3. Los/as aspirantes del Grupo Reservado deberán tener compatibilidad funcional para el desempeño del puesto al que aspira.

4. Los/as aspirantes que no superen el Reconocimiento Médico, serán sustituidos/as por el/la siguiente candidato/a de la Relación Definitiva de Aprobados/as.

BASE OCTAVA. RECLAMACIONES

1. Contra las presentes Bases Generales podrá interponerse reclamación al Director Gerente en el plazo de cinco días hábiles (excluyéndose sábados, domingos y festivos) a partir de la fecha de su publicación.

2. Se abrirá un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles (excluyéndose sábados, domingos y festivos) a contar a partir de la fecha de publicación de la Lista Provisional de Candidatos/as Admitidos/as y Excluidos, para subsanar posibles errores. Los/as participantes que hayan resultado excluidos/as podrán solicitar su inclusión, dirigiendo un escrito a tal efecto al Director-Gerente de CECOSAM. Transcurrido el plazo de reclamación antes mencionado, el Director-Gerente publicará la Lista Definitiva de Candidatos/as Admitidos/as y Excluidos/as.

3. Se abrirá un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles (excluyéndose sábados, domingos y festivos) a contar a partir de la fecha de publicación del Resultado Provisional de la Prueba Teórica. Transcurrido el plazo de reclamación antes mencionado, el Tribunal publicará el Resultado Definitivo de la Prueba Teórica.

4. Se abrirá un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles (excluyéndose sábados, domingos y festivos) a contar a partir de la fecha de publicación del Resultado Provisional de la Prueba Física. Transcurrido el plazo de reclamación antes mencionado, el Tribunal publicará el Resultado Definitivo de la Prueba Física.

5. Se abrirá un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles (excluyéndose sábados, domingos y festivos) a contar a partir de la fecha de publicación del Resultado Provisional de la Prueba Práctica. Transcurrido el plazo de reclamación antes mencionado, el Tribunal publicará el Resultado Definitivo de la Prueba Práctica.

6. Contra la Lista Provisional de Aprobados/as se abrirá un plazo de reclamación de cinco días hábiles (excluyéndose sábados, domingos y festivos) a contar a partir de la fecha de publicación del listado. Transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior y resueltas las reclamaciones en su caso presentadas, el Tribunal Calificador hará pública la Relación Definitiva de Aprobados/as por orden de puntuación.

7. Quien no presente reclamación en los plazos mencionados y conforme a objeto de cada uno de los mismos, se entenderá que renuncia a hacerlo posteriormente, decayendo en sus derechos e intereses legítimos.

8. El Tribunal resolverá motivadamente las reclamaciones presentadas, notificándoselo a los/as reclamantes.

9. Transcurrido un año desde la conclusión del proceso selectivo, la Empresa podrá destruir o eliminar las solicitudes y documentación presentadas y no reclamadas por los/as interesados/as en los plazos definidos en las base octava de esta convocatoria.

ANEXO I

BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE OFICIAL POLIVALENTE, 1 PLAZA DE PEÓN ESPECIALISTA Y 3 PLAZAS DE PORTERO-RECEPCIONISTA, MEDIANTE UN SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN EN PROMOCIÓN EXTERNA.

CATEGORIAS PROFESIONALES Y REQUISITOS DE ADMISIÓN

1. OFICIAL POLIVALENTE MANTENIMIENTO.

-Graduado Escolar/FP I o haber superado las pruebas en la misma categoría en selecciones anteriores de CECOSAM.

-Dos años experiencia en la misma categoría o tres meses en la misma categoría y actividad en cementerios.

-Permiso de Conducción B.

2. PEÓN ESPECIALISTA POLIVALENTE MANTENIMIENTO.

-Certificado Escolar (o equivalente) o haber superado las pruebas en la misma categoría en selecciones anteriores de CECOSAM.

-Dos años experiencia en la misma categoría o tres meses en la misma categoría y actividad en cementerios.

-Permiso de Conducción B.

3. PORTERO/A RECEPCIONISTA POLIVALENTE.

-Certificado Escolar (o equivalente) o haber superado las pruebas en la misma categoría en selecciones anteriores de CECOSAM.

-Dos años experiencia en la misma categoría o tres meses en la misma categoría y actividad en cementerios.

-Permiso de Conducción B.

A. REQUISITOS MÍNIMOS:

a) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

b) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las correspondientes tareas o funciones.

c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

d) Estar en posesión de la titulación exigida.

e) Tener la experiencia profesional exigida.

f) Estar en posesión del permiso de conducción B.

Los/as aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantener los mismos durante todo el tiempo de duración de la contratación. La no observancia de alguno de los requisitos exigidos, excluye al candidato/a de su participación en la selección y de su contratación.

B. EXPERIENCIA PROFESIONAL:

Cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de Oficial Polivalente, Peón especialista y Portero recepcionista, y se valorará de la forma siguiente, siendo la puntuación máxima que se puede obtener 20 puntos:

1.1. Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral o administrativo, en la misma categoría del puesto que aspira, 0,3 puntos hasta un máximo de 3 puntos.

1.2. Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral o administrativo, en la misma categoría y actividad al puesto que aspira en CECOSAM, 0,5 puntos hasta un máximo de 12 puntos.

1.3. Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral o administrativo, en la misma categoría y misma actividad al puesto que aspira, 0,5 puntos hasta un máximo de 5 puntos.

C. MÉRITOS PROFESIONALES:

Por participar como asistente o ponente en cursos, Seminarios y Jornadas, directamente relacionados con el puesto a cubrir:

3.1. Cursos, Seminarios o Jornadas de 10 a 20 horas: 0,10 puntos máximo 1.

3.2. Cursos, Seminarios o Jornadas de 21 a 40 horas: 0,25 puntos máximo 2.

3.3. Cursos, Seminarios o Jornadas de 41 a 100 horas: 0,50 puntos máximo 3.

3.4. Cursos, Seminarios o Jornadas de más de 100 horas: 0,75 puntos máximo 4.

En los Cursos, Seminarios, Jornadas se computarán las horas efectivamente impartidas por el/la solicitante, independientemente de la duración del curso. De no acreditarse dicho extremo, se excluirá de la baremación declarada.

En este apartado se podrá alcanzar un máximo de 10 puntos.

D. OTROS MÉRITOS:

4.1. Por haber superado algún ejercicio de la fase de oposición para la provisión definitiva de plazas de igual o superior categoría al puesto que aspira, 5 puntos por cada ejercicio hasta un máximo de 10 puntos.

E. JUSTIFICACIÓN DE MÉRITOS ALEGADOS:

De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se presentarán los documentos siguientes:

A. La experiencia profesional deberá acreditarse mediante el Informe de Vida Laboral junto al contrato de trabajo, certificado de Empresa, TC2, Nominas, o cualquier otro medio oficial que permita conocer el periodo y la categoría profesional (funciones determinadas en el anexo I apartado B). (El Informe de Vida Laboral se podrá sustituir por la autorización del solicitante para la consulta directa del mismo al Organismo Competente por parte de la Empresa Municipal de Cementerios y Servicios Funerarios de Córdoba SA. Deberá acreditarse el grupo de cotización correspondiente a cada categoría, además de las funciones realizadas.

B. Los méritos profesionales que corresponden a cursos de formación, jornadas y seminarios recibidos o impartidos se acreditan con el certificado o diploma de asistencia o docencia, y programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas.

C. La superación de ejercicios de Oposición se justificarán mediante certificación expedida por el órgano de la Administración con competencia en materia de personal, donde conste la categoría de la plaza objeto de la convocatoria, fecha, y ejercicio/s aprobado/s.

ANEXO II

MATERIAS PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE OFICIAL POLIVALENTE, 1 PLAZA DE PEÓN ESPECIALISTA Y 3 PLAZAS DE PORTERO-RECEPCIONISTA, MEDIANTE UN SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN EN PROMOCIÓN EXTERNA.

1. Ordenanza nº 104, vigente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

2. Convenio Colectivo de CECOSAM.

3. Reglamento de Cementerios Municipales de Córdoba.

4. Normas elementales de Seguridad e Higiene en el Puesto de Trabajo ofertado.

5. Reglamento Policía Sanitaria Mortuoria.

Córdoba, 15 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por el Director-Gerente, Pedro José Ruiz Peña.

Aviso jurídico

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