Boletín nº 149 (05-08-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villa del Río
Nº. 3.154/2021
El Pleno del Ayuntamiento de Villa del Río, en sesión de 29 de julio de 2021, acordó la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial de la vía pública o terrenos de dominio público, mediante la inclusión de la siguiente Disposición Transitoria:
La presente modificación de Ordenanza Fiscal tiene por objeto la suspensión temporal hasta el 31 de diciembre de 2021 de las siguientes Tasas:
ARTÍCULO 5º. CUOTA TRIBUTARIA.
EPIGRAFE 4. Ocupación terrenos uso público con puestos, casetas de venta, atracciones, etc.
CONCEPTO |
EUROS |
- Ocupación de terrenos públicos, exclusivamente atracciones, sea cual sea su denominación y actividad, con una superficie inferior a 400 m²; por m². o fracción, y por cada día de feria |
0,67 |
- Ocupación de terrenos públicos, exclusivamente atracciones, sea cual sea su denominación y actividad, con una superficie superior a 400 m²; por m². o fracción, y por cada día de feria |
0,50 |
- Ocupación de terrenos públicos, exclusivamente atracciones, sea cual sea su denominación y actividad, por m². o fracción, y por cada día distinto a feria |
0,45 |
250 m², por cada metro cuadrado o fracción y día de feria |
0,20 |
- Puestos de venta de alimentos y similares, por cada metro cuadrado o fracción y día de feria |
0,35 |
En cumplimiento del artículo 17.2 del RD Legislativo 2/2004, se somete el expediente a información pública durante 30 días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado.
Villa del Río, 30 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.