Boletín nº 151 (09-08-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba
Nº. 3.206/2021
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 30/06/2021, sobre el expediente de modificación de crédito extraordinario 3MOD PTº/2021 financiado mediante remanente líquido de tesorería para gastos generales, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Partida |
Descripción |
Euros |
337.633.00 |
INSTALACIONES DE OCUPACIÓN DEL TIEMPO LIBRE- MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE |
2.405,48 |
432.689.00 |
INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA - OTROS GASTOS EN INVERSIONES DE BIENES PATRIMONIALES |
27.161,05 |
151.622.00 |
URBANISMO - EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES |
36.585,10 |
342.623.00 |
INSTALACIONES DEPORTIVAS - MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE |
7.699,88 |
TOTAL CRÉDITOS |
73.851,51 |
Altas en partida de Ingresos
Partida |
Descripción |
Euros |
870.00 |
Remanente de crédito para Gastos Generales |
73.851,51 |
TOTAL INGRESOS |
73.851,51 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Villaviciosa de Córdoba, 2 de agosto de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, doña Gema Elena González Nevado.