Boletín nº 152 (10-08-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.219/2021

Decreto Nº 2021/10483.

Fecha: 02/08/2021.

Nº Expediente: 2021/52330.

Asunto: Bases reguladoras Artesanía 2021-2024.

Referente a: Convocatoria y Criterios de Adjudicación Mercado de Artesanía 2021-2024.

DECRETO

I. Visto el informe-propuesta del Técnico del Departamento de Vía Pública-Unidad de Autorizaciones con código CSV:

1b2fe97ddebff9f53f5daff44341737ceb885c43 respecto de la apertura de la convocatoria así como la aprobación de las bases que regirán el otorgamiento de autorizaciones para el desarrollo de las actividades de expresión artística en espacios de público, para la campaña 2021-2024.

II. Examinada la documentación obrante en el expediente y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones; las Ordenanzas Municipales correspondientes y demás normas de general y pertinente aplicación, y en el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el la Excmo. Sr. Alcalde, en virtud del Decreto nº 5210, de 18 de junio de 2019, DISPONGO:

PRIMERO. AUTORIZAR la convocatoria para el otorgamiento de autorizaciones de ocupación del dominio público para la instalación de puestos de carácter portátil para el desarrollo del mercado de artesanía durante la campaña 2021-2024.

SEGUNDO. APROBAR LAS BASES REGULADORAS que regirán el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de espacios de la vía pública para la instalación de puestos destinados al desarrollo del mercado de Artesanía para la campaña 2021-2024, y que se incorpora a la presente resolución como ANEXO.

TERCERO. Encomendar la tramitación de los expedientes relativos a esta convocatoria a la Unidad de Autorizaciones del Departamento de Vía Pública, dependiente de esta Delegación.

CUARTO. Publicar un extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y el anuncio completo en el Tablón de Publicaciones y en la página web municipal, así como dar traslado a Policía Local y demás organismos e instituciones pertinentes para su conocimiento y efectos.

Por DF. Decreto nº 5210 de 18 de junio de 2019

EL CONCEJAL DELEGADO DE SEGURIDAD, VÍA PÚBLICA Y MOVILIDAD

Por DF. Decreto nº 6893, de 2 de septiembre de 2019

EL COORDINADOR GENERAL DE SEGURIDAD, VIA PÚBLICA Y MOVILIDAD.

EL TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL,

a los solos efectos de fe pública

Córdoba, 2 de agosto de 2021. Firmado electrónicamente por el Coordinador General de Seguridad, Vía Pública y Movilidad, José Carlos Gómez Rodríguez.

ANEXO

BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA PARA EL MERCADO DE ARTESANÍA DE LA AVENIDA DE FRAY ALBINO AÑOS 2021-2024.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa de aplicación y en el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el Excmo. Sr. Alcalde mediante Decreto nº 5210, de 18 de junio de 2019, RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar las Bases que han de regir el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de vía pública para el Mercado de Artesanía de la Avenida de Fray Albino durante los años 2021-2024 conforme a las siguientes consideraciones:

1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía define esta como la actividad económica con ánimo de lucro de creación, producción, transformación y restauración de productos mediante sistemas singulares de manufactura en los que la intervención personal es determinante para el control del proceso de elaboración y acabado. La actividad artesanal está basada en el dominio o conocimiento de técnicas tradicionales o especiales en la selección y tratamiento de materias primas o en el sentido estético de su combinación y tendrá como resultado final un producto individualizado, no susceptible de producción totalmente mecanizada, para su comercialización.

Precisamente, la artesanía elaborada en Andalucía constituye en muchas de sus manifestaciones la expresión formal y cultural de su propia historia, siendo un claro testimonio de las costumbres y tradiciones para la formación del patrimonio etnográfico de un pueblo cuyas circunstancias históricas, económicas y socioculturales han contribuido a que el sector artesano venga a desempeñar un papel relevante en la vida económica. Es conveniente, por tanto, reconocer a la artesanía su valor como fuente generadora de empleo, medio de cohesión social y recurso turístico y cultural de alta potencialidad, así como divulgar todas aquellas manifestaciones artesanales de interés tradicional o de arraigo, a fin de recuperar la importancia cultural, social y económica que le corresponde, mejorando de esta forma el acceso de los artesanos y artesanas al mercado.

En este sentido es voluntad del Ayuntamiento de Córdoba la apuesta por un desarrollo local sostenible, adoptando estrategias para la creación de empleo, favoreciendo el acceso al mundo laboral y la adaptación a un mercado de trabajo cambiante, así como el fomento de la economía social en la ciudad. De este modo la presente convocatoria pretende fomentar y propiciar la generación de empleo, abriendo líneas de mercado a los productos artesanos a la vez que se les da una dimensión de atractivo turístico dada la ubicación de los puestos.

Los municipios ostentan la competencia en la regulación y uso del dominio público municipal y consecuentemente están obligados a ejercerla. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, entre otras, constituyen el núcleo de esta competencia. En el Ayuntamiento de Córdoba se delegó esta competencia por Decreto del Excmo. Sr. Alcalde nº 5210, de 18 de junio de 2019, correspondiendo al Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública.

2. OBJETO

Las presentes bases tienen por objeto establecer los requisitos específicos, condiciones y régimen jurídico que debe regir la adjudicación de puestos del Mercado de Artesanía ubicados en la Avenida de Fray Albino, de acuerdo con la normativa vigente, durante los períodos que se establecen dentro de los años 2021 a 2024.

3. PUESTOS Y UBICACIÓN

3.1. El número de puestos ofertados es 12 (doce). La ocupación de los lugares reservados para cada puesto se hará por orden de llegada cada jornada comercial, no existiendo un lugar específico para cada persona adjudicataria ni pudiendo reservarse uno por ningún medio de una jornada para otra.

3.2. Las medidas aproximadas de cada puesto de artesanía no excederá de 4x1 metros, debiendo estar identificados mediante rótulo con el nombre comercial por el que se quiere que se reconozca el mismo.

3.3. La ubicación del Mercado de Artesanía será en la Avenida de Fray Albino (espaldas a la Torre de la Calahorra), empezando el emplazamiento de los puestos en los lugares señalizados desde el puesto 1 hasta el 12 a partir de la confluencia de la Avenida de Fray Albino con la Calle Bajada del Puente (a lo largo de la fachada lateral del antiguo Colegio Rey Heredia) y continuando sucesivamente. Los puestos se ubicarán cada jornada comercial de forma agrupada, no dejando ubicaciones sin ocupar entre sí.

3.4. En caso de estar ocupada la zona habitual por el montaje o desarrollo de alguna otra actividad autorizada por el Ayuntamiento de Córdoba los puestos habrán de trasladarse por el tiempo indispensable que dure la misma a la calle Acera Mira al Río (a distancia suficiente de la Torre de la Calahorra de manera se que impida la posible contaminación visual o perceptiva que indica el artículo 19 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía) o, en su defecto, si esta también estuviera ocupada, a la propia Avenida de Fray Albino en el tramo que se encuentra en la confluencia entre las calles Luis Braille e Israel o cualquier otra que determine el Ayuntamiento de Córdoba.

4. PERÍODOS Y HORARIO

4.1. La campaña 2021-2024 abarca las temporadas 2021-2022; 2022-2023; 2023-2024, ofertándose para la ubicación de los puestos los siguientes períodos:

-Temporada 2021-2022: del 1 de octubre de 2021 al 31 de julio de 2022.

-Temporada 2022-2023: del 1 de octubre de 2022 al 31 de julio de 2023.

-Temporada 2023-2024: del 1 de octubre de 2023 al 31 de julio de 2024

4.2. El horario de apertura al público de la actividad será de lunes a domingo en horario libre, dentro de la franja horaria que va de las 10:00 horas a las 15:00 horas y de las 17:00 a las 22:00 horas (23:00 horas en mayo, junio y septiembre).

5. PARTICIPANTES Y REQUISITOS

5.1. Podrán participar en la adjudicación de los puestos del Mercado de Artesanía de la Avenida de Fray Albino de la Ciudad de Córdoba, las personas físicas y jurídicas legalmente constituidas que acrediten el desarrollo de una actividad artesana y reúnan los requisitos establecidos en las presentes Bases.

5.2. Los/as solicitantes deberán cumplir los siguientes requisi

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