Boletín nº 153 (11-08-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros
Nº. 3.175/2021
Por Resolución de Alcaldía 2021/00000135, de fecha 30 de julio de 2021, se ha resuelto lo siguiente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que el ordenamiento Jurídico le confiere, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por razones de oportunidad y como medida instada por los promotores, es por lo que se considera pertinente la delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el salón de plenos municipal de esta ciudad el día 21 de agosto de 2021 a las 20:30 h.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL y ss., el RD 2568/86 de 28 de noviembre, por que se aprueba el Reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización de matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente
HE RESUELTO:
1. Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, don José Antonio Jiménez Sojo el ejercicios de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 21 de agosto de 2021, a las 20:30 horas.
2. Notificase esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En San Sebastián de los Ballesteros, 30 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por el AlcaldePresidente, Francisco Javier Maestre Ansio.