Boletín nº 156 (17-08-2021)

IV. Junta de Andalucia

Delegación del Gobierno en Córdoba
Secretaría General Provincial de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea

Nº. 3.271/2021

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN AL PROYECTO DENOMINADO PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA ITAMAR DE 10 MW pico (10 MWn) Y LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN (LSMT) DE 30 kV Y 2,37 KM DE LONGITUD PARA EVACUACIÓN DE LA ENERGÍA GENERADA EN LA PLANTA HASTA SET LAS CORONADAS UBICADA EN EL PARAJE VILLAFRANQUILLA DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CÓRDOBA Y EN EL  TÉRMINO MUNICIPAL DE GUADALCÁZAR (CÓRDOBA).

Expte. RE-17/10

ANTECEDENTES

PRIMERO: Con fecha 11 de noviembre de 2019, tuvo entrada en el registro de la Delegación, escrito presentado por la mercantil, ITAMAR SOLAR SL, con CIF B90.330.820, domiciliada en aquel momento en Polígono Industrial "Las Quemadas", Calle Gabriel Ramos Bejarano 114, CP 14014 de Córdoba, mediante el que solicitó Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, así como autorización ambiental unificada, para la planta de generación de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica denominada ITMAR de 10 MW pico (10 MWn) y línea subterránea de media tensión (LSMT) de 30 kV y 2,37 km de longitud para evacuación de la energía generada en la planta hasta SET Las Coronadas, ubicada en Paraje Villafranquilla del término municipal de Córdoba y término municipal de Guadalcázar (Córdoba).

Para ello adjuntó resguardo (modelo 804) de garantía económica por un importe de 100.000 euros, con fecha 2 de agosto de 2017. Aportó nuevo resguardo con el mismo importe, con fecha 15 de mazo de 2018, motivado por un cambio de término municipal en la ubicación de la instalación.

Con fecha 27 de febrero de 2020, proceden a aportar nuevos poderes notariales para la actualización de las personas apoderadas debido a un cambio de la titularidad de la sociedad, teniendo domicilio social desde entonces en Calle Ribeira del Loira nº 28, CP 28042 Madrid.

Con fecha 12 mayo de 2020, se volvió a aportar nuevo resguardo con el mismo importe debido al cambio de titularidad de la instalación.

SEGUNDO: En relación al trámite de información pública, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el artículo 19 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, el expediente de la planta solar fotovoltaica, se sometió al trámite de información pública mediante publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 169, de 2 de septiembre de 2020, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 191, de 1 de octubre de 2020. De acuerdo a la Instrucción 1/2019, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía que se encuentran sometidas a Autorización Ambiental Unificada, esta publicación se hizo conjuntamente a los efectos del procedimiento sustantivo y del ambiental.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, durante el periodo de información pública la documentación estuvo disponible para su consulta en la página web de la Transparencia y en la página web de la Consejería de Agricultura Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible para solicitudes de proyectos sometidos a figuras de protección ambiental.

Durante el trámite de información pública no se produjeron alegaciones ante el órgano sustantivo.

TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se deben remitir separatas del proyecto a distintos organismos y empresas de servicios públicos o con servicios de interés general a su cargo, afectados por el desarrollo de las instalaciones, al objeto de obtener de estos la conformidad u oposición a la ejecución de las mismas. Por otra parte, la Instrucción 1/2019, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía que se encuentran sometidas a Autorización Ambiental Unificada, este trámite se realizó conjuntamente para las AAPP y empresas de servicio que tuvieran que ser consultadas a efectos eléctricos y medioambientales según nos comunique en base a la instrucción mencionada la delegación competente en materia de medioambiente.

Los organismos consultados fueron los siguientes:

-DEPARTAMENTO DE MINAS, del Servicio de Industria, Energía y Minas de la Delegación del Gobierno en Córdoba. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-EDISTRIBUCIÓN ENERGÍA ELÉCTRICA SLU. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS (ahora EXOLUM SA). Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA SA. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-NATURGY. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-MINISTERIO DE FOMENTO. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-ENAGAS. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-AGUAS DE CÓRDOBA SA. No emitió respuesta.

-DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DE GUADALQUIVIR. No emitió respuesta.

-AYUNTAMIENTO DE GUADALCÁZAR: Emitió respuesta presentando reparos el titular. Se le remitió dichos reparos al Ayuntamiento de Guadalcázar, con fecha 7 de febrero de 2020, no respondiendo al mismo.

-AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

-ADIF. Emitió respuesta dando conformidad a la misma el titular.

CUARTO: El Punto de Acceso y Conexión considerado para la planta descrita, es en barras de 66 de la SET Casillas con coordenadas HUSO 30, X = 340638, Y = 4190248.

QUINTO: En relación al Informe de Compatibilidad Urbanística (ICUR) exigido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, se ha aportado la siguiente documentación (ahora se requiere por el Servicio y no se aporta por los titulares):

-T.M. DE CÓRDOBA: El promotor presenta el ICUR compatible emitido por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, de fecha 18 de julio de 2019. Presenta un nuevo informe compatible, de fecha 29 de octubre de 2019, debido a modificaciones planteada en el proyecto.

-T.M. DE GUADALCÁZAR: El promotor presentar el ICUR compatible emitido por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalcázar, con fecha 25 de noviembre de 2019.

SEXTO: En relación al informe de compatibilidad con el régimen urbanístico emitido por la Delegación competente en materia de urbanismo de la Junta de Andalucía, después de la entrada en vigor del Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, ya no es necesario solicitar dicho informe en el trámite de autorización sustantiva. Pero como el trámite del presente expediente se inicio antes de la promulgación del mencionado decreto ley, el solicitante aportó anexo descriptivo de las determinaciones del planeamiento urbanístico de aplicación y análisis de su cumplimiento y se remitió a la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio, emitiendo con fecha 18 de diciembre de 2019, informe en donde expresa que la actuación es autorizable desde el punto de vista de compatibilidad urbanística.

SÉPTIMO: En relación al Informe Ambiental Vinculante la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible emitió, con fecha 3 de junio de 2021, informe vinculante favorable conforme a lo previsto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.

La autorización ambiental unificada de la planta se puede consultar en la siguiente dirección http:

//www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

OCTAVO: En relación al importe de la garantía necesaria para la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y de su entorno inmediato, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52.6 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, 17 de diciembre, y según lo establecido en el artículo 12.4 de la Ley 2/2007, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética en Andalucía, de 27 de marzo, presentan anexo al proyecto con el presupuesto de desmantelamiento mediante anexo corrector al proyecto:

-PRESUPUESTO DESMANTELAMIENTO T

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