Boletín nº 160 (23-08-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Rambla
Nº. 3.330/2021
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2021 acordó aprobar el expediente relativo a la Concesión del uso privativo del Mercado de Abastos de La Rambla, para la puesta en marcha de Proyecto de Galería Gastronómica y Comercial, y disponer la apertura del procedimiento de licitación:
1. Entidad adjudicadora:
Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba)
a) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General
b) Obtención de documentación e información: Secretaría General
1. Domicilio: Plaza de la Constitución, 9
2. Localidad y código postal: La Rambla (Córdoba) 14540
3. Teléfono: 957682700
4. Fax: 957684229
5. Correo electrónico: ayuntamiento@larambla.es
c) Número de expediente: GEX 4292/2020
2. Objeto del contrato: Concesión del uso privativo del Mercado de Abastos de La Rambla, para la puesta en marcha de Proyecto de Galería Gastronómica y Comercial.
3. Duración de la concesión: 30 años
4. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: ordinaria
b) Procedimiento: concurrencia
c) Criterios de adjudicación:
1. Canon (hasta 65 puntos)
2. Reducción del plazo de la concesión (hasta 20 puntos)
3. Puestos de trabajo fijo a jornada completa (hasta 15 puntos)
5. Canon: El canon anual que sirve de base a la licitación se fija en 3.679,32, que podrá ser mejorado al alza por los licitadores al presentar su oferta.
6. Garantías exigidas:
a) Provisional: 7.008,31 € (2% del valor del dominio público objeto de la concesión.
b) Definitiva: 14.016,62 € (4% del valor del dominio público objeto de la concesión)
7. Requisitos específicos del contratista:
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar, que tengan solvencia económica, financiera y técnica o profesional para la realización del objeto del contrato, que estén al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social.
8. Obras e instalaciones a realizar por el concesionario:
Las obras e instalaciones a realizar por el concesionario y a su costa, aparecen descritas en el proyecto aprobado. El concesionario deberá realizar estas obras en el plazo de 3 meses.
Antes de poder realizar las correspondientes obras, el adjudicatario deberá tramitar el correspondiente expediente de calificación ambiental al que queda sometida la actividad pretendida.
9. Gastos exigibles al adjudicatario.
El adjudicatario deberá abonar los gastos correspondientes al presupuesto de las obras que deben ejecutarse, así como los honorarios de redacción del proyecto.
10. Presentación de ofertas:
a) Plazo: Las proposiciones se presentarán en el plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el BOP de Córdoba
b) Forma: Las proposiciones se contendrán dentro de sobre cerrado, que incluirá dos sobres:
1. Sobre 1: Documentación administrativa
a) Declaración responsable conforme al ANEXO 1 del Pliego
b) Justificante de haber constituido la garantía provisional.
2. Sobre 2: Oferta, conforme al ANEXO 2 del Pliego:
a) Propuesta de canon anual
b) Propuesta de reducción del plazo de la concesión
c) Propuesta por cada puesto de trabajo fijo a jornada completa
c) Lugar: Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente a través del registro de este Ayuntamiento. En caso de envío por correo certificado, se realizará preaviso a la Secretaría de este Ayuntamiento en la dirección de correo electrónico secretaria@larambla.es.
11. El Pliego de condiciones económico-administrativas, junto con los Anexos, así como el Proyecto de Galería Gastronómica y Comercial estarán disponibles en el Tablón de Edictos electrónico del Ayuntamiento de La Rambla https://www.larambla.es/larambla/tablon-de-edictos.
12. Régimen Jurídico:
Las concesiones de dominio público quedan excluidas de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Se regirá, por tanto, por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación, la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, en concordancia con los artículos 3,4, y 58 a 75 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la concesión.
Lo que se hace público para general conocimiento, en la ciudad de La Rambla, a la fecha indicada en el pie de firma del presente documento.
La Rambla, 10 de agosto de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.