Boletín nº 163 (26-08-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba
Nº. 3.395/2021
Por resolución de alcaldía nº 2021/1095 de fecha 20 de agosto de 2021, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de Oficial de Policía Local del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, mediante el sistema de concurso por promoción interna, con el tenor literal siguiente:
Vista la Oferta Pública de Empleo correspondiente al año 2021, aprobada por Resolución de Alcaldía núm. 393, de fecha 28 de marzo de 2021 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 67, de 12 de abril de 2021, por la que se precisa convocar UNA (1) plaza de personal funcionario del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, con las siguientes características:
Grupo |
C |
Subgrupo |
C1 |
Escala |
Básica |
Clase |
Policía Local |
Categoría |
Oficial |
Nº de vacantes |
1 |
Visto el informe de secretaría de fecha 10 de agosto de 2021 respecto a la legislación vigente y al procediendo a seguir en la convocatoria.
Vista la redacción de las bases de la convocatoria que han de regir el proceso de selección.
Visto el informe-propuesta de secretaría de fecha 19 de agosto de 2021.
Y en ejercicio de las competencias que ostento en virtud del artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar las bases reguladoras de las pruebas selectivas para cubrir en propiedad la plaza vacante arriba referenciada.
SEGUNDO. Convocar las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de la plaza anteriormente referenciada, mediante el sistema de concurso.
TERCERO. Publicar la convocatoria, juntamente con el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Igualmente estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.villafrancadecordoba.es/vfranca].
CUARTO. Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.
Villafranca de Córdoba, 20 de agosto de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Palomares Sánchez.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y EL PROCESO DE SELECCIÓN
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria
Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad, mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso, la plaza vacante de Oficial del Cuerpo de Policía local de este Municipio cuyas características son:
Grupo |
C |
Subgrupo |
C1 |
Escala |
Básica |
Clase |
Policía Local |
Categoría |
Oficial |
Nº de vacantes |
1 |
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para tomar parte en un proceso selectivo por promoción interna, los aspirantes habrán de reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:
a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en los Cuerpos de la Policía Local de Villafranca de Córdoba, en la categoría inmediata inferior a la que aspiran, computándose a estos efectos el tiempo en el que se haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.
b) Tener la correspondiente titulación académica, que será la establecida en el artículo 18.1.e) del Decreto 201/2003, de 8 de julio. Concretamente será necesaria la titulación C1. Titulo de Bachiller, Técnico o equivalente.
c) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Estos requisitos deberán acreditarse antes de realizar el curso de capacitación, salvo que el Ayuntamiento decida en las bases de convocatoria, que algunos de los requisitos deben acreditarse con la presentación de solicitudes.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes (Anexo II), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
La solicitud (Anexo II) deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- DNI del solicitante.
- Documentación justificativa de los méritos alegados, a valorar en la fase de concurso.
- Resguardo de abono de la tasa por derechos de examen, el importe a ingresar es de quince euros (15 €) y se efectuará en el número de cuenta ES28 0237 0064 0091 6919 3549 - de la entidad CajaSur, debiendo indicar el nombre y apellidos del solicitante y el concepto Tasas Oficial de Policía Local.
El hecho de no abonar la tasa durante el plazo de presentación de solicitudes determinará la inadmisión de la persona aspirante al proceso selectivo, siendo defecto no subsanable.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las Bases.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, quedará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento [dirección https://villafrancadecordoba.es/vfranca].
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2