Boletín nº 166 (31-08-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Santaella

Nº. 3.421/2021

En vista de la comunicación a esta Corporación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Granada, de haberse cumplido el mandato de cuatro años del cargo de Juez de Paz Titular de esta localidad, procede la convocatoria de dicho cargo JUEZ DE PAZ TITULAR, en cumplimiento de lo cual por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Santaella, de 24 de junio de 2021, y conforme a lo establecido en el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz y la Ley Orgánica del Poder Judicial, se hace pública convocatoria conforme a lo siguiente:

1º. Se convoca la plaza de JUEZ DE PAZ TITULAR, para un período de cuatro (4) años.

2º. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el siguiente de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

3º. Se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que se declarará en la solicitud que habrá de presentar, junto a la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI.

-Certificado Oficial de carecer de antecedentes penales.

-Curriculum vitae, al que se adjuntará fotocopia de los títulos académicos y méritos que se pretendan hacer valer (compulsados).

-Certificado de residencia.

Una vez finalizado el plazo indicado, y a la vista de los documentos aportados por los solicitantes, por la Corporación Municipal se propondrá nombramiento a favor de la persona que acredite mayores méritos y se considere como la más idóneas para el desempeño de las funciones de Juez de Paz, al objeto de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, efectúe el preceptivo nombramiento.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santaella, 24 de agosto de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa accidental, María de los Ángeles García Rivas.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad